
En la mañana del domingo 3 de agosto la senadora María Fernanda Cabal, del Centro Democrático, lanzó pullas a la juez Sandra Liliana Heredia, que condenó al expresidente Álvaro Uribe Vélez a doce años de prisión domiciliaria.
Para la congresista vallecaucana lo primero que hay que cuestionar es la duración de la sesión de la lectura del fallo, que superó las diez horas, y en la que, a su juicio, hubo todo tipo de irregularidades en la presentación de las pruebas y de los testimonios. Cabal dijo que, pese a la condena, prevalecen las dudas sobre la culpabilidad de Álvaro Uribe.
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“Cuando una sentencia se extiende más que el mismo juicio, suele ser porque intenta compensar con retórica lo que no pudo demostrar con pruebas sólidas. Abunda en palabras donde escasean los hechos, apelando a testimonios cuestionables, documentos inconsistentes y grabaciones sin el rigor técnico que exige el debido proceso. ¿Dónde quedó el principio in dubio pro reo? Se condenó pese a la duda, no más allá de ella", escribió la senadora del Centro Democrático.
Así se sustentó la condena contra Uribe
El expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez fue sentenciado a 12 años de prisión, una decisión que marca un capítulo sin precedentes en la historia política y judicial de Colombia. La condena fue dictada por la jueza 44 de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, quien resolvió que el exmandatario deberá cumplir la pena en condición de arresto domiciliario.
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La decisión judicial, sustentada en una sentencia de más de mil páginas, concluyó que Uribe incurrió en los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, cargos por los cuales fue hallado responsable como determinador penalmente responsable en concurso homogéneo y heterogéneo. El fallo, que especifica una condena de 144 meses de prisión —equivalente a 12 años—, impone además una multa económica y una inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante un periodo de más de ocho años.
El caso, seguido con atención por la opinión pública y la comunidad jurídica, se desarrolló a lo largo de un extenso proceso en el que se recopilaron pruebas y declaraciones determinantes para la sentencia. Según la decisión, la evidencia recaudada permitió desvirtuar la presunción de inocencia del exjefe de Estado, quien gobernó Colombia entre 2002 y 2010.
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Como parte de la medida, la jueza dispuso que el expresidente deberá permanecer confinado en su residencia, ubicada en Rionegro, Antioquia. Para garantizar el cumplimiento de la prisión domiciliaria, se estableció la obligación de presentar una caución económica equivalente a cuatro salarios mínimos legales mensuales. Las autoridades judiciales de Rionegro coordinarán la recepción de esta garantía y la firma de los documentos necesarios para oficializar la detención en su lugar de residencia.
No obstante, la sentencia de primera instancia no agota el camino jurídico. Blu Radio informó que la defensa del exmandatario planea apelar el fallo ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. De acuerdo con el medio, será el propio Uribe quien exponga los fundamentos de su recurso, buscando que se revoque la condena y se suspenda la ejecución de la medida de privación de libertad.
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El fallo también resolvió absolver al expresidente de algunos cargos, como el de soborno simple relacionado con la exfiscal Hilda Niño Farfán y el de fraude procesal en el denominado caso “Pacho Cundinamarca”, vinculado a Harlington Mosquera. Sin embargo, la acumulación de los delitos restantes y la contundencia del material probatorio llevaron a la jueza a fijar la condena y ordenar su ejecución inmediata bajo la figura de prisión domiciliaria, de acuerdo con lo establecido en el Código Penal colombiano.
De acuerdo con la resolución judicial, la decisión de dictar la medida privativa de la libertad obedece, entre otros aspectos, a la necesidad de preservar la credibilidad institucional y evitar la percepción de impunidad entre la ciudadanía. En uno de los apartados de la sentencia, se advierte que permitir la libertad de un condenado cuando la presunción de inocencia ya ha sido desvirtuada en primera instancia podría generar un impacto negativo en la confianza pública.
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El documento final, de 1.114 páginas, fue notificado en estrados y la audiencia pública para socializar la decisión se programó para las 2:00 de la tarde del mismo lunes en que se hizo pública la condena.
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