
El Gobierno colombiano implementó un conjunto de medidas tributarias excepcionales para enfrentar las consecuencias de la emergencia económica, establecidas mediante el decreto 1474 de 2025.
Estas disposiciones tienen como objetivo asegurar los recursos requeridos para mitigar los impactos fiscales derivados, según reafirmó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
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La entidad resaltó, por medio de un comunicado, que las nuevas normativas se fundamentan en análisis técnicos exhaustivos que, según sus evaluaciones, garantizan que no se vulneren principios constitucionales ni se comprometan las finanzas públicas de los entes territoriales.
Entre los principales cambios, destaca la decisión gubernamental de mantener el impuesto del 1% a la extracción de petróleo y carbón, implementado mediante el decreto 175 de 2025, más allá del 31 de diciembre de 2025. Este gravamen se aplica en la primera venta o exportación y excluye a los pequeños productores mineros.

Además, la Dian informó la inclusión de un régimen transitorio de alivio real para personas y empresas con deudas fiscales, que contempla reducciones en sanciones e intereses moratorios asociados a incumplimientos y una rebaja en la tarifa del impuesto de normalización al 19% para quienes posean activos omitidos o pasivos inexistentes.
Las modificaciones impositivas inciden de manera directa sobre sectores clave y productos específicos. El impuesto al patrimonio verá un aumento en su base gravable y la aplicación de tarifas marginales progresivas de hasta el 5%, a partir de los $2.100 millones libres de deudas y excluyendo los primeros $628 millones correspondientes a vivienda familiar.
“Aumento de la base gravable del impuesto al patrimonio y aplicación de tarifas marginales progresivas hasta del 5% a partir de los $2.100 millones libres de deudas, excluyendo los primeros $628 millones de vivienda familiar”, dice la misiva.
Por su parte, la tarifa del impuesto de renta para entidades financieras se incrementa en 15 puntos porcentuales con el propósito de equiparar el esfuerzo contributivo con otros sectores económicos como agricultura o industria manufacturera, los cuales, según la Dian, tributan actualmente a tasas efectivas superiores.
En el ámbito del consumo, la normativa modifica la estructura impositiva de bienes importados de bajo valor, reduciendo el umbral de exclusión del IVA de USD 200 a USD 50 para importaciones bajo la modalidad de tráfico postal. De esta forma, se busca igualar las condiciones entre productores locales sujetos a IVA y productos importados que anteriormente gozaban de una ventaja fiscal.
“Reducción del umbral de exclusión de IVA para las importaciones de bajo valor en la modalidad de tráfico postal (principio legal de minimis) desde USD 200 hasta USD 50. De este modo, los productores No. 005 Información Pública locales que venden productos con IVA igualan condiciones con productos importados que, anteriormente, tenían este beneficio”, se añade en el documento.

Las bebidas alcohólicas de alto contenido etílico, como aguardiente, ron, whisky, vodka y brandy, experimentarán un alza significativa de la tarifa de IVA del 5% al 19%, equiparándose así a la carga impositiva vigente para la cerveza.
Además, el fortalecimiento del impuesto al consumo para este tipo de bebidas supondrá un aumento estimado en precios al consumidor del 8,7% durante la vigencia del decreto, conforme lo consignó la Dian.
Según estadísticas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) referidas para 2025, el precio de estas bebidas en Colombia era 21,2% inferior al promedio mundial en 2024. A pesar de estas subidas proyectadas, la opinión técnica del Ministerio de Salud y Protección Social advierte que solo se producen reducciones significativas en el consumo de licor cuando los incrementos en los precios alcanzan el 30%.
El tabaco y sus sustitutos serán también objeto de un fortalecimiento tributario. Según la información de la OMS para 2025, el precio de los cigarrillos en Colombia se ubicó en 2022 un 31,0% por debajo del promedio internacional. La Dian sostiene que el endurecimiento de estos gravámenes responde tanto a consideraciones fiscales como de salud pública.

“Fortalecimiento del impuesto al consumo de tabaco y sus sustitutos. Es importante mencionar que con todo y los efectos nocivos en la salud que tiene este consumo, los precios de los cigarrillos en Colombia se encontraban 31,0% por debajo del promedio internacional en 2022 (OMS, 2025)”, se agrega.
Respecto a las actividades de juego por internet, las casas de apuestas online seguirán gravadas con IVA, en igualdad de condiciones con las apuestas físicas, y deberán emitir facturación electrónica, ampliando la cobertura tributaria en el sector.
Todas estas disposiciones pueden consultarse en el texto oficial del decreto 1474 de 2025, en el que la Dian subraya la importancia de estas medidas para proteger el equilibrio de las finanzas públicas y asegurar mecanismos de alivio transitorio para los contribuyentes afectados.
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