
Las recientes modificaciones en la expedición del permiso especial de circulación para motocicletas, motociclos, mototriciclos y motocarros en la zona centro de Barranquilla buscan aumentar la eficiencia en la verificación de requisitos y apoyar la movilidad segura.
Según anunció la Alcaldía Distrital, las restricciones aprobadas a finales de octubre de 2025 se mantendrán hasta inicios de 2026 en respuesta al panorama de siniestralidad vial: solo en 2025 se han reportado 95 víctimas por accidentes de tránsito en la ciudad, de las cuales el 56% correspondía a motociclistas (43 conductores y 10 pasajeros).
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El Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025 regula la circulación nocturna y define zonas de restricción. La norma prohíbe el tránsito de dichos vehículos entre las 11:00 p. m. y 5:00 a. m. de lunes a domingo, permitiendo excepciones únicamente para los propietarios con su respectiva documentación y acompañante inscrito.
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En la zona centro, delimitada por calles y carreras principales (entre calle 30, carrera 46, calle 45 y carrera 38), la circulación está restringida para estos vehículos, salvo donde expresamente se autoriza transitar sin acompañante y sin permiso especial entre las 6:00 a. m. y 7:00 p. m. en varios ejes de acceso comercial.
El procedimiento para gestionar el permiso exige ingresar al sistema web de la Secretaría Distrital de Tránsito, crear usuario, diligenciar la solicitud con datos y documentos requeridos (incluida carta motivacional, copia de vinculación laboral, contrato o matrícula), y esperar respuesta en un máximo de ocho días hábiles. Es necesario que los conductores cuenten con licencia vigente, estén a paz y salvo en el Simit, y que los vehículos tengan revisión técnico-mecánica válida y Soat, todo verificable en línea.
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Entidades con flotas o contratación de conductores deben acreditar la implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial (Pesv). Para estudiantes, el permiso tendrá vigencia hasta el final del periodo académico reportado en el certificado de matrícula.

Las restricciones también afectan vías por donde circula Transmetro, con prohibición total, salvo excepciones de horario y circunstancias como escoltas o cruces transversales solos o con acompañante previamente inscrito. En el corredor portuario, se mantienen límites estrictos y solo se permite la circulación de escoltas de vehículos de carga, bajo condiciones.
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En corredores clave de la ciudad (avenida Circunvalar, avenida Cordialidad, Hamburgo, calle 30, vía 40, entre otros), la circulación con acompañante no inscrito está vetada las 24 horas, permitiéndose solo cruces transversales bajo condiciones específicas. Los motocarros también enfrentan estrictas restricciones, a excepción de los dedicados exclusivamente al transporte de mercancías, pero nunca con pasajeros.
Otras prohibiciones incluyen la circulación de mujeres embarazadas y menores de 12 años en motocicletas. La inscripción de acompañantes debe realizarse por vía digital y permite designar hasta diez personas (familia u otros), con solo una actualización por mes y verificaciones tecnológicas para control en la vía.
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Determinados grupos están exceptuados: miembros de fuerza pública, autoridades, escoltas uniformados, periodistas acreditados y funcionarios judiciales, con condiciones de circulación específica. Las motos de alto cilindraje (500 cc o más) quedan por fuera de buena parte de las restricciones, aunque está prohibido transitar con menores de 10 años, mujeres embarazadas y circular en las principales vías del sistema Transmetro.
Las sanciones por infringir las restricciones implican una multa de quince salarios mínimos legales diarios vigentes (equivalente a $603.939 para 2025) y la inmovilización del vehículo. Según la secretaria distrital de Tránsito y Seguridad Vial, Yaciris Cantillo Romero, el enfoque es salvar vidas y consolidar una movilidad organizada y responsable en la ciudad, con la siniestralidad y el cumplimiento de la ley como ejes centrales de la nueva regulación.
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