
En el Valle de Aburrá, las chivas rumberas —vehículos utilizados para recorridos turísticos y celebraciones— enfrentan cuestionamientos de seguridad tras un accidente ocurrido el 15 de diciembre en la vía Bello-Girardota.
El siniestro dejó dos muertos y seis heridos. Según testigos, el accidente se produjo cuando el conductor intentaba limpiar el parabrisas empañado durante una fuerte lluvia, lo que provocó la pérdida de control del vehículo.
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Los fallecidos fueron identificados como Darwin Stiven Gutiérrez Yepes y Jhonatan Estiven Bedoya Londoño. Los heridos fueron trasladados al Hospital San Vicente Fundación en Medellín, donde permanecen bajo observación.
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Controles vigentes y riesgos estructurales
La Secretaría de Movilidad de Medellín informó que los controles a estos vehículos incluyen la revisión de documentos como la licencia de conducción, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) y la inspección técnico-mecánica, además de pruebas de embriaguez a los conductores.
Sin embargo, el secretario Mateo González destacó que las características de las chivas, como sus laterales abiertos y las modificaciones para permitir actividades recreativas, representan riesgos adicionales.

En el último año, los accidentes con chivas rumberas en el Valle de Aburrá han dejado un saldo de tres fallecidos y 47 lesionados. Entre estos casos se destacan la muerte de un hombre de 33 años en la variante Las Palmas en diciembre de 2023 y un volcamiento en La Asomadera en 2021, donde resultaron heridas 31 personas.
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Acuerdos con los operadores
La Secretaría de Movilidad ha suscrito compromisos con los operadores de chivas rumberas para reducir riesgos. Entre las medidas acordadas está el cierre de compuertas laterales para evitar caídas y el establecimiento de límites de velocidad entre 25 y 30 km/h cuando los pasajeros están de pie.
Por su parte, Andrés Manrique, representante del colectivo Chivas Medellín, señaló que también se implementan protocolos internos, como la prohibición de suministrar licor directamente a los usuarios.

Según Manrique, el cumplimiento de estas normas busca alinearse con disposiciones del Código Nacional de Tránsito, que prohíbe acciones que pongan en riesgo a los actores viales y regula la ubicación de los pasajeros en los vehículos.
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Regulación en otras ciudades
En Cartagena, la Alcaldía Mayor emitió en junio de 2024 el decreto 0930, que establece horarios limitados, restricciones de consumo de licor y prohibición de elementos como luces intermitentes y música en vivo en las chivas turísticas.
Estas medidas, implementadas para reducir el impacto de estos vehículos en zonas urbanas, incluyen sanciones como la inmovilización de vehículos por incumplimiento de las normas.
El aumento en el uso de chivas rumberas durante las festividades de diciembre en el Valle de Aburrá ha incrementado los riesgos asociados a su operación.
A pesar de las medidas vigentes, los accidentes recientes han evidenciado la necesidad de reforzar controles para garantizar la seguridad de los pasajeros y prevenir nuevas tragedias.
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En Cartagena, las autoridades han implementado un marco regulatorio más estricto para las chivas turísticas mediante el decreto 0930, emitido en junio de 2024. Estas medidas buscan reducir el impacto de estos vehículos en zonas urbanas y mejorar la seguridad durante los recorridos turísticos.
Recorridos permitidos:
- Los vehículos destinados al turismo solo pueden circular por vías específicas en los barrios Bocagrande, Laguito, Centro, Manga, Getsemaní, Pie del Cerro, Cabrero, Marbella y Crespo.
Horarios limitados:
- Las chivas turísticas pueden operar de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. y de 7:00 p. m. a 10:00 p. m.
- Los buses escalonados tienen permitido circular únicamente entre las 7:00 a. m. y 5:00 p. m.
Prohibiciones específicas:
- Uso de cornetas y dispositivos que produzcan ruido
- Uso de luces intermitentes o de alta intensidad.
- Música en vivo dentro de los vehículos.
- Exceder la capacidad de pasajeros estipulada en la licencia de tránsito.
- Consumo de bebidas alcohólicas durante los recorridos.
Placas autorizadas:
- Solo los vehículos con placas blancas, excepto aquellos que son propiedad de operadores turísticos o bajo contratos de leasing financiero, pueden prestar este servicio.
Control del volumen:
- El nivel de sonido reproducido por los equipos debe respetar los límites establecidos en la resolución 0627 de 2006.
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