Corte Suprema de Justicia confirmó condena a Epa Colombia por instigación con fines terroristas: pagará los cinco años de cárcel

El alto tribunal negó tutela interpuesta por la defensa de la creadora de contenido, señalando que sus mensajes tenían el potencial de incitar a terceros a cometer delitos similares que afectaban el orden público

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Epa Colombia contó cómo le dicen las reclusas en El Buen Pastor
Epa Colombia está recluida en El Buen Pastor donde paga su condena - crédito Más Allá del Silencio Podcast/Youtube

En un documento de 23 páginas, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia ratificó que la influenciadora Daneidy Barrera Rojas, Epa Colombia, cometió los delitos de daño en bien ajeno agravado, perturbación del servicio público de transporte e instigación a delinquir con fines terroristas.

La condena, inicialmente impuesta por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, fue confirmada por la Sala de Casación Penal del alto tribunal. Los hechos probados en el proceso penal señalan que Barrera destruyó con un martillo parte de la estación Molinos de TransMilenio y participó en actos vandálicos contra la URI de Tunjuelito, grabando y difundiendo estos actos en redes sociales. Los jueces determinaron que sus mensajes tenían el potencial de incitar a terceros a cometer delitos similares, afectando el orden público y generando zozobra.

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Epa Colombia
El alto tribunal negó tutela interpuesta por la defensa de la creadora de contenido señalando que sus mensajes tenían el potencial de incitar a terceros a cometer delitos similares que afectaban el orden público - crédito captura de Caracol Televisión - @rechismes/Instagram

El documento detalló que la sentencia incluye 5 años y 2 meses de prisión, una multa de 492,24 salarios mínimos legales mensuales y la inhabilidad para ejercer cargos públicos y funciones como influenciadora durante el mismo periodo.

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En su defensa, la influenciadora argumentó que la imputación por instigación a delinquir con fines terroristas fue errónea y que se vulneró su derecho al debido proceso. No obstante, la Corte Suprema de Justicia aclaró que no era necesario demostrar que los destinatarios de los mensajes cometieran actos terroristas, sino que bastaba la probabilidad de inducir temor y desorden. El documento judicial enfatizó: “la difusión masiva de contenidos violentos y destructivos a través de redes sociales tenía la potencialidad de incitar a terceros a replicar conductas delictivas, lo que justificó la imputación de fines terroristas”.

La Corte Suprema de Justicia volvió a negar una tutela de Daneidy Barrera, conocida como Epa Colombia, que buscaba desvincularla del delito de terrorismo por el que se le condenó a pagar más de 5 años de cárcel - crédito Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia volvió a negar una tutela de Daneidy Barrera, conocida como Epa Colombia, que buscaba desvincularla del delito de terrorismo por el que se le condenó a pagar más de 5 años de cárcel - crédito Corte Suprema de Justicia

Mientras tanto, Epa Colombia permanecerá recluida en la Cárcel el Buen Pastor, Bogotá, hasta que se resuelvan otras solicitudes en juzgados ordinarios. En cuanto a la reparación de los daños ocasionados en 2019, el documento judicial señaló que ha pagado varias indemnizaciones. El dinero fue consignado por la empresa Productos EPA en nombre de Daneidy Barrera Rojas, cubriendo el total de los perjuicios reclamados por daños y lucro cesante, así como el deducible no cubierto por la aseguradora.

Francisco Bernabé, abogado de la influenciadora, declaró a Blu Radio que se han realizado dos pagos: $50 millones a una aseguradora y $7 millones a Recaudos Bogotá. Además, confirmó que ya están en negociaciones con TransMilenio para reparar los $360 millones que fueron demandados, una de las sumas más elevadas que deberá asumir la condenada.

Justicia restaurativa: la alternativa de Epa Colombia para no estar en la cárcel

- crédito Cristian Bayona/Colprensa
Epa Colombia realizó dos pagos millonarios por vandalizar Transmilenio- crédito Cristian Bayona/Colprensa

Tras el nuevo revés en el caso de Epa Colombia, la defensa sigue contemplando la opción de ingresar al programa de justicia restaurativa para que la empresaria cumpla la condena fuera de un centro penitencial. El abogado Rogelio Roldán explicó a Infobae Colombia cómo se utiliza la justicia restaurativa y en qué casos puede ser aplicada.

El jurista explicó que este tipo de justicia ha sido incorporada progresivamente en la legislación como una alternativa y un complemento a la justicia penal tradicional.

Epa Colombia - Fotos - Cárcel del Buen Pastor
La influencer deberá cumplir una condena de cinco años, tres meses y 15 días en prisión - crédito Inpec

“Encontramos su desarrollo normativo en el artículo 518 de la Ley 906 de 2004, el cual indica que: «Se entenderá por programa de justicia restaurativa todo proceso en el que la víctima y el imputado, acusado o sentenciado participan conjuntamente de forma activa en la resolución de cuestiones derivadas del delito en busca de un resultado restaurativo, con o sin la participación de un facilitador»”, indicó el penalista.

A su vez, Roldán habló de lo que en Colombia se considera como un caso positivo de justicia restaurativa en términos generales.

“Es el acuerdo encaminado a atender las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas de las partes, de lograr la reintegración de la víctima y del infractor en la comunidad en busca de la reparación, la restitución y el servicio a la comunidad”, precisó el experto.

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