
Un concejal del Centro Democrático, cuya identidad no fue revelada, fue nombrado como primer vicepresidente del Concejo Municipal de Honda para el periodo 2024, aunque no pertenece a los partidos oficialmente declarados en oposición, que según la denuncia corresponden al Partido Conservador y Gente en Movimiento.
Este hecho motivó la apertura de una investigación disciplinaria por parte de la Procuraduría General de la Nación contra doce concejales de Honda, en el departamento de Tolima, por posibles irregularidades en la elección de la mesa directiva para el periodo 2024-2027.
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La Provincial de Instrucción de Honda tomó la decisión tras recibir una denuncia que señala presuntas vulneraciones al artículo 112 de la Constitución Política y al artículo 22 de la Ley 1551 de 2012, ambos relacionados con el derecho de los partidos de oposición a participar en la conformación de la mesa directiva de las corporaciones públicas.

De acuerdo con la queja, la designación del concejal en cuestión como primer vicepresidente habría ignorado la representación que corresponde a los partidos de oposición, identificados en este caso como el Partido Conservador y Gente en Movimiento.
La Procuraduría busca determinar si los doce concejales incurrieron en una falta disciplinaria y si existió alguna causal que los exima de responsabilidad. La investigación se centra en la vigencia 2024-2027 y examina si la elección de la mesa directiva respetó los derechos de participación política de los partidos de oposición, tal como lo exige la normativa vigente.
Otro hecho similar en Antioquia
“Ya se han solicitado las pruebas correspondientes para establecer los responsables y tomar las decisiones disciplinarias que correspondan, en función de los resultados que arroje el proceso investigativo”, comunicó la Procuraduría General de la Nación en el marco de la investigación que involucra a los 15 integrantes del concejo municipal de La Estrella (Antioquia).

El organismo de control puso bajo la lupa la transparencia y legalidad en la elección del secretario general del concejo para la vigencia de 2023, proceso que terminó con la designación de un único candidato.
El foco de la indagación se centra en la existencia de un solo proponente durante la convocatoria pública, situación que causó cuestionamientos sobre la pluralidad y apertura del concurso. La Procuraduría investiga si existieron barreras o condiciones que restringieron la participación de más aspirantes, aspecto considerado esencial para garantizar la transparencia en la provisión de cargos públicos.
Otra línea de investigación relevante apunta al contrato suscrito con la persona jurídica Asistencia Nacional Investigativa S.A.S ANI OMEGA S.A.S, entidad responsable de estructurar la convocatoria. El ente disciplinario busca determinar si se cumplió con la adecuada acreditación de alta calidad exigida para la elaboración del proceso, requisito fundamental para asegurar la idoneidad y legalidad del concurso.
El organismo también examina posibles omisiones de los concejales en la publicación del acto administrativo de posesión en la página web del concejo municipal. Se investiga si este procedimiento, obligatorio para garantizar la publicidad y el acceso a la información pública, se realizó conforme a la normatividad vigente.

La Procuraduría precisó que los concejales Mauricio Cruz Henao, Juan Pablo Triana, William Villa Vásquez, Juan Pablo Arteaga Cano, Andrés Camilo Cano, Natacha Gil Escobar, Estiben Orleit Moncada Castañeda, Dahyana Pabón Jiménez, Willington Herrera Arroyave, John Edison Ocampo Mejía, Walter Alexis Londoño Agudelo, Jhon Mauricio Oquendo Cadavid, Natalia Alejandra Londoño Parra, Andrés Camilo Cano Londoño y Sebastian Tapias Madrigal deberán responder ante la Procuraduría Provincial de Instrucción de Valle de Aburrá por presuntas anomalías en el procedimiento administrativo.
El Ministerio Público indaga si las actuaciones señaladas constituyen falta disciplinaria por parte de los funcionarios públicos implicados. Entre los aspectos bajo revisión se encuentra la legalidad del mecanismo que permitió la elección directa del único candidato, así como la correcta estructuración y divulgación de la convocatoria.
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