
La muerte de un ser querido no solo implica un duelo personal, también trae consigo trámites y gestiones que afectan la rutina laboral. En Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo (CST) reconoce esta realidad y otorga a los trabajadores un derecho específico para enfrentar esos momentos, la licencia remunerada por luto.
Pese a su importancia, muchos empleados desconocen cómo funciona y en qué casos se puede solicitar. El beneficio está contemplado en el artículo 57 del CST, que enumera obligaciones especiales del empleador, entre ellas permitir que el trabajador se ausente hasta cinco días hábiles, sin pérdida de salario, cuando atraviesa la muerte de un familiar cercano.
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No cualquier parentesco aplica. La ley es clara, la licencia cubre el fallecimiento de padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, suegros, cónyuge o compañero(a) permanente, así como hijos adoptivos o padres adoptantes. Para acceder a ella, el empleado debe entregar a su empresa, dentro de los 30 días siguientes al hecho, un documento oficial que certifique la defunción.
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Este permiso no es una cortesía opcional, sino una obligación legal que los empleadores deben cumplir. Incluso las Entidades Promotoras de Salud (EPS) tienen un papel que no todos conocen, garantizar las condiciones necesarias para que el trabajador pueda ejercer este derecho sin trabas administrativas.
Antes de hacer uso de la licencia, la recomendación es informar cuanto antes a la empresa. Así, la organización puede prever la ausencia y evitar que las operaciones se vean afectadas, mientras el trabajador se toma el tiempo para despedir y honrar a su ser querido.
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El CST, más allá de esta disposición, regula aspectos esenciales de la relación laboral en el país, desde la contratación y la jornada, hasta el pago de prestaciones y la seguridad social. Pero son artículos como este —que conectan directamente con las vivencias humanas— los que muestran cómo la ley busca equilibrar las necesidades del trabajo con las realidades de la vida.

Otra licencia a tener en cuenta
Hasta hace poco, pedir permiso para ir a una cita médica podía convertirse en un problema para miles de trabajadores en Colombia. Aunque se tratara de consultas urgentes o con especialistas, la decisión de otorgar el tiempo —y si sería o no remunerado— quedaba casi siempre a criterio del empleador y de los reglamentos internos de la empresa.
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Esa situación cambió con la entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025, la más reciente reforma laboral. Entre sus modificaciones, una de las más relevantes para la vida cotidiana de los empleados es la inclusión de licencias remuneradas para asistir a citas médicas.
La norma modifica el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, incorporando la obligación de que los empleadores concedan permisos pagados para consultas médicas. Esto cubre tanto citas programadas como atenciones de urgencia, siempre que el trabajador informe previamente y presente un certificado que respalde la ausencia.
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El alcance es amplio. La ley contempla permisos para citas con especialistas, exámenes de prevención y, de forma explícita, consultas relacionadas con el diagnóstico y tratamiento de la endometriosis, en línea con la Ley 2338 de 2023 y las directrices del Ministerio de Salud. Con ello, se busca garantizar que las personas afectadas por esta condición tengan un acceso efectivo a la atención médica sin miedo a perder ingresos o enfrentar sanciones laborales.

La reforma también equipara estos permisos a otros derechos similares, como las licencias por citaciones judiciales o administrativas, dejando claro que son de carácter obligatorio para el empleador. Esto significa que, si un trabajador se ve impedido de asistir a su cita médica por negativa de su empresa, puede exigir el cumplimiento de la ley ante el Ministerio de Trabajo.
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Más allá del cambio legal, la medida fortalece el derecho a la salud como parte integral de la relación laboral. Al eliminar la discrecionalidad y garantizar el pago durante la ausencia, la reforma busca reducir las barreras que impiden a muchos colombianos acudir a tiempo a controles, diagnósticos y tratamientos.
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