Así puede reaccionar si su EPS lo traslada a otra entidad sin que usted lo pida: tiempos y reglas que debe conocer

Con la expedición del Decreto 0182, el Gobierno ajustó las reglas del sistema y podría generar traslados en distintas regiones. Conozca cómo funciona el proceso y qué implica para los usuarios

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El Decreto 0182 de 2026
El Decreto 0182 de 2026 redefine el modelo de aseguramiento en salud y abre la puerta a traslados masivos de afiliados entre EPS en Colombia - crédito Colegio Médico Colombiano

En cuestión de días, millones de afiliados al sistema de salud podrían recibir una notificación inesperada, su EPS ya no será la misma. El Gobierno puso en marcha una reforma que redefine las reglas del aseguramiento y que, en la práctica, abre la puerta a traslados masivos en distintas regiones del país.

La decisión quedó formalizada con la expedición del Decreto 0182 del 25 de febrero de 2026, que introduce cambios sustanciales al modelo actual. Aunque durante el debate público hubo advertencias de expertos, gremios y distintos actores del sector, el Ejecutivo avanzó con la norma y ajustó el marco establecido en el Decreto 780 de 2016.

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Afiliados trasladados deberán permanecer mínimo
Afiliados trasladados deberán permanecer mínimo 60 días en la nueva EPS antes de solicitar un nuevo cambio, limitando la libre elección - crédito Nueva EPS

El punto central es un nuevo criterio territorial y poblacional. A partir de ahora, se limitará el número de EPS que pueden operar en departamentos, distritos y municipios, según el tamaño de la población y la cuota de mercado de cada entidad. En algunos territorios esto podría significar la salida de aseguradoras y el traslado automático de sus usuarios a las EPS que permanezcan habilitadas.

La finalidad, según el texto oficial, es “organizar técnicamente” el sistema de aseguramiento. Con ello, el Gobierno busca reducir la fragmentación, promover economías de escala, mitigar riesgos sistémicos y garantizar la continuidad en la prestación de los servicios, sobre todo en zonas apartadas o con baja densidad poblacional.

Sin embargo, la medida genera una pregunta inmediata entre los afiliados: ¿qué ocurre si una persona no quiere cambiar de EPS? El decreto contempla una posibilidad de movilidad, pero no inmediata. Cuando un usuario sea trasladado de manera obligatoria deberá permanecer al menos 60 días calendario, incluidos fines de semana, en la nueva entidad antes de poder solicitar otro cambio. Es decir, el traslado inicial no puede evitarse y existe un tiempo mínimo de permanencia.

La prioridad en los traslados
La prioridad en los traslados se dará a EPS autorizadas con menor participación de mercado, para equilibrar la competencia local - crédito Gobernación de Córdoba

Superado ese plazo, el afiliado podrá pedir un nuevo traslado, siempre que la EPS elegida esté habilitada en su departamento o municipio. En la práctica, esto limita la libre elección. Si en determinado territorio queda operando una sola EPS autorizada, no habrá alternativa distinta para el usuario.

Otro punto que aún no está claro es el alcance exacto de los traslados. Aunque se ha mencionado que al menos 6,5 millones de afiliados podrían verse impactados en distintas regiones, el decreto no fija una cifra definitiva ni detalla a qué entidades serán asignados. Lo que sí establece es que se dará prioridad a las EPS autorizadas con menor participación en cada municipio, con el fin de equilibrar el mercado local.

Mientras tanto, la crisis del sector sigue marcando el contexto de esta decisión. La Superintendencia Nacional de Salud, que actualmente tiene intervenidas siete EPS, emitió un llamado a las aseguradoras para que garanticen el acceso efectivo a los servicios. El ente de control exigió identificar, eliminar y corregir de forma inmediata cualquier barrera administrativa, contractual u operativa que limite la atención de los usuarios.

La Superintendencia Nacional de Salud
La Superintendencia Nacional de Salud exige eliminar cualquier barrera para acceder a servicios, sobre todo para poblaciones vulnerables bajo protección constitucional - crédito Colprensa

El comunicado señaló que esta obligación es aún más estricta cuando se trata de personas con protección constitucional reforzada, como niños, adultos mayores o pacientes con enfermedades de alto costo. En medio de múltiples denuncias por presuntas negligencias, el acceso oportuno a citas, tratamientos y medicamentos sigue siendo una preocupación central.

A este panorama se suma la discusión sobre las deudas acumuladas por varias EPS, que pusieron en aprietos financieros a hospitales y clínicas. Sobre ese frente, el presidente Gustavo Petro fue enfático al señalar que el pago de esas obligaciones no es “responsabilidad” del Gobierno y que no destinará “ni un peso” para cubrirlas. Así, el nuevo decreto no solo reconfigura el mapa de las EPS en Colombia, sino que plantea retos inmediatos para afiliados, aseguradoras y prestadores.

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