
El Congreso de la República concluyó con la aprobación del proyecto de Ley 219 de 2024 en la Cámara y 111 de 2023 en el Senado, el cual está a punto de convertirse en norma legal, siempre que reciba la firma del presidente Gustavo Petro. Esta iniciativa legislativa introduce una modificación sustancial al régimen obligatorio de documentos para ciertos vehículos, específicamente aquellos impulsados por energía eléctrica con potencia limitada.
A la espera de la sanción presidencial, la propuesta abrió una nueva etapa de discusión sobre la movilidad sostenible, documentación vehicular y seguridad en el espacio público urbano.
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Según lo estipulado en el articulado del proyecto, quienes sean propietarios de vehículos eléctricos cuya potencia no exceda los 1.000 vatios y que se movilicen exclusivamente por ciclorrutas quedarán exceptuados de portar licencia de conducción, matrícula y Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat).

¿Qué cubre el seguro obligatorio para todos los vehículos automotores?
El Soat, que desde su implementación en Colombia es uno de los pilares fundamentales de la protección vial, cubre una serie de eventualidades derivadas de accidentes de tránsito. Este seguro, de carácter obligatorio para todos los vehículos automotores que circulan en el país, ofrece cobertura para gastos médicos, atención hospitalaria, incapacidad permanente, indemnización por fallecimiento y servicios funerarios. Su tratamiento es la atención inmediata a las víctimas, sean estas peatones, pasajeros o conductores, sin distinción de responsabilidad en el siniestro.
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No obstante, hay aspectos que el seguro no cubre, y que frecuentemente generan confusiones entre los usuarios. Entre ellos se encuentran los daños materiales sufridos por los vehículos involucrados, las afectaciones a bienes inmuebles o infraestructuras privadas, y el hurto del vehículo.

Esta es el objetivo del proyecto que está a la espera de la firma presidencial
La excepción solo aplicará si se cumplen con esas condiciones particulares de circulación. El texto legal hace la precisión enfática, de que los vehículos que transiten por calzadas vehiculares o zonas ajenas a las ciclorrutas deberán acogerse al marco normativo vigente, con la inclusión de la exigencia de todos los documentos de tránsito contemplados en la legislación colombiana.
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De obtener la firma del jefe de Estado, esta ley marcaría una diferenciación inédita dentro de las normativas viales del país, al introducir por primera vez una categoría de vehículos exentos de varios requisitos tradicionales, en función de su potencia y el espacio por el que se movilizan. La propuesta legislativa, además de ser vista como una acción normativa, forma parte de una estrategia más amplia que impulsa la movilidad eléctrica y la descarbonización progresiva del parque automotor colombiano.
Dentro de la exposición de motivos presentada en las discusiones parlamentarias, se establece que la iniciativa tiene como eje central la promoción de modos de transporte limpios y de bajo impacto ambiental, particularmente en zonas urbanas. Esta política se centra en la aspiración del Gobierno nacional de avanzar hacia una movilidad más sostenible y en coherencia con los compromisos internacionales que el país suscribió en materia de reducción de emisiones.
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De hecho, el proyecto encaja dentro de la misma línea estratégica que impulsó la inclusión de buses eléctricos en el sistema de transporte público en ciudades como Bogotá y Medellín.
Claudia Díaz, secretaria distrital de Movilidad, expresó su posición respecto a esta medida por medio de un pronunciamiento público divulgado el 24 de junio. De acuerdo con la representante de la entidad, “para la secretaría distrital de Movilidad es prioridad la seguridad vial de todas las personas, por eso ante el proyecto de ley que regula la circulación y promueve el uso de vehículos eléctricos en zonas urbanas como alternativas de movilidad sostenible, aseguramos que su implementación no ponga en riesgo la vida ni la integridad de las personas, que prime el derecho a la vida como lo establece la Constitución”.
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Estas declaraciones evidencian una postura favorable hacia la promoción de medios de transporte alternativos, siempre que se salvaguarde la integridad de los actores viales.
Por su parte, entidades responsables de la regulación del tránsito y del transporte comenzaron a elaborar escenarios de aplicación y protocolos de control para verificar el cumplimiento de las condiciones que permitirían a ciertos vehículos quedar exentos del Soat. Estas evaluaciones buscan anticiparse a posibles vacíos jurídicos y operativos que puedan surgir tras la entrada en vigor de la ley, una vez cuente con la firma del presidente Petro.
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