
La Sala Especial de Seguimiento de la Corte Constitucional a la Sentencia T-760 de 2008 examinó el cumplimiento del Auto 2882 de 2023 y determinó, según se conoció el lunes 25 de agosto de 2025, que el Decreto 489 de 2024, emitido por el Gobierno nacional, no aportó pruebas de mejoras tangibles en los procedimientos para el desembolso directo de recursos a las EPS.
El análisis de la Sala reveló que, pese a la aprobación de $368.000 millones para el régimen contributivo en 2022 y la firma de más de 1.000 contratos de transacción por parte de la Adres para ejecutar estos pagos, menos de la mitad de los fondos se habían transferido efectivamente tras un periodo de aproximadamente un año y medio.
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Esta situación, a juicio del alto tribunal, refleja un atraso considerable en el proceso de saneamiento financiero y en el cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco del Acuerdo de Punto Final. La Corte determinó que las deficiencias persistentes en la administración y pago de fondos en el sector salud quedaron en evidencia tras la reciente revisión judicial, que puso de manifiesto la falta de avances concretos en la gestión financiera y operativa del sistema.

En lo que respecta al régimen subsidiado, el Ministerio de Salud presentó cifras sobre pagos realizados en 2022, 2023 y 2024, que, según la entidad, habrían contribuido a la reducción de deudas. No obstante, la Corte señaló que “la información presentada era confusa, lo que impidió determinar con precisión el valor real pendiente de pago”.
Pulgar abajo de la Corte al Ministerio de Salud por el giro directo a las EPS
Frente al particular, la Corte consideró que esta falta de claridad obstaculiza la evaluación precisa del impacto y la eficacia de las acciones implementadas por el Gobierno para saldar las obligaciones con las EPS.
Por otro lado, en materia de abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos, el Ministerio de Salud comunicó que el sistema de monitoreo aún se encuentra en fase de desarrollo y anunció la próxima implementación de una herramienta informática destinada a sistematizar la recepción de alertas y fortalecer la prevención frente a eventuales desabastecimientos reportados por los diferentes actores del sistema.

A partir de estos hallazgos, la Sala Especial de Seguimiento estableció dos niveles de cumplimiento. Por una parte, calificó como “bajo” el desempeño en los subcomponentes relacionados con la agilización del desembolso de recursos, el desarrollo del sistema de monitoreo de medicamentos y dispositivos médicos, el pago de recursos aprobados en el contexto del Acuerdo de Punto Final y la entrega de informes, debido a la ausencia de resultados reportados.
Por otra parte, reconoció un cumplimiento “medio” en el saneamiento de la cartera de las EPS del régimen subsidiado, atribuido a la adopción de medidas que han mostrado resultados verificables en este aspecto específico. La evaluación final pone de relieve la persistencia de desafíos estructurales en el financiamiento, la gestión y la transparencia del sector salud, en un contexto marcado por la supervisión judicial y el escrutinio constante de la gestión pública.
Gobierno endureció reglas del giro directo en el sistema de salud
A finales de abril de 2025, el Ministerio de Salud presentó un proyecto de decreto para transformar de manera significativa el esquema de pagos en el sistema de salud. La iniciativa, que introduce cambios sustanciales al Decreto 780 de 2016, impone a las EPS la obligación de realizar pagos directos más estrictos a los prestadores de servicios, utilizando la Unidad de Pago por Capitación (UPC) como mecanismo central.
El Gobierno optó por avanzar en estas modificaciones regulatorias, mientras la reforma a la salud permanece sin aprobación en el Congreso. Esta estrategia apunta a implementar transformaciones estructurales en el modelo de atención, priorizando la atención primaria y reorganizando la gestión territorial de los recursos.

El proyecto, actualmente abierto a comentarios, propone que la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) asuma un rol más relevante en la administración y supervisión de los fondos.
La UPC, que hasta ahora ha funcionado como un pago por afiliado, mantendrá su vigencia, pero experimentará cambios en su funcionamiento: será territorializada, estará sujeta a una vigilancia más estricta y requerirá transferencias mínimas obligatorias a los prestadores de servicios.
El núcleo de la propuesta radica en la modificación de varios artículos del Decreto 780 de 2016, en el que se fijan nuevos umbrales obligatorios para el giro directo que las EPS deben efectuar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y a los proveedores de tecnologías.
El documento oficial establece que “en todo caso, el giro directo a los prestadores de servicios de salud no podrá ser inferior al noventa por ciento (90%) del valor de la UPC correspondiente a la Liquidación Mensual de Afiliados (LMA) respectiva”.
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