
La familia de Álvaro Gómez Hurtado consiguió que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) revise la decisión que le permitió investigar el magnicidio del líder conservador, perpetrado en 1995 en Bogotá. La Sección de Apelación del tribunal evaluará si la JEP mantiene su competencia o si el caso regresa a la Fiscalía General de la Nación.
La decisión se toma luego de que la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP negara un recurso de reposición interpuesto por Enrique Gómez Martínez, María Mercedes Gómez Escobar y Socorro Bohórquez Castañeda, familiares del dirigente asesinado. Aunque la reposición fue rechazada, el tribunal admitió la apelación que exige la revisión sobre quién debe asumir la investigación del crimen.
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En la resolución emitida el 10 de septiembre de 2025, la Sala reiteró que, con base en los reconocimientos públicos hechos por antiguos miembros del Secretariado de las Farc en 2020, la confesión de responsabilidad en el homicidio de Álvaro Gómez Hurtado abrió la puerta para que el caso llegara a la jurisdicción especial.

Según los escritos, la JEP ignoró los avances y líneas de indagación explorados en el sistema ordinario, donde el magnicidio fue reconocido como crimen de lesa humanidad y se consideraban hipótesis que vinculaban a agentes estatales, el Cartel del Norte del Valle y sectores del poder político.
Los familiares también subrayan que la asunción del caso por parte de la justicia transicional ha bloqueado el avance de las investigaciones en la Fiscalía y la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes por más de cinco años.
En su respuesta, la JEP aclaró que su actuación no incapacita a la Fiscalía ni a la Comisión de Acusaciones para que ambas instituciones sigan investigando otras hipótesis, en particular las que involucran a personas ajenas a la estructura de las extintas Farc.
La resolución subraya que “la declaratoria de competencia no se puede interpretar como la renuncia de la Fiscalía General de la Nación a continuar con la investigación, en particular frente a quienes no fueron miembros de las Farc-EP”.

La Sala de Reconocimiento respondió que su decisión sobre la competencia se basa en la existencia de una hipótesis que relaciona a la antigua guerrilla, suficiente para avanzar en esta etapa inicial. La JEP advirtió que la continuación de la investigación en la Fiscalía y la Cámara de Representantes debe darse especialmente para quienes no sean exmiembros de las Farc.

La Sección de Apelación estudiará el recurso presentado, en el que la familia Gómez Hurtado mantiene la exigencia de que el proceso retorne al ámbito de la jurisdicción ordinaria y se garantice el análisis de todas las hipótesis y pruebas existentes. Mientras la discusión permanece abierta, los familiares seguirán participando como parte acreditada en el proceso.
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