
La Superintendencia de Sociedades inició una investigación administrativa contra varios miembros de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB), incluyendo a Enrique Vargas Lleras y Alejandro Mejía Ortiz, así como a la secretaria de la junta, Constanza del Pilar Puentes Trujillo.
La medida busca esclarecer presuntas irregularidades denunciadas por Tania Marcela Malely Hernández Guzmán, exvicepresidenta jurídica de la entidad, según se supo en una primicia de la W Radio en la noche del 10 de abril del 2025.
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Según el documento oficial emitido por la Superintendencia, la queja presentada por Hernández en febrero de 2025 señala posibles actos contrarios a la ley en las decisiones tomadas por la junta directiva.
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Entre las acusaciones se encuentran presuntas actuaciones de coadministración en favor de un señalado victimario, instrucciones ilegales, omisión en el levantamiento de actas de asamblea, exclusión de víctimas y un nombramiento irregular en el Comité Ejecutivo Financiero.

El caso tiene como antecedente una denuncia revelada por el Reporte Coronell, en la que Hernández acusó a Gustavo Andrés Piedrahita, director del Centro de Arbitraje y Conciliación de la CCB, de presunto acoso sexual y maltrato laboral hacia una alta funcionaria de la entidad.
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En respuesta, la Cámara de Comercio inició una investigación interna liderada por el Comité de Prevención del Acoso Sexual, presidido por la propia Hernández.
La Superintendencia trasladó el escrito de Hernández a los miembros de la Junta Directiva y a Puentes Trujillo, quienes respondieron a las acusaciones.
Sin embargo, tras analizar las respuestas, la entidad decidió abrir formalmente la investigación administrativa para determinar si se han vulnerado las normas que rigen el funcionamiento de las cámaras de comercio.
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La Superintendencia de Sociedades fundamenta su actuación en el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020, que le otorga la facultad de inspección, vigilancia y control sobre las cámaras de comercio.
Asimismo, se ampara en los numerales 2, 8 y 22 del artículo 17A del Decreto 1736 de 2020, modificado por el Decreto 1380 de 2021, que establece la supervisión del cumplimiento normativo y el ejercicio de las funciones de estas entidades.
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El objetivo de la investigación es verificar si la Cámara de Comercio de Bogotá ha cumplido con las normas aplicables y, de ser necesario, adoptar medidas administrativas para prevenir o corregir las irregularidades denunciadas. Según el comunicado oficial, el procedimiento seguirá las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, con la posibilidad de iniciar un proceso sancionatorio si se encuentran méritos para ello.
La Superintendencia revisó los poderes otorgados por los miembros de la junta directiva a sus abogados. Según el documento, los poderes presentados por Antonio José Núñez Trujillo, representante de Constanza del Pilar Puentes Trujillo y Ciro Sergio Mutis Caballero, y por Mario Alonso Pérez Torres, apoderado de Enrique Vargas Lleras y Alejandro Mejía Ortiz, no cumplen con los requisitos legales.
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La entidad determinó que los poderes digitales no son válidos para actuaciones administrativas, ya que no cumplen con las disposiciones del artículo 74 del Código General del Proceso, que exige la presentación personal o la firma digital del poderdante.
Por ello, se concedió un plazo de cinco días hábiles para que los involucrados subsanen las deficiencias observadas y presenten los poderes en original y con las formalidades requeridas.
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La resolución emitida por la Superintendencia también ordena notificar el inicio de la actuación administrativa a todos los miembros de la junta directiva de la Cámara de Comercio de Bogotá, así como a Gustavo Andrés Piedrahita, señalado en la denuncia inicial.
Entre los notificados se encuentran representantes legales de diversas empresas y entidades vinculadas a la junta directiva, quienes deberán responder a las acusaciones y colaborar con la investigación.
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