Corte declaró exequible la emergencia económica de Petro por afectaciones climáticas en ocho departamentos, pero estableció límites

En febrero de 2026, ante el registro de fuertes lluvias y del frente frío, la Presidencia de la República expidió el Decreto 150 de 2026, mediante el cual declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en una parte del país

Guardar
Google icon
La Corte Constitucional no avaló la atención de la crisis financiera de las empresas de servicios públicos de energía eléctrica, la cual está contemplada en el Decreto 150 de 2026 - crédito Luisa González/Reuters
La Corte Constitucional no avaló la atención de la crisis financiera de las empresas de servicios públicos de energía eléctrica, la cual está contemplada en el Decreto 150 de 2026 - crédito Luisa González/Reuters

La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible el Decreto 150 de 2026, por el cual la Presidencia de la República declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en una parte del país, aunque estableció límites. El primer punto de su decisión se centró en aprobar el artículo 1 del decreto, que indica:

Declárese el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en los departamentos de Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó por el término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de este decreto”.

Sin embargo, dejó por fuera la atención de la crisis financiera de las empresas de servicios públicos de energía eléctrica y el riesgo sistémico para la continuidad del servicio público domiciliario de energía en el país.

PUBLICIDAD

- crédito Andrea Puentes/Presidencia
El presidente Gustavo Petro expidió un decreto de emergencia económica en febrero de 2026 que fue avalado de manera parcial cinco meses después - crédito Andrea Puentes/Presidencia

De igual manera, declaró inexequibles las facultades otorgadas a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) en materia de deslinde de tierras y de recuperación de bienes de uso público y baldíos, así como otros procedimientos de carácter agrario. Según el decreto de declaratoria de emergencia económica, la entidad requiere de medidas extraordinarias para avanzar en esos temas, con el fin de poder recuperar el espejo de agua y las zonas de amortiguamiento que mitiguen caudales extremos, pero la Corte Constitucional no avaló esa premisa.

Tampoco dio luz verde a la actualización de los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas (Pomca), los procesos de acotamiento de rondas hídricas y su incorporación en los instrumentos de ordenamiento territorial. De acuerdo con el decreto, hay una carencia importante de información que las mismas autoridades ambientales nacionales y regionales pudieron constatar.

PUBLICIDAD

Según explicaron, ni los Pomca ni otros instrumentos vigentes de ordenamiento alrededor del agua, así como tampoco los estudios de amenaza, vulnerabilidad y riesgo asociados a ellos, pudieron mostrar de manera suficiente y actualizada las dinámicas hidrológicas que se presentaron durante la emergencia.

Se pudo identificar la existencia de desfases técnicos y temporales entre los instrumentos de ordenamiento alrededor del agua y las condiciones reales de funcionamiento del sistema hídrico, especialmente en territorios donde dichos instrumentos no han sido actualizados, se encuentran en distintas fases de formulación o no han sido incorporados de manera efectiva en las decisiones de uso y ocupación del territorio”, detalla el decreto.

La declaratoria de emergencia indica que el “frente frío”, que se registró entre enero y durante febrero de 2026, generó todo tipo de situaciones de riesgo que afectaron a las poblaciones de 181 municipios en ocho departamentos. Tuvo “impactos acumulativos, progresivos y verificables sobre cuencas hidrográficas, ecosistemas estratégicos, infraestructura pública esencial, suelos productivos y asentamientos humanos”.

De acuerdo con la Sala de Crisis de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), entre el 27 de enero al 6 de febrero de 2026, se reportaron 65 emergencias asociadas a las lluvias. De la totalidad, hubo 53 inundaciones, cinco movimientos en masa, tres crecientes súbitas, dos vendavales, una erosión fluvial y una erosión costera. Estas situaciones se documentaron en 61 municipios de ocho departamentos del país.

Las emergecias climática que derivaron en la declaratoria de emergencia conómica indican que las inundaciones fueron el evento más crítico - crédito Luis Felipe Osorio/Reuters
Las emergecias climática que derivaron en la declaratoria de emergencia conómica indican que las inundaciones fueron el evento más crítico - crédito Luis Felipe Osorio/Reuters

Estos eventos dejaron un amplio saldo de ciudadanos afectados: 69.235 familias y 252.233 personas. Se reportaron 10 personas fallecidas y tres heridos, así como importantes daños en 19.798 hectáreas productivas. De igual manera, se averiaron 11.955 viviendas y otras 4.158 quedaron completamente destruidas.

La anterior información evidencia que las inundaciones fueron el evento más crítico, concentrando la mayor cantidad de personas y familias afectadas, así como la mayoría de los daños en viviendas e infraestructura (...). El comportamiento hidrometeorológico atípico caracterizado por precipitaciones superiores a los promedios climatológicos y una alta concentración temporal de las lluvias asociadas al frente frío (...) se reflejó de manera directa en la respuesta de los principales embalses hidroeléctricos del país”, añade el decreto.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD