
Un caso de violencia animal extrema registrado en la ciudad de Sincelejo, en el departamento de Sucre, evidenció la importancia que el sistema judicial colombiano está otorgando a los actos de sevicia contra seres indefensos.
Un juez de conocimiento expuso en su sentencia que quemar a un animal hasta provocar su muerte encaja dentro de una violación grave de las normas de protección animal, por lo que no puede considerarse un hecho menor.
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En la resolución judicial, se determinó que Teresita de Jesús Alcocer Puentes y su hija, Arlin Winneth Cuello Alcocer, actuaron con crueldad y desoyeron cualquier alternativa distinta a la agresión extrema.
Ambas recibieron una condena de 32 meses de prisión (dos años y ocho meses), una sanción que, según el fallo, responde a la gravedad de los hechos y a la reiteración de conductas violentas.

De acuerdo con la investigación llevada por la Fiscalía Seccional Sucre, con el acompañamiento del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (Gelma), las pruebas técnicas y testimoniales demostraron que el 8 de octubre del 2024 ocurrió el ataque: madre e hija agredieron a Rommy en la terraza de su vivienda, incinerando al animal y provocándole lesiones que le causaron la muerte.
El fallo judicial destacó que la acción no resultó accidental ni fue producto de un descuido, sino que representó un acto premeditado que causó un sufrimiento prolongado a la víctima.
Durante el proceso judicial, el juzgado constató que la conducta de ambas mujeres llenaba los requisitos del delito de “muerte a animal agravada”, figura penal que conlleva penas superiores al comprobarse no solo la muerte del animal, sino también la existencia de sevicia, dolo y desprecio por la vida. “Las condenadas desoyeron cualquier alternativa distinta a la agresión extrema”, señaló el juez.

Durante la diligencia de imputación de cargos, la Fiscalía detalló las procesadas ejecutaron con Rommy: “rociaron un líquido inflamable sobre su mascota, un perro de raza pastor alemán, al cual luego le habrían prendido fuego. Esto provocó la muerte del animal”.
En la etapa inicial del litigio, la pena que se asumió fue de ocho meses; no obstante, tras valorar la magnitud y características del crimen, el despacho aumentó la sanción a 32 meses de prisión para cada acusada, reflejando así la gravedad y el impacto social de este tipo de hechos.
El conjunto de evidencias y los análisis contextuales permitieron, en palabras de la sentencia, demostrar plenamente “cómo ocurrieron los hechos y quiénes fueron responsables”.
El juzgado enfatizó que tal violencia contra animales es incompatible con las disposiciones vigentes en Colombia en materia de protección animal.
La Ley Ángel 2455 de 2025 dispone de castigos que va de 32 a 56 meses de prisión, cuantiosas multas económicas y la imposibilidad de trabajar con animales o tenerlos bajo custodia. Tales medidas refuerzan la protección iniciada por la Ley 1774 de 2016, la cual reconoce a los animales como “seres sintientes”.
Fiscalía imputó dos hombres por delitos de maltrato animal en Atlántico y Cundinamarca
Las implicaciones legales para quienes incurren en maltrato animal en Colombia han tomado un nuevo rumbo tras la entrada en vigor de la Ley Ángel 2455 de 2025, norma que establece sanciones más severas frente a estos delitos.

El impacto de este marco legal se evidenció recientemente cuando un fiscal de la Seccional Atlántico, con el acompañamiento del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (Gelma), presentó cargos en contra de Habib Leonardo Mosquera Navarro por la presunta muerte agravada de una perra llamada Princesa.
Las investigaciones de la Fiscalía General de la Nación, sustentadas por agentes del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y efectivos de la Policía Nacional, determinaron la implicación de Mosquera en el suceso ocurrido el veintisiete de octubre en una calle de Barranquilla (Atlántico).
Según el relato oficial, el hombre habría sujetado al animal por las extremidades y la habría golpeado de manera reiterada contra el suelo, provocando su deceso. Al comparecer ante el tribunal, Mosquera rechazó los cargos.
La Fiscalía también avanzó en otro proceso que involucra a Jhon Jair Parrado López, a quien se le imputó el delito de lesiones que afectan gravemente la salud o integridad del animal de manera agravada en el municipio de Cáqueza (Cundinamarca).
De acuerdo con las pesquisas, el cuatro de diciembre, Parrado habría cometido actos sexuales contra una perra criolla identificada como Galleta. Los testimonios de ciudadanos y la recolección de pruebas lo vinculan de forma directa con el hecho investigado.
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