
La Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) informó este miércoles 2 de abril de 2025 que van a prorrogar por un año más la medida de intervención forzosa para administrar a EPS Sanitas.
“La Superintendencia Nacional de Salud prorroga por un año más la medida de intervención forzosa administrativa para administrar de la EPS Sanitas, intervenida el 2 de abril de 2024 según la resolución 2024160000003002-6″, expresó Supersalud a través de un comunicado.
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La entidad precisó que tomaron la decisión porque siguen presentándose “incumplimientos normativos” en la prestación de servicios y en las condiciones financieras de la EPS.
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“En el caso de Sanitas EPS se toma la decisión de prórroga porque en el momento actual persisten los incumplimientos normativos respecto a las condiciones financieras y de prestación de servicios a sus usuarios”, puntualizó la Supersalud.
Además, la Superintendencia Nacional de Salud precisó que “se mantienen los causales de intervención contemplados en el artículo 114 del Decreto Ley 663 de 1.993″.
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En abril de 2024, el entonces superintendente de Salud, Luis Carlos Leal, aseguró que la intervención se dio por el incumplimiento de los requisitos financieros de habilitación y otros factores que fueron analizados en el Comité de Medidas Especiales de la Supersalud.
Por estos hechos, se removió del cargo al representante legal de Sanitas, a la Junta Directiva y a la Asamblea de Accionistas de la EPS.
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Además, el Consejo de Estado había negado la medida cautelar que buscaba la suspensión provisional de los efectos de la resolución expedida por la Superintendencia Nacional de Salud, en la cual se ordenó la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios, así como la intervención forzosa administrativa de la EPS Sanitas.

La decisión de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo se dio luego de analizar la petición del Partido Cambio Radical, con la cual se pretendía suspender la medida declarada a comienzos de abril de 2024.
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El partido argumentó que la Supersalud no tenía competencia para tomar la medida y que esta se basaba en una “falsa motivación”. Sin embargo, el alto tribunal negó dicho sustento y confirmó que la entidad actuó conforme a la normatividad vigente.
Demanda del Grupo Keralty
La intervención de la Supersalud a EPS Sanitas fue demandada ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones del Banco Mundial (Ciadi) por Natanor XXI y Centauro, dueños del Grupo Keralty, del cual hace parte la prestadora de salud.
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De acuerdo con El Tiempo, Guillermo de Lorenzo, vocero del Grupo Keralty, la agrupación pretende una indemnización por perjuicios por 1.2 billones de dólares, es decir, 5.2 billones de pesos.

El conjunto de empresas españolas, propietaria de la EPS Sanitas, afirmaron en una declaración que la declaración del Gobierno “constituyen un trato arbitrario, discriminatorio e injusto, que ha derivado en la destrucción del valor económico de EPS Sanitas, en perjuicio de sus accionistas, colaboradores, y la sociedad colombiana en general”.
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La solicitud de arbitraje ante el Ciadi, termina el trámite de conciliación con el Estado colombiano, argumentado que la decisión se da por las presuntas violaciones adoptadas por el Gobierno Petro sobre las inversiones a las Entidades Prestadoras de Salud (EPS).
En declaraciones reveladas por El Tiempo, de Lorenzo manifestó que “el arbitraje trae causa del incumplimiento múltiple reiterado por parte del Estado colombiano con sus compromisos con la EPS Sanitas, tanto bajo la normatividad del sistema de salud como bajo el Derecho internacional. Muy en particular apuntábamos el incumplimiento por parte del Estado colombiano con su obligación de garantizar la suficiencia financiera del sistema de salud, incumplimiento que provoca, como es convencido a día de hoy, una crisis financiera, un déficit financiero en nuestro sistema de salud colombiano”.
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Además, aseguró que intentaron llegar a una conciliación con el Gobierno nacional, previo a instaurar la billonaria demanda ante el Ciadi.
“Esta solicitud también se presentó en la medida en que no se pudo resolver en la fase de negociaciones la controversia entre las partes, al margen de la causa del arbitraje y de los aspectos detallados del proceso”, indicó Guillermo de Lorenzo.
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