
El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Colombia inició una actuación administrativa para determinar si procede la revocatoria de inscripción de la lista al Senado presentada por la coalición Pacto Histórico.
Esta investigación podría impactar la participación de la coalición en las elecciones legislativas previstas para el 8 de marzo de 2026, según el Auto avoca expedido por el organismo electoral en la tarde del miércoles 18 de febrero.
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La solicitud que motiva el proceso fue presentada por la ciudadana Yurani Maritza Obando Muñoz. La peticionaria alega que la lista cerrada inscrita por el Pacto Histórico desconoció el orden derivado de los resultados de la consulta interpartidista llevada a cabo el 26 de octubre de 2025 e infringió normas constitucionales, electorales y principios de democracia interna.
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“Por el cual se AVOCA CONOCIMIENTO y se DECRETAN PRUEBAS dentro de la actuación administrativa de revocatoria de inscripción de la lista al SENADO DE LA REPÚBLICA, inscrita por la COALICIÓN PACTO HISTÓRICO SENADO para participar en las elecciones del 8 de marzo de 2026, por el incumplimiento de los resultados de la consulta interpartidista celebrada el 29 de octubre de 2025″, señala el documento conocido por Infobae Colombia.

La petición describe que la coalición agrupa a partidos como Colombia Humana, Unión Patriótica, Polo Democrático Alternativo, Partido Comunista Colombiano y Movimiento Progresista. El argumento principal, de acuerdo con auto, se fundamenta en la obligatoriedad legal de los resultados de las consultas interpartidistas para la conformación de listas, según la Ley 1475 de 2011.
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La documentación indicaba que la consulta popular organizada por el Pacto Histórico arrojó una clasificación y porcentaje de votos para 144 precandidatos. Sin embargo, el 5 de diciembre de 2025 se inscribió formalmente la lista definitiva, hecho que generó dudas sobre si se respetaron puntualmente los resultados consignados en la consulta.
Para esclarecer estos hechos, el Consejo Nacional Electoral, a través de la oficina del magistrado Álvaro Hernán Prada, ordenó la práctica de pruebas documentales a la Registraduría Nacional del Estado Civil y requirió a los representantes legales de la coalición que, en un plazo de dos días desde la notificación, presentaran sus explicaciones y ejercieran su derecho de defensa. También dispuso la comunicación oficial del proceso a los 100 candidatos inscritos en la lista objeto de controversia.
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“INCORPORAR como prueba documental los siguientes elementos:
• De oficio
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- Formulario E-6 contentivo de solicitud para la inscripción de listas y constancia de aceptación de candidatos presentada por coaliciones de partidos y movimientos políticos con personería jurídica para el Senado de la República.
- Formulario E-8 contentivo de lista definitiva de candidatos inscritos al Senado de la República por la COALICIÓN PACTO HISTÓRICO SENADO.
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- Acuerdo de coalición denominado “ACUERDO DE COALICIÓN ENTRE LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS COLOMBIA HUMANA y MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO PARA INSCRIBIR LISTA DE CANDIDATURAS AL SENADO DE LA REPÚBLICA EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ORDINARIA PARA LAS ELECCIONES DEL 8 DE MARZO DE 2026 PERIODO CONSTITUCIONAL 2026 – 2030″, ordena el documento.
Las actuaciones descritas por el auto se extienden a otras entidades involucradas, incluida la Registraduría y el Ministerio Público, y contemplan la publicación del trámite en las páginas oficiales del CNE y la Registraduría. La medida busca garantizar la transparencia y la intervención de terceros interesados.
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La decisión final podría repercutir en la circunscripción nacional del Senado y modificar la representación de la coalición política en las elecciones Congreso 2026. Más de 100 candidatos inscritos se verían afectados directamente por una eventual revocatoria o modificación de la lista.
Como parte del procedimiento, el CNE fijó un plazo de dos días para que representantes legales y autoridades electorales remitan la documentación y certificaciones sobre los resultados de la consulta y confirmen si hubo cambios en la lista registrada.
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