
La Corte Suprema de Justicia de Colombia rechazó el recurso de amparo constitucional presentado por la defensa de Carlos Mario Jiménez Naranjo, conocido como alias Macaco, quien fue condenado por el homicidio del líder sindical Jhon Freddy Marín Toro en 2002.
La decisión confirma la sentencia de 17 años de prisión dictada por el Juzgado 11 Penal de Bogotá, que responsabilizó a Jiménez Naranjo de ordenar el asesinato de Marín Toro bajo la acusación de que este último apoyaba a grupos guerrilleros.
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Según informó el tribunal, la defensa de alias Macaco presentó un recurso de apelación contra la condena, pero no cumplió con los plazos legales para sustentar dicho recurso.
Este incumplimiento llevó a que el tribunal declarara la apelación como “desierta”, es decir, sin validez. Posteriormente, la defensa interpuso una tutela ante la Corte Suprema, argumentando que se habían cometido errores procesales que afectaron los derechos de su cliente.

Alias Macaco, que fuera comandante del Bloque Central Bolívar de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), fue hallado culpable de ordenar el asesinato de Marín Toro, un líder sindical que, según la acusación, habría sido señalado de colaborar con grupos guerrilleros. Este hecho ocurrió en medio del conflicto armado colombiano, en el que las AUC desempeñaron un papel central como grupo paramilitar.
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La Corte Suprema, al analizar la tutela presentada por la defensa, concluyó que no existían pruebas de que el tribunal que dictó la condena hubiera cometido errores graves que justificaran la intervención del alto tribunal.
En su fallo, la Corte señaló que el abogado de Jiménez Naranjo no presentó una justificación válida para no haber sustentado el recurso de apelación dentro del plazo establecido por la ley.
El documento emitido por la Corte enfatizó que los plazos procesales son estrictos y deben cumplirse sin excepciones, incluso en casos donde puedan existir dificultades relacionadas con el manejo de expedientes digitales o la ausencia de ciertos documentos.
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Además de la condena de 17 años de prisión, la sentencia incluye una multa equivalente a 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes y la inhabilitación de 20 años para ejercer derechos y funciones públicas.

Este es el segundo golpe que recibe alias Macaco en menos de una semana, pues la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tomó una decisión definitiva respecto a la solicitud de sometimiento presentada por el comandante de las AUC.
Según informó la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de este tribunal, el exjefe paramilitar no cumple con los requisitos de competencia personal necesarios para ser aceptado como tercero civil en esta jurisdicción.
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De acuerdo con la JEP, esta no es la primera vez que se rechaza la solicitud de alias Macaco. En 2020, el tribunal ya había denegado su petición inicial, argumentando que no cumplía con los criterios establecidos.
El exlíder paramilitar enfrenta cargos graves, entre los que se incluyen homicidio, desplazamiento forzado y otros crímenes que lo vinculan con su rol dentro de las estructuras paramilitares en Colombia.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas explicó que Carlos Mario Jiménez Naranjo no puede ser considerado como un sujeto incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública, un requisito clave para su aceptación en la JEP.
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Según detalló el tribunal, el exjefe paramilitar no actuó como un “punto de conexión” entre los aparatos militar y paramilitar, lo que desestima uno de los principales argumentos presentados en su solicitud.
La decisión de la JEP se fundamenta en el ámbito de competencia personal que regula esta jurisdicción, el cual está definido por precedentes legales como el Auto N°1319 de la Corte Constitucional, emitido el 8 de agosto de 2024. Este marco normativo establece los criterios específicos que deben cumplir quienes buscan someterse a la JEP, y en este caso, alias ‘Macaco’ no logró demostrar que cumpliera con dichos parámetros.
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