
El ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia se pronunció sobre la decisión del Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Montería de imponer una sanción de cinco días de arresto y una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes contra la ministra encargada Irene Vélez.
En un comunicado emitido el 9 de noviembre de 2025, la cartera aseguró que la medida aún no está en firme y recordó que esta será objeto de revisión por parte del superior funcional.
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“Conforme al Decreto 2591 de 1991, la sanción se encuentra en grado jurisdiccional de consulta, lo que significa que no está en firme y deberá ser evaluada por el superior funcional. En dicha revisión se verificará la existencia del cumplimiento y la proporcionalidad de la medida, elementos que permiten prever que la sanción sea revocada”, señaló el Ministerio en el comunicado.
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Igualmente, el Ministerio de Ambiente indicó que el incidente se remonta a la gestión de un derecho de petición por parte del abogado Manuel Navarro Manchego, la cual, según la cartera, la respuesta fue enviada en los tiempos establecidos.
“Dicho requerimiento fue atendido plenamente y dentro de los tiempos ordenados por la autoridad judicial. El Ministerio ya había remitido la respuesta al ciudadano de manera completa y enviado al juzgado los soportes y certificaciones de envío correspondientes al día en que se notificó la decisión que impone la sanción”, agregaron.
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Del mismo modo, la entidad sostuvo que la medida ordenada puede ser revocada por el tribunal, al considerar dos aspectos como el cumplimiento previo de la orden impartida y la consideración de que la medida resulta desproporcionada frente a los hechos verificados.
En relación con la responsabilidad en los incidentes de desacato, precisaron que esta medida “es subjetiva y recae exclusivamente sobre el funcionario directamente encargado de ejecutar la orden. En este caso, el trámite del derecho de petición no estaba asignado al despacho de la ministra, por lo que no existe responsabilidad personal ni conducta negligente atribuible a ella”.
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Por último, el Ministerio reiteró su respeto absoluto por las decisiones judiciales y reafirmó su compromiso con la colaboración armónica entre instituciones.
“La entidad reafirma que continuará atendiendo de manera rigurosa, diligente y transparente las solicitudes de la ciudadanía y las órdenes de la jurisdicción constitucional, en el marco de los principios de buena fe, lealtad procesal y garantía plena de derechos”, concluyeron.
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A qué se debe el arresto a Irene Vélez
El proceso se originó cuando el abogado Manuel Navarro Manchego presentó un incidente de desacato tras no recibir respuesta a su solicitud de información, realizada el siete de julio de 2025.
El requerimiento estaba dirigido a obtener detalles sobre los convenios suscritos entre el Ministerio de Ambiente y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Pnud), relacionados con la ecorregión de La Mojana, parte del complejo de humedales de la Depresión Momposina (Caribe colombiano).
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El fallo de tutela, emitido el 29 de agosto de 2025, tuteló el derecho fundamental de petición del abogado y ordenó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible responder de fondo a la solicitud en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde la notificación.
La omisión de la ministra encargada en cumplir con esta orden judicial fue considerada un incidente de desacato, lo que derivó en la sanción impuesta por el Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Montería.
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“La sanción de multa impuesta deberá consignarse en la cuenta corriente del Banco Agrario de Colombia denominada CSJ-MULTAS y SUS RENDIMIENTOS ‘CUN 4 3-0820-000640-8 número de convenio 13474 dentro de los diez (10) días siguientes a la ejecutoria de esta decisión y de no cancelarse oportunamente, se procederá a su cobro coactivo por el ente competente”, se lee en la decisión.
La orden de arresto y la multa solo se harán efectivas si el Tribunal Superior de Montería confirma la decisión, a la que ya fue remitido el caso para su revisión.
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