
El Consejo de Estado admitió una demanda contra la Directiva Presidencial 11 de 2024, que establece que más del 30 por ciento de la pauta oficial debe destinarse a medios alternativos, comunitarios y digitales de Colombia.
La acción fue presentada por la Fundación para el Estado de Derecho (Fede) que consideraron que la implementación de esta medida, que entró en vigor desde el año 2025, vulnera límites legales y constitucionales relacionados con la contratación pública, pese a que este sector considera que la misma garantiza la pluralidad informativa y un acceso equitativo a la pauta estatal.
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La organización argumenta que la medida desconoce principios fundamentales como la selección objetiva, la autonomía, la planeación contractual y la libre competencia.
“Aunque la directriz persigue fines legítimos como la pluralidad informativa y el acceso equitativo a la pauta estatal, esta norma fue adoptada sin respetar los límites legales y constitucionales que rigen la contratación pública”, se lee en la demanda.

Además, la fundación indicó que “imponer un porcentaje fijo para contratar con determinados medios desconoce lo establecido por la ley en materia de publicidad oficial, que exige que esta se utilice para cumplir las finalidades institucionales, pero no fija un monto específico ni menciona este tipo de medios”.
De igual manera, la Fede también sostiene que la directiva afecta derechos fundamentales, como el acceso a la información, al determinar de manera unilateral cuáles son los medios que deben recibir la pauta estatal.
“También se analizará la falta de claridad jurídica sobre los llamados ‘medios alternativos’, cuya definición, según el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Min. TIC), no se encuentra expresamente contenida en el ordenamiento legal vigente”, señaló la organización.

Andrés Caro, director de la Fundación, expresó que las reglas del juego deben ser respetadas en el manejo de los recursos públicos destinados a la comunicación. “El fortalecimiento de la pluralidad informativa debe hacerse respetando las reglas del juego. Las entidades estatales deben contratar según principios de legalidad, transparencia y selección objetiva, y no mediante imposiciones que distorsionan el uso del presupuesto público”, afirmó.
El proceso judicial también analizará las implicaciones de la directiva en el contexto de la contratación pública y el impacto que podría tener en el acceso equitativo a la pauta estatal. La Fundación ha advertido que la falta de claridad en la definición de los medios alternativos podría derivar en una concentración de recursos en ciertos actores, lo que iría en contra del objetivo de pluralidad informativa que la directiva busca promover.
En su análisis, Fede subraya que la ley en materia de publicidad oficial exige que los recursos destinados a este rubro se utilicen para cumplir con las finalidades institucionales, pero no contempla la fijación de porcentajes específicos ni la priorización de ciertos tipos de medios. Por ello, la organización considera que la directiva presidencial excede las competencias legales y afecta el equilibrio en la asignación de recursos públicos.

Lo que dice la directiva presidencial
La directiva presidencial 11, firmada en noviembre de 2024 por el presidente Gustavo Petro, obliga a las entidades públicas de nivel central y descentralizadas del orden nacional a asignar el 33,3 por ciento de su presupuesto de comunicaciones a los medios de comunicación alternativos.
“A partir del año 2025, las entidades públicas de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional procurarán, de acuerdo con sus disponibilidades presupuestales, destinar una partida correspondiente al 33.3% de los recursos asignados para los Planes de Medios y/o Comunicaciones, para la divulgación de información oficial, campañas institucionales de interés y contenido social a través del servicio público de radiodifusión sonora comunitario y de televisión comunitaria, medios de comunicación alternativos, radiodifusión digital y nuevas tecnologías”, se lee en la misiva.

Además, la Presidencia indicó que dicha directiva garantiza el derecho fundamental de acceso a la información contenido en el artículo 20 de la Constitución Política, “generando la obligación correlativa de divulgar proactivamente la información pública”.
La admisión de esta demanda por parte del Consejo de Estado abre un debate sobre los límites de las políticas públicas en materia de comunicación y contratación estatal. La decisión final del alto tribunal podría tener implicaciones significativas para el modelo de distribución de la pauta oficial en Colombia y para los medios que dependen de estos recursos para su sostenibilidad.
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