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La reacción de las procesadoras de leche a la sanción de la SIC por irregularidades en pagos a productores

De acuerdo con la Superintendencia de Industria y Turismo, este tipo de inconsistencias afecta la transparencia en el mercado y genera distorsiones en la fijación del precio de la leche cruda

Imagen de referencia. Producción de leche en Colombia. Foto: Ministerio de Agricultura
Son 12 empresas las sancionadas por la SIC, por lo que el valor a pagar por dicha falta es de $1.117.878.080 - crédito Ministerio de Agricultura
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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció sanciones a varias empresas por presuntos incumplimientos en los respectivos pagos a los productores de leche cruda.

En este caso, una de los principales omisiones en la facturación se relaciona con los costos asociados al transporte y acopio de la leche cruda, ya que se pasó por alto la identificación correspondiente de los vehículos que se utilizaron para el transporte del mismo y además, no se indicó la distancia recorrida.

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Son 12 empresas las sancionadas por la SIC, por lo que el valor a pagar por dicha falta es de $1.117.878.080. “Este tipo de irregularidades afecta la transparencia en el mercado y genera distorsiones en la fijación del precio de la leche cruda, perjudicando tanto a los productores como al sistema de comercialización de productos lácteos en general”, expresó la entidad reguladora.

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Cuáles son las empresas sancionadas

Estas son las 12 empresas sancionadas por la SIC:

  • Läktoland S.A.S.
  • Productos Lácteos Colfrance CPS en C.
  • Alpina Productos Alimenticios S.A.S. BIC.
  • Freskaleche S.A.S.
  • Gloria Colombia S.A.S.
  • Cooperativa Colanta.
  • Nestlé de Colombia S.A.
  • Productos Naturales de la Sabana S.A.S. BIC. (Alquería)
  • Cooperativa de Productores de leche de la Costa Atlántica Ltda. (Coolechera)
  • Alimentos del Valle S.A.
  • Central Lechera de Manizales S.A. BIC.
  • Lactalis Colombia S.A.S.
Las empresas sancionadas por la SIC no proporcionaron información precisa sobre los vehículos ni las distancias en el transporte de leche - crédito Colprensa
Una de los principales omisiones en la facturación se relaciona con los costos asociados al transporte y acopio de la leche cruda - crédito Colprensa

La SIC destacó que al emitir esta información, termina siendo esencial para garantizar que el precio pagado al productor sea justo y conforme a los parámetros establecidos por la normativa vigente. Cabe mencionar que, las empresas sancionadas tienen derecho a interponer los recursos de reposición y apelación contra los actos administrativos sancionatorios.

Asoleche se pronunció al respecto

Sobre la sanción se pronunció la Asociación Colombiana de Procesadores de la Leche (Asoleche), que explica que el precio pagado al productor de leche cruda es regulado y establecido por el Ministerio de Agricultura, con base en una fórmula que tiene en cuenta diversos factores.

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Algunos de ellos, son el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de la leche, los precios internacionales de la leche, calidades sanitarias y alimentarias y el transporte desde el lugar de acopio hasta las plantas procesadoras y más.

Colombia es un país ganadero y que deberá tener un promedio de 170 litros anuales en el consumo de leche, como indica la FAO - crédito Carlos Sierra Ruiz/Ministerio de Agricultura
Las empresas sancionadas tienen derecho a interponer los recursos de reposición y apelación contra los actos administrativos sancionatorios - crédito Carlos Sierra Ruiz/Ministerio de Agricultura

Por otra parte, la asociación expresó la importancia de destacar las medidas pronunciadas por la SIC, aun cuando menciona que son impuestas en primera instancia. “Ello significa que estas sanciones no están aún en firme, pues a cada una de las empresas investigadas le asiste el derecho de presentar recursos para discutir las conclusiones de la autoridad, según lo considere pertinente, para aclarar las inconsistencias señaladas y según sea el caso, que se reviertan o se confirmen estas multas”.

El gremio anotó que “confiamos en que el trámite de estos recursos se lleve conforme a los reglamentos y la Ley, como es costumbre en la SIC y que a los resultados en firme se les dé el mismo despliegue público que a la noticia inicial”.

Desarrollo de una competencia sana

Además, Asoleche destacó que al ser un gremio que representa a las industrias formales procesadoras de leche, buscan el desarrollo y una competencia sana, ya que insisten en el cumplimiento de las normas dentro del sector lechero.

“Esto no solamente en lo que se refiere a observar el precio mínimo que establece el Ministerio de Agricultura, sino que sus industrias afiliadas van más allá, con programas de asistencia técnica y extensión, asociatividad de pequeños productores campesinos, entre otros, que apuntan a robustecer transversalmente toda la cadena y a mejorar la productividad y competitividad del producto lácteo nacional”, puntualizó la asociación.

Además, remarcó que “esta aproximación de desarrollo integral genera valor, no sólo para los productores, la industria y los comercializadores, sino también para la nutrición y bienestar del consumidor colombiano”.

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