
El Consejo de Estado avanzó en el estudio del proceso que definirá la continuidad de Cielo Rusinque al frente de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). El magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil radicó el proyecto de fallo en medio de las críticas que han surgido por la reciente autorización con condicionamientos de la integración entre Tigo y Movistar, decisión que generó cuestionamientos hacia la entidad y su dirección.
Mientras se mantiene ese escenario, la Sección Quinta del alto tribunal fijó para el jueves 20 de noviembre, a las 9:00 a. m., la sesión en la que se decidirá si Rusinque permanece o no en su cargo. La determinación surge en respuesta a una demanda que cuestiona los requisitos y calidades exigidas para el nombramiento realizado por el Gobierno nacional.
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Las demandas contra el nombramiento
El estudiante de derecho Samuel Ortiz, junto con otras tres personas, presentó una demanda contra el Decreto 0098 del 2 de febrero de 2024, mediante el cual el Gobierno del presidente Gustavo Petro designó a Cielo Rusinque como superintendente. Los demandantes sostienen que la funcionaria no cumpliría con la experiencia necesaria en áreas relacionadas con las funciones de la entidad.

Ortiz señaló en su escrito que “tras revisarse detalladamente la hoja de vida de Rusinque es posible colegir que no tiene experiencia en materia de competencia, protección al consumidor, protección de datos y propiedad industrial, lo anterior teniendo en cuenta que la señora Rusinque es abogada de la Universidad Externado de Colombia”. El demandante agregó que, aun contando con especialización y maestría en derecho constitucional y en investigación de estudios políticos, no tendría formación específica en los campos técnicos de la SIC.
En el documento también se mencionó que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde) ha recomendado reiteradamente que la SIC opere “libre de control político directo para hacer cumplir las leyes de competencia”, debido a la relevancia económica de sus decisiones. Los demandantes sostuvieron que Rusinque ha sido cercana al presidente Petro, lo cual, a su juicio, podría contrariar esa recomendación.
Otro de los apartados de la demanda indica que “un hecho notorio y público es que la señora Rusinque ha estado en el círculo cercano de Gustavo Petro desde su campaña presidencial de 2022, en la que se desempeñó como asesora de relaciones externas”.
Los argumentos de defensa

Rusinque y la Presidencia de la República han defendido la legalidad de su nombramiento citando jurisprudencia del mismo Consejo de Estado, según la cual “el superintendente es de libre nombramiento y remoción, por lo cual no se requiere concurso de méritos para su provisión”.
La defensa sostuvo que la Presidencia permitió la participación de todos los aspirantes al cargo, adelantó las fases de selección con base en la normativa vigente y no identificó una norma que impida que personas con afinidad política con el gobierno accedan al cargo de superintendente. En ese sentido, expuso que “tampoco se evidenció que la participación en un proyecto político o el ejercicio de cargos en el Gobierno Nacional configure una inhabilidad para ser designado superintendente”.
Sobre las exigencias académicas, la defensa afirmó que la formación de Rusinque cumple con los requisitos, pues “la maestría en Estudios Políticos obtenida por Rusinque en la Université Panthéon-Assas (París II) guarda relación con las funciones previstas para su cargo. Dichas labores exigen conocimiento sobre la estructura del Estado y el cumplimiento de reglas y procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico”.
Consideraciones del Consejo de Estado

Aunque la defensa alegó falta de claridad en la exposición del concepto de violación legal, el Consejo de Estado concluyó que los demandantes sí presentaron razones para afirmar que el acto administrativo habría incurrido en desviación de poder, falta de motivación y expedición irregular.
En el auto que decretó la sentencia anticipada —frente al cual se presentó un recurso de aclaración que fue negado— el despacho ordenó la práctica de pruebas relacionadas con la formación y experiencia de la superintendente. Entre estas se solicitó certificar la intensidad horaria, los periodos de vinculación y las temáticas abordadas por Rusinque como docente investigadora y becaria.
Finalmente, el alto tribunal requirió a la Presidencia de la República y al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo entregar la totalidad de los antecedentes administrativos del Decreto 0098 del 2 de febrero de 2024, documentos que hacen parte del expediente evaluado por la Sección Quinta.
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