Petro criticó a la Corte Constitucional por negar decreto que autorizaba el cobro de valorización por obras públicas: “Se tumba una medida tributaria de justicia social”

En su cuenta de X, el presidente ha sostenido que permitir el cobro de valorización en todo el país habría posibilitado la financiación compartida de proyectos como carreteras y ferrocarriles

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Petro critica el consumo excesivo de recursos públicos por parte del sistema actual y la falta de mejoras en la atención al paciente - crédito Colprensa
El fallo ha sido interpretado por el Gobierno nacional como un revés a lo que considera un mecanismo de justicia social - crédito Colprensa

La Corte Constitucional dejó sin efectos el artículo 280 del Plan Nacional de Desarrollo impulsado por el gobierno del presidente Gustavo Petro.

La disposición permitía modificar la temporalidad del cobro de valorización a propietarios beneficiados por obras públicas, pero fue declarada inexequible al no cumplir con el principio de unidad de materia que debe regir las leyes del plan.

El alto tribunal, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, concluyó que la norma carecía de conexión directa e inmediata con los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo, lo que impide su inclusión válida dentro de ese tipo de leyes.

El fallo recordó que la unidad de materia exige que cada artículo de una ley del plan esté relacionado con la formulación, ejecución o seguimiento de políticas públicas previamente estructuradas dentro del marco de la planeación nacional.

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Uno de los elementos clave para declarar la inconstitucionalidad fue la falta de evidencia que demostrara que la modificación en los tiempos de cobro era fundamental para la viabilidad o ejecución de proyectos de infraestructura vial.

Según la Corte, tampoco se justificó que la financiación de estas obras dependiera exclusivamente de esa medida normativa.

Adicionalmente, la sentencia insistió en la necesidad de que las reformas tributarias o con efectos fiscales de largo plazo sean objeto de un debate específico y amplio dentro del Congreso de la República.

En este sentido, el tribunal reiteró que los planes nacionales de desarrollo no deben utilizarse como vía indirecta para introducir disposiciones fiscales o tributarias con vocación de permanencia.

Adicionalmente, la sentencia insistió en la necesidad de que las reformas tributarias o con efectos fiscales de largo plazo sean objeto de un debate específico y amplio dentro del Congreso de la República - crédito Reuters
Adicionalmente, la sentencia insistió en la necesidad de que las reformas tributarias o con efectos fiscales de largo plazo sean objeto de un debate específico y amplio dentro del Congreso de la República - crédito Reuters

Reacción del presidente Gustavo Petro

El fallo ha sido interpretado por el Gobierno nacional como un revés a lo que considera un mecanismo de justicia social.

Desde su cuenta de X, el presidente ha sostenido que permitir el cobro de valorización en todo el país habría posibilitado la financiación compartida de proyectos como carreteras y ferrocarriles, especialmente en zonas donde las obras públicas incrementan significativamente el valor del suelo.

“Qué significa que la corte constitucional tumbe el cobro de valorización por obras públicas. Que se tumba una medida tributaria de justicia social de carácter universal”, señaló.

El presidente Petro expresó que, en contextos de alta desigualdad como el colombiano, impedir el cobro del aumento de valor generado por obras públicas a los beneficiarios directos —en su mayoría propietarios de grandes extensiones de tierra o inmuebles de alto costo, según el presidente— convierte al Estado en una entidad que subsidia a los sectores más pudientes.

Denuncias sobre obras por valorización en Bogotá
El presidente Petro expresó que, en contextos de alta desigualdad como el colombiano, impedir el cobro del aumento de valor generado por obras públicas a los beneficiarios directos - crédito Martín Rivera

Uno de los ejemplos citados por el Gobierno es el caso de la doble calzada entre Cartagena y Barranquilla, construida en buena parte bordeando el mar, lo que habría generado un importante incremento en el valor de los predios colindantes, muchos de ellos pertenecientes a condominios de lujo.

De haberse aplicado la norma anulada, habría sido posible cobrar una parte del costo de la obra a estos propietarios mediante el instrumento de valorización.

“Hacerla nacional haría que carreteras o ferrocarriles se puedan cofinanciar con la valorización, que por justicia social, deberían pagar los latifundistas, o como en el caso Barranquilla, los copropietarios de grandes condominios de lujo”, agregó.

Aprovechó para lanzar pullas a Alejandro Char, alcalde de Barranquilla, de quien dijo estaría feliz con la medida adoptada por el alto tribunal.

Petro criticó a Corte Constitucional por fallo sobre valorización por obras públicas - crédito X
Petro criticó a Corte Constitucional por fallo sobre valorización por obras públicas - crédito X

Char agradece a la Corte por tumbar la medida que podría cobrar a los sectores sociales que por lujo, han ocupado humedales, han gentrificado, que paguen la valorización de los predios que trajo una obra como la doble calzada entre Cartagena y Barranquilla por el borde del mar”.

El presidente Petro concluyó que decisiones como esta debilitan la capacidad del Estado para garantizar la equidad social, principio fundacional del Estado Social de Derecho, y advirtió que obstaculizar el desarrollo de obras en territorios excluidos puede contribuir a la profundización de los conflictos sociales.

“Pero la falta de espíritu democrático lleva a que se vea el estado, como un sirviente de los sectores más ricos del país, y no se piense en las necesidades de obras, en los sectores más pobres y excluidos del país. Así solo aumenta la violencia”, apuntó.

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