
Una investigación periodística expuso lo que sería una nueva modalidad de desvío de recursos de la salud en Colombia. De acuerdo con denuncias conocidas en los últimos días, el Juzgado Promiscuo del Circuito de Concordia, en Antioquia, habría emitido fallos que ordenaron el pago de más de $103.000 millones por parte de la EPS AsmetSalud a clínicas señaladas en presuntas irregularidades.
La información fue revelada por Caracol Radio, que estableció que el juez Juan Carlos Mantilla Ronderos sería el responsable de al menos 17 decisiones a favor de las instituciones prestadoras demandantes, entre 2024 y lo corrido de 2025. Según la denuncia, estas providencias judiciales habrían permitido el flujo de recursos hacia IPS que enfrentan cuestionamientos por desvío de dineros públicos.
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Ante esta denuncia, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, reaccionó y aseguró que “que caiga quien tenga que caer”, en relación con las investigaciones que deberán adelantar las autoridades competentes.
El funcionario reiteró la instrucción presidencial sobre la destinación de los fondos del sistema. “El presidente Gustavo Petro siempre ha enfatizado que todos los recursos de la Adres (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social) deben ser pagados sin que falte un solo peso”, afirmó Jaramillo. Según explicó, por disposición del mandatario, todas las denuncias relacionadas serán trasladadas a los organismos de control para su investigación y seguimiento.
Primeras medidas de la Superintendencia de Salud
Por su parte, la Superintendencia Nacional de Salud ordenó recopilar información a todas las EPS del país sobre los embargos en curso y recordó a los actores del sistema la vigencia del principio de inembargabilidad de los recursos destinados a la salud.
El superintendente Giovanny Rubiano García señaló que ha requerido a las EPS un reporte detallado de los prestadores que han adelantado procesos judiciales para embargar recursos. “He pedido a las EPS detallar el listado de las IPS que embargan los recursos de la salud, a sabiendas de que no se trata de un simple embargo, sino de la afectación del flujo de recursos a toda la red prestadora”, declaró.
Rubiano explicó que la inembargabilidad está sustentada en el artículo 25 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, el artículo 182 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 2.6.4.1.4 del Decreto 780 de 2016, además de la jurisprudencia de la Corte Constitucional, incluida la Sentencia T-760 de 2008. Estas disposiciones establecen que los dineros públicos de la salud no pueden ser objeto de embargos que pongan en riesgo el funcionamiento del sistema.

El superintendente recordó que organismos como la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y el Ministerio de Salud han emitido circulares que ratifican esta prohibición, con el fin de garantizar el flujo oportuno de los recursos y la sostenibilidad del sistema de salud.
Contexto y seguimiento institucional
Las decisiones tomadas desde el despacho judicial de Concordia han generado preocupación en el sector, ya que AsmetSalud es una EPS con medida de intervención administrativa. El superintendente Rubiano reiteró que “la inembargabilidad de los recursos es una garantía para que estos dineros cumplan con su destinación específica y no sean desviados por intereses particulares”, y subrayó que las medidas judiciales no pueden obstaculizar la prestación de servicios ni el acceso de los usuarios al sistema de salud.

El Ministerio de Salud y la Superintendencia confirmaron que todas las denuncias conocidas serán remitidas a las entidades competentes para determinar posibles responsabilidades. Tanto el ministro Jaramillo como el superintendente Rubiano coincidieron en que la participación ciudadana y la denuncia de irregularidades son claves para proteger los recursos públicos del sector salud.
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