
La Comisión Primera de la Cámara de Representantes de Colombia aprobó en tercer debate un proyecto de ley que introduce, por primera vez, penas de cárcel para quienes incurran en zoofilia (violadores de animales).
La iniciativa, liderada por la senadora Esmeralda Hernández (Pacto Histórico), propone modificar el Código Penal y prevé sanciones que incluyen prisión, inhabilitación profesional y multas económicas.
La congresista manifestó que el proyecto representa un triunfo por la vida de los seres sintientes en el país.
La iniciativa de ley presentada por la senadora Esmeralda Hernández busca modificar el Código Penal colombiano para castigar la violencia sexual contra los animales - crédito Prensa Esmeralda Hernández
“No podemos normalizar que los animales sean abusados sexualmente, causándoles casi siempre la muerte. Perros, gatos, gallinas, burras y todo tipo de animales están siendo víctimas todos los días en Colombia”, indicó.
Detalles del proyecto de ley
El articulado establece que quien acceda carnalmente a un animal acarreará una pena de prisión de 48 a 55 meses (entre 4 a 5 años), así como una inhabilidad especial de 1 a 3 años para cualquier actividad vinculada con el manejo o cuidado de animales, y una multa que oscila entre 30 y 45 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
La reforma también incorpora circunstancias agravantes para quienes cometan zoofilia en espacio público, frente a menores de edad o realicen grabaciones para fines de pornografía.

En estos casos, las sanciones previstas por la ley serían más severas, con protección especial para los grupos más vulnerables y un énfasis en la prevención de conductas asociadas a la explotación sexual.
“Hay evidencias técnicas y científicas que señalan que algunos violadores de niños, han tenido previamente conductas de abuso sexual en animales. Lo que queremos es que se haga esta modificación en la ley, para que podamos prevenir y castigar estos casos lamentables contra seres sintientes en estado de indefensión”, añadió la senadora del Pacto Histórico.
La propuesta exhorta, además, al Gobierno nacional a llevar adelante una amplia campaña de divulgación una vez promulgada la ley, orientada a informar sobre la nueva tipificación penal y sus alcances prácticos.
Esta estrategia de sensibilización busca asegurar que la sociedad colombiana tome conocimiento de las nuevas herramientas legales de protección animal y los mecanismos para denunciar y sancionar estos delitos.

La inminente aprobación del proyecto implica que por primera vez el Código Penal colombiano sancionaría con cárcel, inhabilitación profesional y severas multas a quienes cometan este tipo de abuso.
Las agravantes y el enfoque preventivo buscan cerrar la brecha legal existente, permitiendo que los responsables sean judicializados y que se cuente con herramientas efectivas para erradicar estas prácticas del territorio nacional.
Con solo un debate pendiente en plenaria, la ley quedaría lista para ser promulgada, marcando un cambio normativo que busca prevenir y castigar la violencia sexual contra los animales en el país.

Ley Ángel
La nueva normativa se sumaría a las disposiciones establecidas en la Ley 2455 de 2025, conocida como Ley Ángel.
La ley establece penas de cárcel de 6 a 7 años y sanciones económicas de hasta 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes para quienes cometan zoofilia, clasificando este delito como una de las manifestaciones más graves de violencia contra animales.
Tras la movilización generada por el caso de Ángel, un perro sometido a tortura en Boyacá en el año 2021, el Congreso actualizó el Código Penal y el Estatuto Nacional de Protección de los Animales para cerrar lagunas legales y aumentar las sanciones al maltrato.
Entre las modificaciones, la normativa autoriza a la Policía a ingresar a domicilios sin orden judicial ante certeza de abuso sexual grave o violencia que ponga en riesgo la vida del animal.

La ley contempla, además, la inhabilitación para tener animales como pena accesoria para cualquier condenado.
El articulado establece diferencias en las penas según la gravedad de la conducta: lesiones graves acarrea prisión de 20 a 40 meses y multas de hasta 30 salarios mínimos; si se produce la muerte del animal, las sanciones aumentan a 32 a 56 meses y hasta 60 salarios mínimos.
Además, si el acto se comete con sevicia, en presencia de menores de edad o mediante métodos de tortura, la pena mínima se eleva a 48 meses (4 años).
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