María Fernanda Cabal lanza advertencia a Petro y ministros por firma del decreto de consulta popular

La congresista del Centro Democrático publicó en su cuenta de la red social X un mensaje en el que cuestionó la legalidad de la medida

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María Fernanda Cabal y Gustavo
María Fernanda Cabal y Gustavo Petro | crédito @MariaFdaCabal/X y César Carrió/Presidencia

La senadora María Fernanda Cabal dio una advertencia directa al presidente Gustavo Petro y a los integrantes de su gabinete, en medio del anuncio del Gobierno de avanzar con la expedición de un decreto que daría vía libre a la convocatoria de una consulta popular.

La congresista del Centro Democrático publicó en su cuenta de la red social X un mensaje en el que cuestionó la legalidad de la medida y sugirió posibles consecuencias judiciales para los funcionarios involucrados.

María Fernanda Cabal, senadora por
María Fernanda Cabal, senadora por el partido Centro Democrático - crédito Prensa María Fernanda Cabal

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“Cuidado con lo que hace Petro. Usted y sus Ministros si firman el decretazo deberán responder ante la justicia”, escribió Cabal, en un mensaje publicado mientras se conocía que el borrador del decreto ya circula en los despachos ministeriales para su eventual firma.

Trino de la senadora María
Trino de la senadora María Fernanda Cabal sobre la consulta popular

El documento en mención busca convocar a los colombianos a las urnas con el fin de decidir sobre temas propuestos por el presidente Petro, bajo la figura de la consulta popular. Según fuentes cercanas al Ejecutivo, el jefe de Estado habría solicitado a todos los miembros de su gabinete que suscribieran el decreto como respaldo colectivo a la iniciativa.

Este nuevo paso del Gobierno se da luego de que la propuesta de consulta popular no avanzara en el Senado. En ese escenario, el Ejecutivo sostiene que hubo omisión del Legislativo al no votar de forma válida la solicitud enviada por el presidente, situación que, de acuerdo con la interpretación del Gobierno, habilitaría la expedición de un decreto presidencial.

| crédito @MinSaludCol/X
| crédito @MinSaludCol/X

El mandatario ha insistido en que la ley le otorga esa facultad si en un plazo de 30 días el Senado no emite una decisión válida. Además, ha señalado que la consulta se enmarca dentro de los mecanismos legítimos de participación contemplados en la Constitución.

Sin embargo, desde sectores de oposición han surgido cuestionamientos sobre la legalidad de esta decisión. Cabal, una de las principales figuras del uribismo, ha sostenido que este tipo de actos representan una ruptura del orden institucional, y ha reiterado que los ministros que acompañen esta decisión podrían enfrentar consecuencias judiciales.

De acuerdo con versiones conocidas, el presidente Petro ya ha definido las preguntas que se someterían a consulta, y su contenido estaría alineado con las propuestas del denominado “Acuerdo Nacional”, un proyecto político que busca generar consensos sobre temas estructurales como salud, educación, justicia y economía.

No obstante, algunos juristas han señalado que, para convocar una consulta popular, se requiere de un procedimiento formal en el Congreso, que incluye la aprobación previa del Senado y la posterior revisión por parte de la Corte Constitucional. De no cumplirse estos pasos, el decreto podría ser demandado por vicios de forma.

IMAGEN DE ARCHIVO. Corte Constitucional
IMAGEN DE ARCHIVO. Corte Constitucional | Crédito: Colprensa

En este contexto, la advertencia de María Fernanda Cabal busca anticiparse a posibles decisiones judiciales que puedan recaer sobre el Ejecutivo. La senadora ha sido reiterativa en señalar que ningún funcionario está exento de responsabilidad por participar en actos que, según su interpretación, vulneran el marco legal vigente.

La discusión también ha llegado a los partidos independientes y de gobierno. Mientras algunos respaldan la convocatoria popular como un mecanismo válido para destrabar reformas y ampliar el diálogo con la ciudadanía, otros consideran que cualquier medida que implique sortear al Congreso puede configurar una extralimitación de funciones.

Por otro lado, el ministro del Interior ha defendido la decisión del Ejecutivo, argumentando que no se trata de una medida arbitraria, sino de una salida legal ante la inacción del Legislativo. Según esa postura, la Constitución y la Ley 1757 de 2015 permiten al presidente proceder por decreto si el Senado no se pronuncia formalmente.

La Corte Constitucional será la encargada de revisar, en última instancia, la validez del procedimiento. En reiteradas oportunidades, la Corte ha enfatizado la necesidad de que las reglas sobre mecanismos de participación sean respetadas, incluso si la intención del Ejecutivo es ampliar el diálogo con los ciudadanos.

Aún no se ha hecho pública la versión final del decreto ni la fecha estimada para su expedición. En caso de ser firmado, se esperaría su envío a la Corte para control de constitucionalidad. Mientras tanto, la controversia continúa y la advertencia de la senadora Cabal se suma al debate nacional sobre los límites del poder ejecutivo en el marco de la democracia participativa.

Con este nuevo episodio, se profundiza el cruce de posturas entre el Gobierno y la oposición sobre el alcance del artículo 103 de la Constitución, que establece los mecanismos de participación. La forma como se interpreten estos mecanismos será clave en las próximas decisiones políticas y jurídicas que definan el rumbo del país.

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