
Las operaciones en el muelle 13 de Buenaventura se detuvieron por medidas impuestas por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla), que denunció ante el juzgado de Buenaventura que el tamaño y peso de los barcos no cumplían con lo establecido a nivel ambiental.
Desde diciembre del 2024, la Anla adquirió poder sobre las condiciones ambientales que se aplicarían en este punto del Valle del Cauca, con el fin de que se impacte, lo menos posible, el ambiente. En una reunión entre el Grupo Ventura y la entidad, se evaluaron dichas condiciones con el fin que se reanuden las operaciones lo más pronto posible.
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¿Por qué existe intervención de la Anla en el muelle 13 de Buenaventura?
La ministra de Ambiente, Susana Muhamad, explicó en W Radio el proceso legal que lleva en la actualidad para mejorar la calidad de las actividades comerciales en Buenaventura.
A modo de contexto, indicó que el muelle 13 puso recursos de reposición para comprender las consecuencias de suspensión de operaciones: “En este momento, después de la medida de suspensión de operaciones que impuso la Anla, ha puesto unos recursos de reposición y ha buscado entender las consecuencias de la suspensión de estas operaciones, por lo que se estuvo estableciendo las medidas para levantar las suspensiones”.
Frente a este asunto, algunos periodistas del medio citado la cuestionaron sobre el tamaño de los barcos y la injerencia de la Anla en este proceso. A lo que la ministra indicó que desde el 6 de diciembre de 2024, luego de la denuncia impuesta, un juzgado en Buenaventura dio control a la autoridad nacional para que interviniera en los procesos de impacto ambiental que se necesitaban en el muelle.

Y afirmó que la demanda llevada a cabo por la Anla solicitaba, además, tener potestad sobre los requisitos del calado y la recarga que se maneja actualmente; por lo anterior, se registró la suspensión del trabajo en este muelle.
Posteriormente, indicó que los representantes de la autoridad ambiental solicitaron el expediente al área encargada para adquirir total competencia. “Una vez se tiene esa medida del juez, la Anla solicita el expediente a la EPA para empezar a tener competencia. Hoy la autoridad competente ambiental en el muelle 13 es la Anla”, refirió.
Cabe destacar que, la defensa de la firma operadora interpuso una demanda para contraatacar la medida, al argumentar que las condiciones en las que se trabajan antes de que interviniera la Anla eran las mismas que se manejaban desde hacía años.
Es importante mencionar que, el proceso continúa abierto mientras se resuelven los recursos presentados por el muelle 13. Hasta que el proceso se termine, las operaciones seguirán suspendidas y exigió que se cumplieran las condiciones correspondientes para que el entorno no se viera afectado, así como el manejo adecuado de las actividades portuarias.

Director de la Anla explicó las razones por las que se suspendieron operaciones en el muelle 13
En una entrevista que Daniel Páez dio al medio anteriormente mencionado, indicó que la norma ambiental colombiana establece criterios para saber cuándo un terminal marítimo cumple con los pesos de los barcos, así como el calado de los mismos.
“La norma ambiental establece esos dos criterios para determinar cuándo un puerto marítimo es de gran calado o de menor calado. Los puertos marítimos de gran calado son de competencia privativa de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales”, afirmó Páez.
También aclaró que la Anla verifica procesos ambientales, en los que se verifica el control de las aguas lluvias, así como la gestión de residuos o el control material particulado.
“Cuando usted es una autoridad pública y evidencia situaciones que tienen alguna relación con lo ambiental, pero son competencia de otra autoridad, como la sanitaria, recoge esa evidencia y se la envía”, puntualizó. También rechazó las insinuaciones que indicaban que todo se trataba de intereses personales.
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