
El 28 de julio de 2025, el expresidente Álvaro Uribe recibió un sentido del fallo condenatorio por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. De esta manera, se convirtió en el primer exmandatario de Colombia en llegar a juicio y ser condenado.
El fallo es considerado “histórico” por algunos políticos que respaldan la decisión de la jueza Sandra Liliana Heredia, mientras que otros aseguran que el ex jefe de Estado está siendo víctima de una persecución política sin precedentes y que su condena no tiene bases suficientes que la justifiquen.
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Esta última postura es la que comparte el abogado Víctor Mosquera, que representa los intereses del senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay. En su cuenta de X afirmó que el sentido del fallo emitido por la jueza 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá es injusto, pero no definitivo.
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Esto, teniendo en cuenta que la defensa del expresidente presentará un recurso de apelación el 11 de agosto de 2025 ante el Tribunal Superior de Bogotá y, de ser necesario, acudirá a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
“Hay quienes celebran demasiado pronto. Las decisiones injustas no resisten el tiempo ni la verdad. Esto apenas comienza. Y @AlvaroUribeVeles es inocente”, precisó el profesional en Derecho.
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En una columna de opinión publicada en la revista Semana días antes de la audiencia en la que la jueza puso en conocimiento el sentido del fallo, el abogado Mosquera centró su análisis en la aceptación de pruebas que fueron conseguidas de manera presuntamente irregular.
“La pregunta estructural es si el Estado de derecho en Colombia admite que una persona pueda ser juzgada con pruebas obtenidas mediante la violación sistemática de su derecho a la privacidad”, indicó el profesional en Derecho en la columna.
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¿Escuchas que violan el secreto profesional?
Pues, la línea telefónica del exmandatario fue interceptada por las autoridades sin que él fuera el objetivo de escuchas; la persona a la que se quería interceptar era Nilton Córdoba Manyoma, exrepresentante a la Cámara condenado por el Cartel de la Toga. Sin embargo, la jueza Heredia avaló como pruebas las grabaciones que resultaron de las escuchas.

“Las interceptaciones se llevaron a cabo únicamente en días hábiles dentro del periodo comprendido entre el 12 y el 27 de marzo del 2018. Una vez presentado el informe quedaba cuenta del hallazgo inevitable, esto es, la identificación de Álvaro Uribe Vélez como titular de la línea, no se continuó con la vigilancia magnetofónica por ser incompatible con el deber de cesar una actividad investigativa cuando su objeto ya no resulta jurídicamente viable”, detalló la jueza en a audiencia.
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Entre las conversaciones que fueron interceptadas hay varias en las que participó Diego Cadena, exabogado de Álvaro Uribe, hoy investigado también por soborno en actuación penal y fraude procesal. De ahí que el ex jefe de Estado alegue que el secreto profesional entre abogado y cliente fue violado.
El profesional en Derecho y penalista Iván Cancino concuerda con esta premisa. Según expuso en su cuenta de X, es necesario contar con una suficiente carga para poder hacer uso del material en cuestión. En ese sentido, considera que la jueza Sandra Liliana Heredia erró en su decisión de aceptar esas escuchas presuntamente ilegales y pidió al Colegio de Abogados Penalistas de Colombia pronunciarse al respecto.
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“Tanta razón y a la vez tan errada. El secreto profesional no es impunidad, pero para interpretar se debe tener una carga mayor que no se cumplió. Estas decisiones son tan erradas, tan peligrosas para las garantías de cualquier ciudadano. Sobre esto es que se debería estar pronunciando el @CPenalistas”, indicó.

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