Carlos Arenas y un exagente de la Dijín fueron absueltos del caso de las “chuzadas”: el proceso prescribió para la Fiscalía

El escándalo de las “chuzadas” fueron las supuestas interceptacionesde ilegales de comunicaciones, entre 2017 y 2018, por Guatibonza, Arenas y Villarraga, quienes habrían utilizado recursos del Estado para espiar a funcionarios y empresarios

Fiscalía solicitó condena para  Guatibonza, por el delito de concierto para delinquir - crédito Colprensa
Fiscalía solicitó condena para Guatibonza, por el delito de concierto para delinquir - crédito Colprensa
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El caso de las “chuzadas”, que involucra al general en retiro de la Policía Humberto Guatibonza, y a sus exsocios Carlos Arenas y Julián Villarraga, ha generado una serie de reacciones en el ámbito judicial, especialmente después de la solicitud de absolución hecha por la Procuraduría General de la Nación.

En la audiencia de alegatos finales, la Procuraduría solicitó la absolución para Arenas y Villarraga, argumentando que el caso había prescrito después de siete años.

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Además, la Fiscalía General de la Nación también aceptó que el caso había prescrito para ellos y solo solicitó la condena de Guatibonza por el delito de concierto para delinquir.

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El escándalo de las “chuzadas” se refiere a las interceptaciones ilegales de comunicaciones que supuestamente fueron llevadas a cabo entre los años 2017 y 2018 por Guatibonza, Arenas y Villarraga, quienes habrían utilizado recursos del Estado para espiar a empresarios, abogados, políticos y fiscales, incluido el entonces fiscal general, Néstor Humberto Martínez.

CHUZADAS
La Procuraduría también destacó que a pesar de que el caso había atraído la atención pública, no se había presentado el testimonio de ninguna de las víctimas en el proceso - crédito Mauricio Alvarado/Colprensa

Sin embargo, durante el proceso judicial, la Fiscalía no pudo probar la existencia de una empresa criminal dedicada a realizar interceptaciones telefónicas y otras acciones ilegales, lo que complicó el caso.

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La Procuraduría también destacó que a pesar de que el caso había atraído la atención pública, no se había presentado el testimonio de ninguna de las víctimas en el proceso.

Esto fue señalado como un aspecto crítico, dado que las supuestas víctimas nunca se presentaron ni solicitaron su reconocimiento dentro del juicio. La ausencia de testigos clave y de pruebas contundentes llevó a la Procuraduría a cuestionar la solidez del caso.

Además, se indicó que el programa “Fenix″, supuestamente utilizado para llevar a cabo las interceptaciones ilegales, nunca existió, lo que agregó más incertidumbre al caso.

Durante el proceso judicial, la Fiscalía no pudo probar la existencia de una empresa criminal dedicada a realizar interceptaciones telefónicas y otras acciones ilegales, lo que complicó el caso. - crédito redes sociales/X
Durante el proceso judicial, la Fiscalía no pudo probar la existencia de una empresa criminal dedicada a realizar interceptaciones telefónicas y otras acciones ilegales, lo que complicó el caso. - crédito redes sociales/X

Este desarrollo pone en evidencia las dificultades que enfrenta la Fiscalía para sustentar las acusaciones de las “chuzadas” y resalta la complejidad de las investigaciones en torno a la utilización indebida de recursos del Estado para fines criminales.

En resumen, el proceso judicial en torno a las “chuzadas” ha estado marcado por controversias, prescripción de delitos y la falta de pruebas claras, lo que ha llevado a la absolución de algunos de los implicados, mientras que el caso de Guatibonza sigue siendo objeto de análisis y evaluación.

El jueves 10 de abril de 2025, a las 3:00 p. m., el juez 35 de Conocimiento de Bogotá dará a conocer el sentido del fallo en un caso que ha generado atención por las acusaciones de concierto para delinquir. Según informó la Fiscalía, este delito habría tenido lugar en Ecuador, aunque durante el juicio surgieron dudas significativas sobre la existencia de pruebas que respalden esta afirmación.

La Corte Suprema confirma condenas contra dos exfuncionarios del gobierno de Álvaro Uribe por caso de chuzadas

La sentencia, que había sido emitida inicialmente por el Tribunal Superior de Bogotá en 2021, fue confirmada en última instancia por la Corte Suprema - crédito Mauritz Antin/EFE
La sentencia, que había sido emitida inicialmente por el Tribunal Superior de Bogotá en 2021, fue confirmada en última instancia por la Corte Suprema - crédito Mauritz Antin/EFE

La Corte Suprema de Justicia ratificó la sentencia condenatoria contra César Mauricio Velásquez, exsecretario de prensa de la Casa de Nariño, y Edmundo del Castillo, exsecretario jurídico del expresidente Álvaro Uribe Vélez, por su participación en un esquema de interceptaciones ilegales y un plan de desprestigio dirigido contra la misma Corte Suprema. Según informó El Espectador, ambos exfuncionarios fueron condenados a 63 meses de prisión (poco más de cinco años) por el delito de concierto para delinquir, quedando sin posibilidad de apelar la decisión.

De acuerdo con la información publicada por El Espectador, la sentencia, que había sido emitida inicialmente por el Tribunal Superior de Bogotá en 2021, fue confirmada en última instancia por la Corte Suprema. Mientras que Velásquez deberá cumplir su condena en prisión, a Del Castillo se le concedió el beneficio de prisión domiciliaria. Ambos fueron hallados responsables de formar parte de una organización que, en 2007, buscó desacreditar a la Corte Suprema de Justicia en un contexto en el que esta investigaba casos de “parapolítica”.

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