
El senador Carlos Fernando Motoa anunció que ya se han puesto en marcha los principales mecanismos para hacer efectiva la Ley 2316 de 2023, que fue creada para asistir a quienes han sido afectados por la aplicación de biopolímeros y otras sustancias no autorizadas con fines estéticos.
Esta legislación, según el congresista, empieza a mostrar resultados concretos tras la respuesta oficial del Ministerio de Salud a un derecho de petición que él mismo presentó.
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De acuerdo con la información recibida, las personas perjudicadas por estas prácticas —en su mayoría mujeres— contarán ahora con atención integral por parte del sistema de salud. Esto incluye la valoración médica, el tratamiento, la rehabilitación y la extracción de las sustancias dañinas, todo ello cubierto por el Plan de Beneficios en Salud bajo la categoría CUPS 8610.
Como parte de la implementación, se han adoptado cinco medidas específicas:
Primero, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) estableció un listado oficial y en constante actualización de las sustancias modelantes permitidas. Esta información está disponible para consulta pública en su sitio web.
Segundo, mediante el Decreto 545 de 2024, se impuso un sistema de control sobre la venta de estos productos, exigiendo a distribuidores y comercializadores el registro obligatorio de sus operaciones en la plataforma del Invima para garantizar trazabilidad.
Tercero, los procedimientos médicos relacionados con complicaciones por biopolímeros, antes no cubiertos, ya están incluidos en el plan obligatorio de salud, lo que garantiza acceso gratuito a las víctimas.
Cuarto, el Ministerio de Salud publicó un inventario de clínicas y profesionales certificados para realizar procedimientos estéticos, lo que permite a los ciudadanos verificar si quienes los atenderán cumplen con los requisitos legales.
Y quinto, se habilitaron canales para reportar anuncios falsos y prácticas irregulares ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y la Superintendencia Nacional de Salud.
Motoa recalcó que este conjunto de acciones se complementa con un nuevo tipo penal incluido en el Código Penal, en el artículo 116B, que castiga la aplicación de sustancias no autorizadas con consecuencias para la salud. “Ahora hay herramientas claras para vigilar, atender a las víctimas y sancionar a los responsables”, señaló el senador.
La iniciativa legislativa surgió como respuesta al creciente número de personas afectadas por procedimientos realizados con sustancias prohibidas, en muchas ocasiones aplicadas en establecimientos sin licencia. Se han reportado más de 120 investigaciones abiertas en 2024 por casos vinculados a estas prácticas.
A modo de orientación para los ciudadanos, el senador Motoa recomendó verificar siempre que las sustancias a utilizar estén incluidas en el registro oficial del Invima y que el personal médico esté debidamente acreditado. En caso de haber sido víctima, recordó que ya se puede acceder a atención gratuita y denunciar formalmente los hechos ante la autoridades judiciales.
Para medir el impacto de estas medidas, el Ministerio de Salud presentará en junio un informe que incluirá datos sobre la evolución de los casos reportados desde la entrada en vigor de la ley.
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