
Desde ahora, la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) de Bogotá amplió el horario de atención de para tramitar la salida de vehículos de los patios durante los fines de semana.
Esta medida busca reducir el tiempo que los vehículos permanecen inmovilizados, lo que a su vez ayuda a disminuir los costos asociados con el servicio de parqueadero y grúa.
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La extensión de horarios se aplicará en dos puntos clave: el Centro de Servicios de Movilidad Calle 13 y el Centro Comercial Nuestro Bogotá.
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La medida que empezó a regir desde el sábado 16 de agosto, definió los horarios de atención para el Centro de Servicios de Movilidad Calle 13 el cual estará disponible los sábados de 7 de la mañana a 6 de la tarde, mientras que el Centro Comercial Nuestro Bogotá operará los domingos de 8 de la mañana a 2 de la tarde. Esta modificación permite a los conductores tener más opciones para realizar este trámite, que previamente solo podía efectuarse en horario restringido.

Para realizar el trámite de salida de patios, los interesados deben agendar una cita a través de la página web de la Secretaría de Movilidad, www.movilidadbogota.gov.co, o mediante la aplicación ‘Mi Movilidad a un clic’. Para asistencia durante el proceso, los ciudadanos pueden comunicarse con el Centro de Contacto de Movilidad al número (601) 364 94 00, opción 2. Es importante mencionar que el agendamiento es gratuito y no requiere de intermediarios.
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Una vez autorizado, el vehículo se podrá retirar del patio autorizado No. 1 en cualquier momento, ya que este opera las 24 horas, los 7 días de la semana. Esta flexibilidad adicional está diseñada para mejorar la experiencia del usuario y reducir la saturación en los puntos de atención.
Se debe tener en cuenta que aquellas personas que se presentan como apoderadas no podrán realizar el trámite los fines de semana. Además, los vehículos que necesiten reparaciones mecánicas o ser removidos en grúa deben recurrir a servicios particulares.
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La Secretaría Distrital de Movilidad refrescó recientemente sus procesos, eliminando la necesidad de presentar documentos físicos como la licencia de tránsito del carro o moto, la licencia de conducción y la cédula de ciudadanía. Ahora, estos pueden ser presentados de manera virtual, facilitando y agilizando el trámite.
Las tarifas aplicables por el servicio de parqueadero y grúa para el año 2024 están disponibles en el sitio web de la Secretaría de Movilidad. Entre las infracciones más comunes que resultan en la inmovilización de vehículos en Bogotá se encuentran no realizar la revisión técnico-mecánica, estacionar en sitios prohibidos y conducir sin portar el Soat vigente.
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En caso de que un vehículo no sea reclamado en el plazo de un año desde su inmovilización, será declarado en abandono y podría ser subastado públicamente. Esta medida, regulada por la Ley 1730 de 2014, también implica la necesidad de que el propietario asuma los costos pendientes de multa, grúa y parqueadero.
Requisitos de la entidad distrital para realizar el proceso de salida de patios de los vehículos

La Secretaría de Movilidad tiene estipulado que la persona propietaria o quien comete la infracción, deberá presentar estos documentos el día de la cita:
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- Cédula de ciudadanía, Tarjeta de identidad, Cédula de extranjería, Pasaporte (No importa fecha de vigencia), certificado de existencia y representación legal (en caso de persona jurídica máxima 3 meses de expedido), contraseña certificada por la Registraduría.
- Licencia de tránsito.
- Licencia de conducción del ciudadano que retirará el vehículo de patios.
- Soat vigente incorporado en el Runt.
Así mismo, la autoridad de tránsito en Bogotá también hizo la publicación sobre cuales son las infracciones más comunes y que conllevan a la inmovilización de los vehículos (carros y motos):
- C35. No realizar la revisión técnico-mecánica en el plazo legal establecido o cuando el vehículo no se encuentre en adecuadas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones contaminantes, aun cuando porte los certificados correspondientes, además el vehículo será inmovilizado: 12.908 vehículos.
- C02. Estacionar en sitios prohibidos. 10.843 vehículos.
- D02. Conducir sin portar los seguros obligatorios de accidente de tránsito, ordenado por la ley: 5.021 vehículos.
- C14. Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. 4.524 vehículos.
- D12. Conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito. 2.480 vehículos.
Por ese motivo desde la Secretaría de Movilidad se hace un llamado a los conductores a evitar estas prácticas para que los vehículos no sean inmovilizados y así tener una mejor movilidad en la capital.
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