Pulso entre la Andi y la SIC: cuestionamientos legales, secreto empresarial y el debate por la competencia en Colombia

El gremio advierte sobre posibles riesgos para la estabilidad jurídica ante requerimientos de la autoridad, al sostener que exceder lo permitido por la legislación podría comprometer la confidencialidad y los derechos de las compañías nacionales

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Bruce Mac Master, presdente de
Bruce Mac Master, presdente de la Andi

Las preocupaciones de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi) por posibles excesos en los requerimientos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) derivan de la inquietud por el impacto futuro en la seguridad jurídica y la competitividad de las empresas del país, según unapublicación de la Revista Semana.

El gremio empresarial sostiene que las solicitudes de información que excedan las facultades legales asignadas a la entidad fiscalizadora pueden afectar derechos fundamentales, como la libre empresa y la confidencialidad comercial, principios que consideran esenciales para la estabilidad del entorno económico.

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En la comunicación divulgada el miércoles 4 de febrero de 2026, la Andi subrayó que cuestiona la legalidad y la pertinencia de algunas de las preguntas formuladas por la SIC, motivo por el cual advierte:

“Esto afecta la competitividad y la seguridad jurídica, elementos esenciales para los actores del mercado formal en Colombia”. En ese sentido, la asociación expresó la necesidad de que las normas sean claras y predecibles para regular la relación entre el Estado y el sector productivo.

El documento del gremio empresarial, dado a conocer públicamente, resaltó que la SIC dispone de facultades legales para solicitar información, aunque enfatizaron que éstas deben ejecutarse exclusivamente dentro de los límites establecidos por la ley.

Según la Andi, la indagación sobre datos como la estructura de costos, márgenes de ganancia o factores de política comercial podría carecer de pertinencia y no ser conducente para el ejercicio de las competencias legales del ente de control.

La asociación precisó que enfrentar solicitudes de información extremadamente detallada—cuando la SIC no fundamenta tales requerimientos en funciones expresamente conferidas—puede producir efectos legales no deseados. En ese contexto, advirtieron sobre el riesgo de comprometer derechos sensibles: la protección de los secretos industriales, la confidencialidad de las estrategias comerciales y la libertad para operar en el mercado.

En su pronunciamiento, la Andi puntualizó: “Excede las facultades de la Superintendencia solicitar información sobre la estructura de costos, el margen de ganancia o, incluso, elementos de política comercial de una empresa, cuando dicha indagación no resulta ni pertinente ni conducente para el ejercicio de sus facultades legales”. El gremio aclaró que, según su interpretación, actualmente no existe una norma que otorgue a la Superintendencia de Industria y Comercio la atribución de inspeccionar, por cuenta propia, aspectos internos como los márgenes de rentabilidad, la estructura de costos o criterios tecnológicos utilizados en los procesos empresariales, salvo en casos donde exista una investigación concreta.

La asociación reconoció la importancia de la protección al consumidor como eje de la regulación económica en Colombia. Sin embargo, enfatizó que este principio debe aplicarse de modo proporcional y sin menoscabar otros derechos constitucionales y legales que corresponden a los particulares.

El texto recordado en su pronunciamiento la restricción que establece la Constitución Política sobre el alcance de la función pública: “Debe recordarse que, de acuerdo con el artículo 6.º de la Constitución Política, los servidores públicos solo pueden ejercer las funciones que les sean expresamente atribuidas por la ley”, puntualizó la Andi.

Por último, la asociación recalcó que el derecho al debido proceso administrativo debe actuar como límite al poder estatal, señalando la obligación de asegurar transparencia y legalidad en toda auditoría, inspección o medida de control emprendida por la autoridad. Según la Andi, “cualquier actuación de inspección, vigilancia o control debe observar garantías mínimas que aseguren transparencia y legalidad en los procedimientos”.

El gremio reiteró su llamado a que toda actuación de la administración pública se ejecute bajo claridad normativa y pleno respeto de los derechos y garantías previstos para los actores económicos del mercado colombiano.