
En Colombia, acceder a una pensión de vejez se ha vuelto cada vez más desafiante para muchos trabajadores, especialmente para aquellos que no logran cumplir las 1.300 semanas exigidas por la ley.
Sin embargo, existen varias alternativas que buscan garantizar un ingreso a quienes no alcanzan este requisito y no pueden seguir cotizando. A continuación, se detallan algunas de las opciones más relevantes.
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Beps (Beneficios Económicos Periódicos)
Uno de los mecanismos más destacados es el programa de Beps, dirigido a personas con ingresos inferiores a un salario mínimo y que no logran acumular las semanas necesarias para acceder a una pensión.
Este programa ofrece una alternativa para garantizar un ingreso en la vejez, aunque el monto recibido será inferior al salario mínimo mensual, dependiendo del total ahorrado. Los beneficiarios pueden recibir un subsidio del 20 % sobre lo ahorrado, que es otorgado por el Gobierno. Además, los ahorros pueden incrementarse con aportes de familiares o amigos.
Para acceder a los Beps, los colombianos deben tener al menos 57 años en el caso de las mujeres y 62 años en el de los hombres, ser mayores de 18 años, tener ingresos inferiores a un salario mínimo y haber cotizado al menos una vez sin haber alcanzado las semanas requeridas para pensionarse.
Indemnización sustitutiva: devolución de aportes

Otra opción es la indemnización sustitutiva, la cual permite la devolución de los aportes realizados por los trabajadores que no cumplieron con los requisitos de semanas para pensionarse y que no tienen posibilidad de seguir cotizando. Este mecanismo consiste en un pago único equivalente al total de los aportes realizados durante la vida laboral del afiliado.
Para acceder a esta alternativa, es necesario ser afiliado a Colpensiones, haber cumplido la edad mínima (57 años para mujeres y 62 años para hombres), no cumplir con las semanas exigidas por la ley y no contar con recursos para continuar cotizando.
Pensión familiar: esfuerzo conjunto
La pensión familiar es una opción diseñada para parejas que, de manera individual, no logran cumplir los requisitos para acceder a la pensión. En este caso, los cónyuges o compañeros permanentes pueden sumar sus semanas cotizadas para alcanzar las 1.300 semanas necesarias y obtener una pensión conjunta equivalente a un salario mínimo.
Los requisitos para acceder a la pensión familiar incluyen que ambos miembros estén afiliados al mismo régimen pensional, pertenezcan a los grupos del Sisbén IV entre A1 y C12, hayan cotizado al menos el 25 % de las semanas requeridas para la pensión de vejez al cumplir 45 años y, por supuesto, hayan convivido durante más de cinco años. Este beneficio aplica también para parejas del mismo sexo.
La pensión familiar cesa únicamente cuando ambos miembros fallecen y no hay beneficiarios que cumplan con los requisitos para recibir la pensión de sobrevivencia.
La reforma pensional: un cambio radical a partir de julio de 2025
El 2024 marca un año de transformación para el sistema de pensiones en Colombia, con la aprobación de la Ley 2381, que reformará profundamente el esquema pensional del país.
A partir del 1 de julio de 2025, los colombianos vivirán una serie de cambios que buscan reorganizar el sistema, mejorar la cobertura y garantizar mayores recursos para la vejez, aunque también plantea varios retos operativos y dudas entre la población.

Una de las principales innovaciones de la reforma es la implementación de un sistema de pilares, que busca mejorar la equidad en el acceso a las pensiones.
En este modelo, se elimina la competencia entre los regímenes pensionales, lo que simplifica el panorama y reduce las dificultades de los afiliados para elegir entre diferentes opciones.
Además, se creará un pilar solidario dirigido a las personas más vulnerables, que serán beneficiadas con un auxilio económico destinado a mujeres mayores de 60 años y hombres mayores de 65 años que se encuentren en condiciones de pobreza y vulnerabilidad.
El 16 de enero, fecha clave para la reforma pensional
Un aspecto crucial de la reforma pensional es la selección de la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai), cuya fecha límite para realizarla es el próximo 16 de enero de 2025.
Los afiliados a Colpensiones que no cuentan con régimen de transición deben escoger una Accai, que se encargará de gestionar los aportes adicionales de aquellos que ganen más de 2,3 salarios mínimos mensuales.

A quienes no seleccionen una administradora antes del plazo se les asignará de manera aleatoria a una de las cuatro entidades autorizadas: Protección, Porvenir, Skandia y Colfondos. La obligatoriedad de realizar estos aportes complementarios comenzará el 1º de julio de 2025, con la implementación del nuevo sistema de protección social integral.
Este cambio representa una transformación significativa en el esquema pensional colombiano, al incorporar un componente adicional que busca asegurar la sostenibilidad del sistema y ofrecer mayor seguridad económica a los afiliados en el futuro.
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