
La Superintendencia de Transporte informó que venció el plazo de dos meses otorgado a los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) para implementar los lineamientos establecidos en la Circular 024 del 9 de febrero de 2026, dirigida a reforzar los controles en la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes. La medida se adoptó tras identificar nueve faltas recurrentes en estos organismos de apoyo al tránsito.
Según la entidad, las inconsistencias fueron detectadas tras un análisis de los planes de mejora recomendados por operadores homologados a 166 CDA durante los años 2023, 2024 y el primer semestre de 2025.
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A partir de ese ejercicio, se evidenció que “un importante número” de centros continúa presentando fallas en las actividades de inspección.
El superintendente de Transporte, Alfredo Enrique Piñeres Olave, explicó que las instrucciones emitidas no introducen nuevas obligaciones, sino que desarrollan disposiciones ya existentes.
“Las instrucciones contenidas en la Circular no crean obligaciones nuevas, sino que precisan y desarrollan deberes ya existentes dentro del marco normativo aplicable”, indicó. Añadió que el plazo otorgado buscaba “subsanar dichas faltas, so pena de un posible cierre preventivo”.
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La Superintendencia también indicó que los operadores homologados del Sicov cumplen un rol central en la detección de las irregularidades, ya que son los encargados de capturar la información y evidencia de cada revisión técnico-mecánica e inspección de emisiones.
A partir de estos registros se estructuran los planes de mejora que deben ser atendidos de manera inmediata por los CDA, y se identifican conductas que pueden derivar en la apertura de procesos administrativos sancionatorios.
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Entre las principales irregularidades identificadas se encuentra la falta de “quema obligatoria del PIN”, un requisito previo al inicio de la inspección vehicular. La entidad indicó que el sistema debe impedir la aprobación de procesos si este paso no se cumple, garantizando así la trazabilidad y la secuencia lógica del procedimiento.
Otra de las fallas recurrentes corresponde a la integridad de las evidencias fílmicas. La SuperTransporte señaló que las inspecciones deben contar con registros “completos, continuos, íntegros y verificables en todas las etapas del proceso”. Para ello, los CDA deberán ajustar sus sistemas de captura de video, incluyendo la posible reubicación o adición de cámaras.
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También se identificaron problemas en la inspección sensorial de los vehículos. La Circular establece que esta debe realizarse en un único lugar previamente definido, con el fin de permitir una verificación integral de los elementos evaluados. Cualquier modificación en este punto debe ser informada al operador homologado del sistema Sicov.
En cuanto a la identificación de los vehículos, la entidad detectó fallas en la detección de placas durante el ingreso y la salida. Según el informe, este registro es necesario para “garantizar la identificación inequívoca del vehículo inspeccionado y la trazabilidad del proceso”. Se recomienda validar la entrada con la placa frontal y la salida con la trasera.
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El reporte también menciona inconsistencias en el diligenciamiento del Formato Uniforme de Resultados (FUR). La SuperTransporte enfatizó que todos los datos deben ser reportados y que cualquier novedad debe registrarse de manera clara en los campos correspondientes.
Otro de los puntos señalados es el incumplimiento de las condiciones de iluminación. La entidad fijó como estándar mínimo una intensidad de 600 lux en la línea de revisión, medida a 1,7 metros del piso. En zonas de inspección inferior del vehículo, como fosos o elevadores, la exigencia se mantiene.
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Adicionalmente, se evidenciaron fallas en la validación del personal técnico, cambios operativos no reportados y falta de concentración del personal durante las inspecciones. En este último caso, se indicó que los inspectores deben mantener “dedicación exclusiva” y evitar actividades simultáneas ajenas al proceso.
La Superintendencia advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones, una vez vencido el plazo, puede dar lugar a sanciones administrativas. Entre ellas se contemplan cierres preventivos de hasta seis meses, dependiendo de cada caso.
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Finalmente, la entidad señaló que continuará realizando seguimiento al cumplimiento de estas instrucciones a través del Sistema de Control y Vigilancia (Sicov), con el fin de verificar la aplicación de los ajustes requeridos en los CDA del país.
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