
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a Colpensiones reconocer el 50% de la pensión de sobrevivientes a Juan Sebastián Ospina Palacios, un hombre diagnosticado con esquizofrenia paranoide desde 2015, que dependía económicamente de su padre fallecido. Según informó el tribunal, esta decisión revoca una sentencia previa que había negado el derecho del solicitante a recibir este beneficio.
De acuerdo con el fallo, la negativa inicial de Colpensiones se basó en que la fecha de estructuración de la invalidez de Ospina Palacios, establecida como el 28 de abril de 2023, era posterior al fallecimiento de su padre, ocurrido el 24 de agosto de 2022.
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Sin embargo, tras un análisis exhaustivo de las pruebas médicas y documentales, el tribunal determinó que la pérdida de capacidad laboral del solicitante, calculada en un 54,40%, era preexistente al deceso del causante. Este análisis incluyó la revisión de la historia clínica, que evidenció episodios de enfermedad mental desde 2010 y un diagnóstico definitivo de esquizofrenia paranoide en 2015.
El tribunal, con ponencia del magistrado Luis Gilberto Ortegón Ortegón, destacó que Ospina Palacios es un sujeto de especial protección constitucional debido a su condición de discapacidad. En este contexto, se consideró procedente conceder el amparo del derecho fundamental a la seguridad social mediante una acción de tutela como mecanismo transitorio, dado el impacto directo en su mínimo vital y la naturaleza irremediable del perjuicio que enfrenta.
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La decisión judicial ordena a Colpensiones reconocer el 50% de la pensión de sobrevivientes que se encontraba suspendida. Este reconocimiento deberá efectuarse en un plazo máximo de diez días hábiles a partir de la notificación del fallo. Con base en lo dispuesto, esta medida tendrá carácter transitorio hasta que se adopte una resolución definitiva sobre el caso.

El tribunal subrayó que la dependencia económica absoluta de Ospina Palacios respecto de su padre, junto con su condición médica, refuerza la necesidad de garantizar su acceso a la pensión de sobrevivientes. Este derecho, según la providencia, es esencial para salvaguardar su calidad de vida y asegurar su subsistencia.
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La sentencia también revocó una decisión previa del Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Zipaquirá, que había negado la acción de tutela interpuesta por Ospina Palacios. En su momento, el juzgado había respaldado la postura de Colpensiones, que argumentaba que la invalidez del solicitante no cumplía con los requisitos temporales para acceder al beneficio pensional.
Según el tribunal, el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes responde a un mandato legal, así como a un principio de justicia social que busca proteger a quienes enfrentan condiciones adversas debido a su estado de salud y dependencia económica.
Sobre la esquizofrenia

De acuerdo con Mayo Clinic, la esquizofrenia es un trastorno mental severo que afecta el pensamiento, las emociones y el comportamiento. Se manifiesta a través de alucinaciones, ideas delirantes y comportamientos desorganizados, lo que puede desconectar a las personas afectadas de la realidad, interfiriendo gravemente en su vida diaria. Las alucinaciones incluyen la percepción de cosas o voces inexistentes, mientras que las ideas delirantes son creencias persistentes en hechos falsos.
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El tratamiento para la esquizofrenia es vital y de por vida, integrando medicamentos, terapia psicológica y apoyo para manejar las actividades cotidianas. A menudo, las personas afectadas no son conscientes de su enfermedad, lo que complica la recepción de ayuda. La psicosis no tratada se asocia con síntomas más severos, hospitalizaciones frecuentes, déficits cognitivos, deterioro social y mayores riesgos de lesiones o muerte. No obstante, un tratamiento temprano puede controlar los síntomas, prevenir complicaciones y mejorar el pronóstico a largo plazo.
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