Estas serían las sanciones que la JEP deberá imponer al exsecretariado de las Farc tras aceptar que reclutaron menores: no pagarán prisión

Las autoridades de la justicia transicional coordinan con víctimas y comparecientes la implementación de medidas reparadoras, en cumplimiento de los procedimientos legales y bajo la supervisión del Tribunal para la Paz

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La JEP subraya que las
La JEP subraya que las sanciones restaurativas no agotan la búsqueda de verdad ni el compromiso de no repetición, representando una oportunidad para reflexionar sobre la protección de la niñez colombiana - crédito Colprensa/JEP

Tras la admisión de responsabilidad por el reclutamiento de menores durante el conflicto armado, el antiguo secretariado de las Farc enfrenta una inminente audiencia de reconocimiento en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

La magistrada Lily Rueda, relatora del Caso 07, señaló en entrevista con El Tiempo que este proceso implica la apertura de sanciones restaurativas y plantea un diálogo directo con las víctimas.

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Tras la aceptación de los crímenes, la JEP contempla trabajos, obras y actividades reparadoras (Toar) como sanciones restaurativas en este caso. Estos mecanismos, que deben ser concertados con las víctimas y aprobados por el Tribunal para la Paz, están dirigidos a reparar los daños ocasionados por el reclutamiento de más de 11.000 menores.

La ley establece que estas sanciones no admiten amnistía y que el tiempo máximo de cumplimiento es de ocho años, sin posibilidad de acumulación incluso para quienes han sido condenados en varios macrocasos.

Las sanciones restaurativas de la
Las sanciones restaurativas de la JEP, que incluyen trabajos, obras y actividades reparadoras, excluyen la amnistía y tienen un límite de ocho años sin acumulación - crédito JEP

“Acabamos de entregar al país una solicitud de perdón dirigida a las víctimas y a la sociedad. En el plano procesal, después de seis años de investigación de este Caso 07, que hoy agrupa más de 11.000 víctimas individuales y colectivas, se abre la posibilidad de lo que llamamos en la JEP un diálogo restaurativo. Es decir, un escenario de encuentro directo entre víctimas y comparecientes”, señalo Rueda en diálogo con el diario nacional.

El reconocimiento de responsabilidad, la admisión del daño infligido a las víctimas y la gravedad de los hechos perpetrados contra niños y niñas —quienes no pueden ser objeto de amnistías— constituyeron, según la magistrada, el punto de partida que hasta ahora había impedido abrir este diálogo

En el diseño de este sistema de justicia especial, este diálogo es fundamental, porque permite a las víctimas expresar directamente a los comparecientes todas sus consideraciones sobre el proceso, sus expectativas de justicia, sus emociones, sus perspectivas sobre el futuro y las tareas que los máximos responsables podrían hacer para contribuir en el proceso de restauración y construcción de verdad”, señaló Rueda.

Según la magistrada, si las conversaciones avanzan favorablemente, la Sala de Reconocimiento tendrá la posibilidad de convocar a una audiencia de reconocimiento. En ese contexto, los comparecientes deberán reconocer públicamente su responsabilidad, lo cual permitirá posteriormente considerar la aplicación de una sanción restaurativa.

La ruta hacia las sanciones restaurativas de la JEP

El proceso de diálogo restaurativo
El proceso de diálogo restaurativo permite el encuentro directo entre las víctimas del conflicto armado y los comparecientes, impulsando la búsqueda de justicia y verdad - crédito AFP

Rueda explicó que los comparecientes pueden proponer trabajos, obras y actividades reparadoras (Toar), pero estas iniciativas requieren tanto la consulta con las víctimas como el visto bueno de la Sala y del Tribunal de Paz.

De acuerdo con la magistrada, este procedimiento garantiza que las acciones de reparación respondan a las propuestas de las víctimas y no queden sujetas exclusivamente a la voluntad de los procesados.

“Esta fase que sigue permitirá escuchar a los comparecientes sobre estas iniciativas y ponerlas a dialogar con aquellas que provienen de las víctimas, -las que ellas ya han presentado y las que presenten en lo que sigue-. Hasta este momento, algunas víctimas han compartido con la Sala ideas de proyectos restaurativos que son valiosos y profundos”, precisó la magistrada a El Tiempo.

Entre los proyectos presentados por las víctimas figuran iniciativas de memoria, prevención y fortalecimiento comunitario. Según indicó la magistrada, víctimas de Cali propusieron la creación de la “Casa Xingu: Juventud de Luz”, un espacio participativo para prevenir el reclutamiento, fomentar la resiliencia social y promover la paz.

En el Guaviare, madres y familiares de menores desaparecidos solicitaron la creación de una “Casa de la memoria paz y reconciliación”, orientada a la sanación mediante el arte, la escucha y el apoyo psicosocial.

Por su parte, las comunidades indígenas han presentado propuestas propias. “Desde los pueblos étnicos que participan en el caso también hemos recibido propuestas que podrían transformar realidades y ser restaurativas, especialmente desde la prevención del reclutamiento de niños y niñas”, detalló Rueda.

En Arauca, se ha planteado la creación de centros de educación media, la formación de liderazgos familiares y femeninos, y la transmisión de saberes ancestrales, permitiendo que los niños continúen su educación dentro de sus territorios y bajo su cosmovisión.

En el Caquetá, se han realizado solicitudes para garantizar el acceso a agua potable y chalupas escolares, así como mejoras en las escuelas y espacios educativos con enfoque étnico.

“Todo esto, por supuesto, son semillas que se gestan y crecen en el proceso restaurativo, en donde la mayoría de víctimas han dicho que sería bienvenida la participación de comparecientes”, señaló la magistrada.

Rueda también identificó la posibilidad de articular estos trabajos con programas estatales para lograr cambios estructurales en la protección de la niñez colombiana.

Los retos jurídicos y el alcance de las sanciones propias

Frente a quienes consideran que las sanciones restaurativas establecidas —un máximo de ocho años— resultan insuficientes por la magnitud del daño, la magistrada aclaró a El Tiempo: “Aunque los comparecientes estén condenados en múltiples macrocasos, la ley establece que el máximo término de las sanciones propias para cada persona condenada es de ocho años y estas no son acumulables como si fuese una suma aritmética”.

La JEP remarca que la sanción propia no agota el compromiso institucional con la verdad ni la garantía de no repetición, sino que también constituye un principio de seguridad jurídica para los comparecientes.

“El Tribunal para la Paz, particularmente la Sección con Reconocimiento, es la instancia que continúa este proceso dialógico”, afirmó la magistrada.

El proceso de reconocimiento y sanción abre una oportunidad para que la sociedad colombiana reflexione y se involucre en la protección integral de la niñez, con el fin de evitar que las generaciones futuras sean víctimas de la violencia armada.