A través del decreto 0603, firmado el sábado 13 de junio de 2026, el presidente de la República, Gustavo Petro, ordenó la suspensión temporal de operaciones militares ofensivas y de acciones especiales de policía contra integrantes de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (Cneb) para permitir su traslado hacia una zona de ubicación temporal en Putumayo. Todo esto, a una semana de que se haga la segunda vuelta.
La medida entró en vigencia desde las 00:00 horas del domingo 14 de junio y se extenderá hasta el viernes 19 de junio de 2026, a las 11:59 p. m. Es decir, a dos días de que más de 41 millones de colombianos, en Colombia y el exterior, deban acudir a las urnas para elegir al sucesor del actual jefe de Estado, entre el oficialista Iván Cepeda, que apoya estas negociaciones, y el ultraderechista Abelardo de la Espriella.
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La decisión, comunicada en el documento que conoció Infobae Colombia, quedó limitada a los lugares y rutas pactados para el desplazamiento, preagrupamiento y llegada de miembros de la estructura Comandos de Frontera-EB incluidos en un listado reservado reconocido “de buena fe” por el consejero Comisionado de Paz, Otty Patiño, mediante la Resolución 190 del 12 de junio de 2026.

El decreto emitido por el Ejecutivo también creó un Mecanismo de Monitoreo y Verificación de carácter tripartito para implementar y supervisar el funcionamiento de la zona autorizada por la Resolución 053 del 25 de febrero de 2026. Esa instancia, clave para este proceso, estará integrada por el Gobierno nacional, la Cneb y la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
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Con esto, la suspensión de operaciones militares tendrá, según el Gobierno, un objetivo concreto: facilitar el inicio “gradual y progresivo” del tránsito a la vida civil de sus integrantes en la Zona para la Capacitación Integral y de Ubicación Temporal de Valle del Guamuez, en el departamento de Putumayo. Siendo esta un territorio de confrontación armada entre grupos armados ilegales, que han causado temor en la población.
Así será la suspensión de operaciones militares en Putumayo, ante traslado de miembros del Cneb
El artículo 8 del referido decreto dispone “la suspensión de las operaciones militares ofensivas y especiales de policía” contra los integrantes de Comandos de Frontera-EB que comienzan su desplazamiento hacia la zona temporal, dentro del plazo fijado, entre el 14 y el 19 de junio. Es válido destacar que esa suspensión no es general, pues solo se aplicará “exclusivamente en los lugares y rutas acordados” en la mesa de negociación.
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El mismo artículo establece que la información sobre las rutas de desplazamiento y los lugares de ubicación tendrá carácter reservado. La justificación expresada en el decreto es la protección de la vida e integridad de quienes participan en la implementación de la zona; a lo que se suma que el Gobierno dejó por escrito una condición para la organización armada, que avanza en las tratativas con la administración Petro.

A su vez, el parágrafo 3 ordena que la Cneb “no realizará acciones ofensivas contra la fuerza ública” durante el desplazamiento, el preagrupamiento y la llegada a la zona, ni ninguna otra conducta que pueda interpretarse como violación de los acuerdos y protocolos firmados en la mesa.´De esta manera, se da un nuevo paso en este proceso, en el que será clave, como se mencionaba, el mecanismo de monitoreo.
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Ese mecanismo, integrado por la Consejería Comisionada de Paz, las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, la Cneb y la MAPP-OEA, tendrá una estructura dividida en cuatro niveles: una instancia general de coordinación y verificación, un equipo local de monitoreo permanente, una comisión de verificación para incidentes en terreno y una comisión de resolución de controversias para dirimir desacuerdos.
Aunque se ordenó la suspensión focalizada de operaciones ofensivas, el decreto aclaró que las autoridades “continuarán ejerciendo sus funciones y atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, sin ninguna excepción”. En el artículo 9 se reforzó ese punto, al indicar que la suspensión se aplicará “sin perjuicio del cumplimiento de la obligación constitucional y legal de la fuerza pública”, sujeta a la Constitución.
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Del mismo modo, en el decreto se exime de responsabilidad penal y disciplinaria a los funcionarios públicos y a los miembros del Ejército y Policía que participen en el alistamiento, traslado inicial, puesta en marcha y funcionamiento de la zona y del mecanismo de verificación; siempre que actúen dentro del “estricto cumplimiento” de sus funciones, dispuestas en el referido documento firmado por Petro.

El cuidado del personal del mecanismo quedó a cargo de la Unidad Nacional de Protección (UNP), mientras que la Policía Nacional asumirá la seguridad de las instalaciones donde sesione esa instancia. Asimismo, se conformó un Puesto de Mando Unificado (PMU), liderado por la Gobernación de Putumayo, para hacer seguimiento a las fases de desplazamiento, preagrupamiento y ubicación de los integrantes de la Cneb.
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La zona de ubicación en Putumayo forma parte de una ruta pactada desde 2025
El decreto 0603 del 13 de junio de 2026 reconstruye la secuencia de acuerdos que desembocó en la medida. El 25 de mayo de 2025, el Gobierno y la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (Cneb) firmaron el acuerdo 10, que comprometió la puesta en marcha de una zona para capacitación integral y ubicación temporal con 120 integrantes del grupo: 60 en Nariño y 60 en Putumayo.
Más tarde, el acuerdo 14 del 5 de diciembre de 2025 definió el inicio gradual y progresivo de una zona de ubicación temporal en el área rural de Valle del Guamuez; mientras que el protocolo 8 del 12 de diciembre de 2025 fijó los procedimientos para el desplazamiento hacia esa zona, y la resolución 053 del 25 de febrero de 2026 autorizó formalmente la Zona de Ubicación Temporal de Valle del Guamuez, en esta zona del país.
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Así pues, la hoja de ruta para iniciar el desplazamiento quedó aprobada en el acta de cierre del séptimo ciclo de diálogos de paz, concluido el 26 de abril de 2026 en Puerto Asís. Allí se especificaron fechas, puntos y lugares de inicio del traslado hacia la zona, con el fin de adelantar “el proceso de tránsito a la vida civil de sus integrantes” y contribuir al fin del conflicto armado, y la sustitución de economías ilegales.
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