
Una queja formal fue presentada ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) por los abogados Ximena Echavarría Cardona y Nicolás Dupont Bernal contra el precandidato presidencial y exalcalde de Medellín Daniel Quintero Calle, por su renuncia a la consulta del Pacto Histórico, programada para el 26 de octubre.
En el documento radicado, los juristas solicitan la apertura de una investigación administrativa por presunto incumplimiento, perjuicio económico e inhabilidad, al considerar que su retiro generó un impacto presupuestal sobre el erario público.
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De acuerdo con la queja, la decisión de Quintero habría provocado una afectación económica al Estado, ya que los tarjetones y la logística electoral para la consulta ya estaban en proceso de ejecución.
Según los denunciantes, el retiro del exprecandidato vulnera los principios de transparencia y responsabilidad en la gestión de fondos públicos, por lo cual piden que se determinen las sanciones correspondientes tanto para el exalcalde como para los partidos que integran la coalición.
Solicitan investigación administrativa

En la comunicación dirigida al presidente del Consejo Nacional Electoral, Cristian Ricardo Quiróz Romero, los abogados fundamentaron su solicitud en las competencias de inspección y vigilancia del órgano electoral. “Presentamos ante su corporación queja formal en virtud de la competencia que le asiste al Consejo Nacional Electoral para inspeccionar, vigilar y sancionar las conductas que infringen la normativa electoral, en particular las derivadas del retiro extemporáneo del ciudadano Daniel Quintero Calle de la consulta presidencial convocada para el 26 de octubre de 2025”, señalaron los juristas en el escrito.
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La queja se apoya en los artículos 7 y 8 de la Ley 1475 de 2011, así como en los artículos 107 y 265 de la Constitución Política, los cuales establecen las normas de disciplina partidaria y las competencias del CNE. Los abogados solicitaron que se determine el monto del presunto detrimento patrimonial derivado de la renuncia y que se adelante el cobro coactivo o la deducción de la financiación estatal a los partidos responsables, de acuerdo con lo establecido en la ley.
Asimismo, solicitaron al Consejo que requiera información a la Registraduría Nacional del Estado Civil, a la Contraloría General de la República y a la Fiscalía General de la Nación, con el fin de verificar los contratos, gastos e informes presupuestales relacionados con la consulta del Pacto Histórico.
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Detalles del contrato de la Registraduría

El documento de la queja hace referencia al contrato suscrito por la Registraduría Nacional para la ejecución de los servicios logísticos de la consulta, identificado como Contrato No. 069 de 2025, cuyo valor asciende a $123.406.794.418. Este monto incluye los costos de producción e impresión de tarjetones, servicios de transporte, arrendamiento y logística electoral.
Según las cláusulas del contrato, la Registraduría pagará el 80% del valor total una vez se certifique la entrega de todos los servicios para la realización de la consulta del 26 de octubre. El documento precisa que el contrato cuenta con Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 115325 del 2 de octubre de 2025, y su ejecución se extiende hasta el 18 de noviembre de este año.
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Para los abogados Echavarría y Dupont, estos compromisos financieros ya asumidos por el Estado agravan el perjuicio generado por la renuncia del Quintero Calle.

Además, la queja menciona expresamente como implicados a los partidos Colombia Humana, Unión Patriótica, Polo Democrático Alternativo y Partido Comunista Colombiano, organizaciones que solicitaron la realización de la consulta interpartidista entre el 23 y el 25 de julio de 2025. Según el documento, estas colectividades deben responder solidariamente por el uso de los recursos públicos asignados.
Los denunciantes pidieron además que el CNE requiera a dichas organizaciones la entrega de todas las comunicaciones oficiales remitidas o recibidas de la Registraduría y del propio CNE, así como los actos de inscripción y retiro de precandidatos. “Se deberá determinar la responsabilidad política y administrativa de los partidos que solicitaron la consulta sin garantizar su desarrollo pleno, conforme al artículo 8 de la Ley 1475 de 2011”, se lee en la solicitud.
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La queja concluye que el Consejo Nacional Electoral debe adelantar la actuación administrativa correspondiente para establecer la responsabilidad del precandidato y de los partidos involucrados, y aplicar las sanciones que resulten procedentes.
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