
La designación de abogados en Estados Unidos por parte del presidente de la República, Gustavo Petro, y el ministro del Interior, Armando Benedetti, marca el inicio de una compleja batalla legal tras su inclusión, junto a la primera dama Verónica Alcocer y Nicolás Petro Burgos, en la llamada Lista Clinton.
Esta medida, adoptada por la Oficina del Tesoro estadounidense, implica la exclusión inmediata del sistema bancario internacional y la imposibilidad de acceder a servicios financieros globales, al considerar que existe un riesgo de origen ilícito en los capitales de los sancionados.
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La decisión de Washington se fundamenta, en el caso de Gustavo Petro, en la evaluación negativa de su política antidrogas. Según la Casa Blanca, el enfoque del mandatario colombiano “ha socavado la lucha antinarcótica y ha permitido el florecimiento del narcotráfico”.
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Además, el Gobierno estadounidense sostiene que los acercamientos y diálogos con grupos armados, incluidas organizaciones vinculadas con el narcotráfico, han debilitado la cooperación judicial y obstaculizado las extradiciones. El documento oficial también señala que el comportamiento internacional de Petro “ha distanciado a Colombia de sus socios”, lo que ha generado preocupación en el tablero geopolítico.
Entre los argumentos esgrimidos por la Oficina del Tesoro, se incluye la divulgación de información confidencial obtenida a través del Grupo Egmont, un canal seguro de comunicación contra el lavado de dinero. En 2024, Petro reveló la compra supuestamente “irregular” del software Pegasus, que luego se confirmó como una adquisición realizada por el gobierno de Estados Unidos en el marco de la cooperación bilateral antidrogas.
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Este episodio, según la autoridad estadounidense, puso en riesgo la integridad del sistema financiero internacional y derivó en la suspensión de la Unidad de Inteligencia Financiera de Colombia dentro del Grupo Egmont. El documento añade: “También se ha aliado con el régimen narcoterrorista de Nicolás Maduro Moros y el cartel de los Soles”.

Respecto a Armando Benedetti, la sanción se apoya en la filtración de grabaciones de audio en 2023, en las que el ministro habla sobre su participación en la financiación de campañas y la obtención de votos para Gustavo Petro. Benedetti, por su parte, sostiene que su inclusión en la lista responde a su respaldo al presidente y no a la existencia de pruebas de vínculos con el narcotráfico o actividades ilícitas.
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Para enfrentar este escenario, Gustavo Petro designó como representante ante la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Ofac) a Dany Kovalik, abogado especializado en derechos humanos y conocido por su postura progresista. Kovalik, autor de ‘La conspiración para derrocar a Venezuela: cómo Estados Unidos está orquestando un golpe de Estado por el petróleo’, también asumirá la defensa de la familia presidencial, incluyendo a Nicolás Petro y Verónica Alcocer.
Juristas consultados por El Tiempo interpretan que esta elección sugiere una estrategia orientada a la confrontación política con Estados Unidos, contexto que habría influido en la actual situación del mandatario colombiano.
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Por su parte, Armando Benedetti optó por Michael Díaz, abogado litigante con experiencia en la recuperación de visas, casos relacionados con la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA), la Ofac y procesos de reclasificación de Nacionales Especialmente Designados.

El medio citado confirmó, a través de fuentes de alto nivel, que la acción legal emprendida será de carácter estrictamente administrativo, descartando por el momento vías penales o civiles, a diferencia de la intención manifestada por el presidente Petro de iniciar un proceso judicial por difamación. En el caso de Benedetti, la estrategia se centrará en solicitar a la Ofac la revisión de la decisión “con base en el acervo probatorio que respaldaría el origen lícito de sus recursos”.
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El penalista Francisco Bernate explicó a El Tiempo que la defensa buscará desvincular a los sancionados de cualquier relación con grupos terroristas o narcotraficantes: “La única ruta de defensa posible es precisamente esa: probar que no han participado en ninguna actividad ilegal relacionada con el narcotráfico, organizaciones terroristas, financiación del terrorismo, tráfico de armas u otros hechos que justifican este tipo de inclusión”.
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