
La Fiscalía General de la Nación, con sede en Bogotá, recibió una denuncia penal contra el alcalde de Puerto Nariño, Edilberto Suárez Pinto, por presuntos actos de acoso sexual, laboral y discriminación racial. La acusación fue presentada por la organización Transparencia por la Orinoquia, que detalló los hechos en un comunicado oficial.
La víctima, identificada como Sandriali Verenice Laureano, una ciudadana indígena, habría sido contratada bajo la modalidad de prestación de servicios en la Alcaldía, lo que estableció una relación laboral directa con el mandatario local.
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De acuerdo con la denuncia, dada a conocer por medios locales y en redes sociales, Laureano, perteneciente a la comunidad indígena Yaguas, habría sido objeto de múltiples actos de acoso sexual y laboral durante el tiempo que desempeñó sus funciones.
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Según informó también Transparencia por la Orinoquia, estos hechos fueron narrados con detalle en la denuncia penal y corroborados mediante entrevistas y documentos que respaldan las acusaciones. La organización subrayó que la pertenencia de la víctima a un grupo étnico reconocido y protegido por la Constitución de Colombia y tratados internacionales agrava la situación, al requerir un enfoque diferencial y medidas de protección reforzada por parte del Estado.
La denuncia presentada ante la Fiscalía también señala que, a pesar de la gravedad de los hechos y de la existencia de elementos probatorios iniciales, la Fiscalía de Puerto Nariño no incluyó los delitos de acoso sexual, laboral y discriminación racial en la apertura de la investigación.
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Transparencia por la Orinoquia calificó esta omisión como una posible falta disciplinaria y penal por parte de las autoridades encargadas del caso. La organización enfatizó la necesidad de que se garantice una investigación imparcial y exhaustiva, especialmente considerando las implicaciones legales y sociales de los hechos denunciados.
La víctima, Sandriali Verenice Laureano, es miembro de un grupo étnico protegido por la legislación colombiana y tratados internacionales. Este contexto, según la entidad, se exige que el caso sea tratado bajo un enfoque diferencial que reconozca las vulnerabilidades específicas de las comunidades indígenas frente a situaciones de violencia, discriminación y abuso de poder.
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La organización destacó que el Estado colombiano tiene la obligación de garantizar la protección reforzada de los derechos de estas comunidades, tal como lo establece el marco legal vigente.

Suárez Pinto ya ha estado involucrado en otros escándalos, especialmente de corrupción
En 2018, La Procuraduría General de la Nación emitió un fallo en primera instancia que destituyó e inhabilitó para ejercer cargos públicos a Camilo Suárez Torres, presidente de la Asamblea Departamental del Amazonas, y a otros altos funcionarios de la misma corporación, por irregularidades en el manejo de recursos estatales.
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Según informó el medio Asuntos Legales, la decisión también afectó a Mónica Karina Bocanegra, entonces vicepresidenta de la Asamblea, así como a la exvicepresidenta Pastora Orobio Carvalho y al segundo exvicepresidente Regis Pinto Leonardo. Todos ellos enfrentaron sanciones por haber autorizado pagos no permitidos por la ley.

De acuerdo con las investigaciones realizadas por la Procuraduría, los funcionarios sancionados ordenaron el pago de primas de vacaciones e indemnizaciones a los diputados de la Asamblea Departamental, beneficios que no estaban contemplados en la normativa vigente. Este proceder fue calificado por el ente de control como una falta gravísima cometida con dolo, al haberse apropiado de recursos públicos mediante el aprovechamiento de un error administrativo.
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Entre los diputados sancionados se encontraron también: Carlos Iván Peña Cañas, Samuel Muñoz Piris, Antonio Muentes Suárez, Pedro Ignacio Acosta García, Rosendo Ahue Cuello, Alejandro Mejía Fonseca León, Elver Isidio Viena, José Reinaldo Muca Miraña, Luis Muñoz Vásquez, Luis Ángel Pantevis, Edgar Mauricio Barbosa, Medardo Bohórquez Quitián, Rosa Isabel Portilla Díaz, Oscar Enrique Sánchez Guerrero, Edilberto Suárez Pinto y Essi Zoraida Veloza Monteiro. Todos ellos fueron inhabilitados por un periodo de 10 años para ocupar cargos públicos, como informó el medio.
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