
Colombia se prepara para aplicar una nueva norma a partir del 1 de julio de 2025, tras la aprobación de la Ley 2381 de 2024, “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, la Invalidez y la Muerte”, más conocida como reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro.
Esta, sin embargo, no afectará a todos los colombianos de igual manera, ya que se determinó que algunos seguirán bajo el régimen vigente. El nuevo régimen estipula que todos los colombianos deberán cotizar los primeros 2,3 salarios mínimos en Colpensiones, y el resto en una administradora de fondos de pensión. Dicho cambio implica que Colpensiones, la administradora estatal de pensiones, será responsable del pago a los beneficiarios de la nueva ley.
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Una de las características destacadas de esta reforma es la modificación gradual de las semanas cotizadas necesarias para que las mujeres se pensionen. Aunque inicialmente se mantendrán las 1.300 semanas como requerimiento, a partir de 2025 el número comenzará a disminuir gradualmente hasta alcanzar 1.000 semanas en 2036. Los requisitos de edad se mantienen: 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres.

Al respecto, el vicepresidente jurídico de Colfondos, Germán Ponce Bravo, afirmó a Red+ Noticias que “las personas que cumplan con las semanas anteriormente mencionadas al 1 de julio de 2025, podrán pensionarse en la administradora de su elección”.
Quiénes pueden evadir la reforma
No obstante, la reforma ofrece un margen de maniobra a ciertos afiliados a través del denominado régimen de transición, que permitirá a quienes cuenten con al menos 750 semanas cotizadas, en el caso de las mujeres, y 900 semanas, en el de los hombres, seguir bajo la Ley 100 de 1993 (creación del sistema de seguridad social).
Este grupo podrá evadir los cambios introducidos por la nueva ley. Además, los colombianos ya pensionados a la fecha de entrada en vigor de la reforma no se verán afectados. Así las cosas, el pago del cálculo actuarial (estudio para establecer el valor presente de todas las obligaciones futuras de reconocimiento y pago de pensiones de jubilación, bonos o títulos pensionales) por tiempos omitidos puede traer consecuencias legales serias, por lo que se señala la importancia de llevar un registro preciso de los períodos cotizados.

Compra de semanas
En cuanto al polémico tema de la “compra de semanas”, Ponce enfatizó que esta práctica no es legal ni permitida, por lo que advirtió que “los pagos son auditados por los entes encargados del control y vigilancia de las administradoras”.
Al respecto, las personas deben estar alertas y revisar su historial laboral, en especial, si trabajaron en el extranjero en países con convenio pensional con Colombia, para aprovechar sus aportes extranjeros como parte de su registro.
Oportunidad de traslado
Además, dentro del nuevo régimen existe la posibilidad de trasladarse entre administradoras. Este concepto, conocido como “oportunidad de traslado”, permite a aquellos cercanos a cumplir con los requisitos de pensión dentro de un período específico que considere un cambio de régimen. En el mismo, los afiliados pueden optar por permanecer en su administradora de fondos preferidos o trasladarse a Colpensiones por medio de la doble asesoría hasta el 16 de julio de 2026, lo que les permite a los colombianos evaluar y decidir en qué sistema les conviene más pensionarse.

En el régimen de prima media, gestionado por Colpensiones, los recursos para el pago de las mesadas se recogen en una bolsa común, aunque esto no genera rendimientos.
Dicho sistema funciona basado en la suma de aportes de trabajadores y cotizantes, con lo que se calcula las pensiones a partir del promedio de los salarios de los últimos diez años. En cambio, el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais) ofrece un enfoque más flexible, aunque ambos comparten el mismo porcentaje mínimo de contribución salarial del 16%.
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