Decreto que reduce la rumba y la atención de bares en Bogotá hasta las 3:00 a. m. fue demandado: así está el panorama en la ciudad

La nueva regulación elimina permisos especiales y endurece restricciones para el expendio de alcohol, empresarios expresan inquietudes por posibles consecuencias en seguridad y economía

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El Decreto 293 de 2025
El Decreto 293 de 2025 reduce el horario de bares y discotecas en Bogotá de las 5:00 a las 3:00 a. m. - crédito Tripadvisor

“Con el recorte abrupto que están haciendo de dos horas van a quebrar a los empresarios de la noche en Bogotá y lo van a hacer sin solucionar ni el problema del ruido ni el problema de la seguridad en Bogotá”. Así lo advirtió el concejal Julián Triana, al anunciar que presentó una demanda de nulidad contra el Decreto 293 de 2025, expedido por la Alcaldía de Bogotá.

Y es que el decreto, que entró en rigor el 1 de julio de 2025, reduce el horario de funcionamiento de bares y discotecas de las 5:00 a las 3:00 a. m. En palabras de Triana, al medio Red+, la medida “viola el artículo 83 de la Constitución Política de Colombia, que es el principio de legítima confianza”.

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La decisión de la Administración distrital establece que ningún establecimiento podrá operar más allá de las 3:00 a. m., además de eliminar los permisos especiales que permitían a bares y discotecas funcionaran hasta las 5:00 a. m., en zonas emblemáticas de la vida nocturna como la Zona T, Modelia o Galerías.

Julián Triana presentó acción legal
Julián Triana presentó acción legal contra la nueva normativa que restringe el horario de bares y discotecas, argumentando que vulnera principios constitucionales - crédito X

El impacto de la medida generó inquietud en el sector nocturno. Asobares, gremio que agrupa a empresarios de bares y discotecas, expresó su preocupación por lo que consideran un retroceso normativo. Cuando se anunció la medida la asociación señaló que:

“Queremos expresar nuestra preocupación por el decreto 293 expedido por la Alcaldía Mayor, donde se establece y se regula el horario de funcionamiento para los establecimientos de comercio dedicados al expendio de bebidas alcohólicas hasta las 3 de la mañana. Esto representa para nosotros un retroceso normativo, donde se desconoce el avance que por años se ha trabajado en conjunto con la ciudadanía, con las autoridades locales y con el sector privado para construir una ciudad viva, nocturna, segura, que genere un disfrute para la ciudadanía”, afirmó Eduardo Montoya, vocero del gremio.

El Decreto 293 de 2025 también introduce restricciones adicionales: el expendio de bebidas alcohólicas solo podrá realizarse entre las 10:00 a. m., y las 11:59 p. m., y se prohíbe el consumo de alcohol en espacio público a menos de 200 metros de centros educativos.

El expendio de bebidas alcohólicas
El expendio de bebidas alcohólicas solo estará permitido entre las 10:00 y las 23:59 en Bogotá - crédito Secretaría de Gobierno

No obstante, la administración distrital dejó abierta la posibilidad de habilitar nuevas zonas con horario extendido hasta las 5:00, pero estas deberán cumplir con estrictos estándares de seguridad, orden urbano y condiciones técnicas, como aislamiento acústico para evitar contaminación sonora. La definición de estas zonas dependerá del nuevo índice de Seguridad, Convivencia y Orden Urbano (Iscou).

El alcance del decreto también generó inquietudes en otros sectores. La Secretaría Distrital de Gobierno informó que ha respondido de manera conjunta a más de 300 derechos de petición presentados por personas y organizaciones del gremio de billaristas, quienes buscaban claridad sobre las restricciones horarias.

La respuesta oficial aclara que el horario general para el expendio y consumo de licor en Bogotá será hasta las 11:59 p. m., y que bares y discotecas mantienen un régimen especial que les permite operar entre las 10:00 y las 3:00 del día siguiente. Sin embargo, los establecimientos de billar, aunque desarrollen actividades recreativas o deportivas, no se clasifican como bares o discotecas y, por tanto, no acceden al régimen de excepción.

Los establecimientos de billar no
Los establecimientos de billar no acceden al régimen especial de bares y discotecas según la Secretaría de Gobierno - crédito Secretaría de Gobierno

Finalmente, la entidad señaló que el proyecto normativo fue sometido a consulta ciudadana a través de la plataforma LegalBog Participa entre el 15 y el 24 de abril de 2025. “Durante este proceso se recibieron 230 observaciones, muchas de ellas relacionadas con temas de convivencia, regulación horaria y orden público”, agregó la secretaría.

El futuro de la medida ahora estará en manos de las autoridades competentes por la demanda impuesta por el cabildante Triana. Tanto bares, díscolas y gremios estarán pendiente de cómo trasciende dicha nulidad del Decreto 293 de 2025.

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