¿Pueden sancionar o descontar el día a los trabajadores que marchen este 18 de marzo? Esto dice el Ministerio de Trabajo

Varios gobiernos locales decidieron no sumarse al día cívico que decretó el presidente Gustavo Petro, en favor de las marchas convocadas por su Gobierno para apoyar las reformas de la salud y laboral

El Ministerio de Trabajo aclaró cuáles son los derechos de la ciudadanía a movilizarse - crédito Colprensa y Ministerio del Trabajo
El Ministerio de Trabajo aclaró cuáles son los derechos de la ciudadanía a movilizarse - crédito Colprensa y Ministerio del Trabajo
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La jornada de movilización convocada para este 18 de marzo del 2025 en respaldo a las reformas que impulsa el presidente Gustavo Petro, y las múltiples reacciones de gobernadores y alcaldes en todo el territorio nacional, que no se han acogido a la medida, puede despertar incertidumbre entre los trabajadores sobre posibles sanciones o descuentos salariales por asistir a las marchas.

También el no entendimiento de para quiénes funciona la iniciativa de día cívico, puede ser un factor de confusión y podría llevar a los trabajadores del país a preguntarse sí pueden acudir a las movilizaciones convocadas en el país.

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Para aclarar este panorama, el Ministerio de Trabajo, bajo la dirección de Antonio Sanguino, emitió la circular 031 durante la jornada del lunes, 17 de marzo de 2025. En este documento, la entidad enfatiza que ningún trabajador, ya sea del sector público o privado, puede ser sancionado por participar en la jornada de protesta.

El Sindicato de Educadores de Santander (SES) informó que llevará a cabo un paro de 24 horas el próximo martes 18 de marzo - crédito Colombia Oscura
El Sindicato de Educadores de Santander (SES) informó que llevará a cabo un paro de 24 horas el próximo martes 18 de marzo - crédito Colombia Oscura

“El día cívico, decretado por el presidente de la República, tiene como finalidad permitir la participación ciudadana en asuntos de interés general”, dice la circular.

Por tanto, entre su explicación, el Ministerio recordó que la Constitución garantiza el derecho a la protesta social y exhortó a las autoridades a respetarlo. En la circular, se advierte que cualquier infracción a la normatividad laboral será objeto de las acciones administrativas correspondientes. Es decir, no podrían sancionar a los ciudadanos por el uso del derecho, a menos que la falla en el horario de trabajo sea injustificada.

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“La directriz dirigida a entidades del sector central y descentralizado de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial, sector privado y empresas, contempla la observancia del día cívico y autonomía territorial y la garantía del derecho a la protesta y libertad de expresión”, reza la misiva.

Esta fue la circular que emitió el Ministerio de Trabajo - crédito Ministerio de Trabajo
Esta fue la circular que emitió el Ministerio de Trabajo - crédito Ministerio de Trabajo

Por lo tanto, “en caso de evidenciarse posibles infracciones a la normatividad laboral, se adelantarán las actuaciones administrativas correspondientes dentro de los límites que impone la ley”, señala el documento.

Asimismo, la circular insta a los empleadores del sector privado a no restringir el derecho fundamental de sus trabajadores a manifestarse.

¿Puede descontarse el día de trabajo por asistir a la marcha?

Es decir, que cualquier ciudadano puede asistir a las marchas y hacer uso legítimo de sus derechos. No obstante, hay un asunto que se cuela en las dudas y es el descuento salarial. Según el constitucionalista Gonzalo Ramírez, citado por el diario El Colombiano, “es inconstitucional descontar derechos laborales como la huelga”, lo que en ciertos casos podría aplicarse a la jornada de protesta.

No obstante, Ramírez aclaró en el diálogo con el medio que la decisión depende del tipo de contrato del trabajador y si cuenta con protección sindical, por ejemplo. En el caso de los docentes, que ha sido otro de los puntos polémicos en las últimas jornadas, el Decreto 1844 de 2007 establece que el servicio educativo es una función social que no puede interrumpirse, por lo que si un maestro falta sin justificación, el pago de su salario podría verse afectado.

Un simpatizante sostiene un cartel del presidente Gustavo Petro antes de la marcha que convocó para apoyar sus propuestas de reforma laboral y de salud - crédito Fernando Vergara/AP Foto
Un simpatizante sostiene un cartel del presidente Gustavo Petro antes de la marcha que convocó para apoyar sus propuestas de reforma laboral y de salud - crédito Fernando Vergara/AP Foto

No obstante, grupos sindicales como Fecode han emitido el mensaje a los maestros de que acudan a las marchas, pese a la advertencia del alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, que afirmó que los maestros de las escuelas del Distrito deben cumplir con su trabajo, y que ejerzan su derecho a la movilización “en contra jornada”.

Dijo que es necesario que cumplan con la participación, pero que “aquel que tenga la responsabilidad de ir a cumplir su deber de trabajar con los niños, niñas y adolescentes de Bogotá, y no cumpla, pues tendrá una implicación en términos de su pago. Así lo hemos planteado”.

Recomendaciones para los trabajadores

Ante la posibilidad de asistir a la movilización, el Ministerio recomienda a los empleados, a través de la circular:

  • Consultar con su empleador las políticas internas de la empresa.
  • Revisar su contrato y verificar si cuenta con protección sindical.
  • Justificar su ausencia adecuadamente, en caso de ser necesario.

La jornada de protesta se desarrollará en distintas ciudades del país, y aunque el Gobierno ha promovido el día cívico, la aplicación de esta medida dependerá de cada entidad y empresa.

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