
El Ministerio de Minas y Energía presentó la resolución 40225 en un esfuerzo por reducir las tarifas de energía, especialmente para los usuarios de estratos 1, 2 y 3.
Esta resolución, sin embargo, podría no cumplir con las expectativas generadas por una serie de complicaciones y dependencias regulatorias.
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La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) tiene un plazo máximo de treinta días para implementar los ajustes necesarios que permitan la reducción de tarifas, según lo propuesto por el ministerio. Entre dichas medidas se incluye la aplicación de beneficios derivados de créditos desembolsados o la titularización de deudas por parte del Gobierno nacional; es decir, que el Gobierno pagaría la deuda que se le cobraría a los usuarios a través de las facturas.
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Sin embargo, varias fuentes del sector advierten que estas medidas pueden no generar el impacto esperado. La razón principal radica en que la transferencia a las facturas no es obligatoria, ya que las compañías comercializadoras adquirieron créditos para financiar la deuda de la opción tarifaria.
El Gobierno propone “convencer” a los distribuidores y comercializadores de reducir las tarifas basándose en los recursos recibidos de créditos como los de Findeter o la Financiera de Desarrollo Nacional (FDN). La promesa de la Nación es pagar a estas compañías el equivalente al saldo de la opción tarifaria de los estratos 1, 2 y 3, que se estima en 2,7 billones de pesos, para que los usuarios no deban asumir este cargo.
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Alejandro Lucio, director de Óptima Consultores, sostuvo que esta medida será efectiva solo si se materializa la titularización de la deuda tarifaria que se espera asuma el Estado. “Si eso se materializa, el efecto es inmediato”, afirmó Lucio.
El principal obstáculo identificado es la necesidad de una regulación específica por parte de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg). Esta entidad debe establecer qué ocurriría en caso de que el Estado no realice el pago correspondiente, y cómo se integraría nuevamente este monto a las facturas de los usuarios.
Sin esta regulación, los comercializadores de energía difícilmente se acogerían a la reducción voluntaria de tarifas, ya que el ajuste podría representar un riesgo financiero.
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El documento también presenta otra medida que permite la renegociación de contratos bilaterales de energía entre generadores y comercializadores destinados al mercado regulado. Esta renegociación permitiría ajustar las duraciones, cantidades y precios, con el fin de beneficiar a los usuarios finales o priorizar áreas especiales.
Sin embargo, la medida sigue siendo voluntaria. Lucio precisó sobre este punto que la posibilidad de renegociación siempre está abierta porque los contratos bilaterales pueden hacer acuerdos en cualquier momento.
En referencia a esta renegociación, la resolución indica que la Creg deberá promulgar los actos administrativos necesarios para establecer las metas de referencia sobre la reducción voluntaria de precios de contratos. Además, deberá garantizar la divulgación de la información individualizada que derive de estas renegociaciones y los plazos para el envío de la información resultante. Sin embargo, el verdadero problema es que la Creg no tiene quórum y por tanto no puede realizar su labor reguladora.
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El problema de la falta de cuórum
La Creg se encuentra sin quórum desde el 2 de julio, lo que afecta su capacidad para emitir las medidas regulatorias requeridas. La situación se debe a la falta de nombramientos permanentes de comisionados, una responsabilidad de la Presidencia, que hasta el momento no se ha cumplido completamente.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca había ordenado al presidente Gustavo Petro realizar los nombramientos necesarios para completar las seis posiciones de expertos de dedicación exclusiva en la Creg. Esta decisión fue respaldada en segunda instancia por el Consejo de Estado. Sin embargo, hasta ahora solo se ha realizado uno nombramientos requeridos.
La falta de quórum se ha mantenido desde que se venció el encargo del comisionado Orlando Velandia, presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Actualmente, la Creg cuenta únicamente con tres expertos comisionados: Ómar Prías, Baisser Antonio Jiménez y Manuel Peña, cuyo encargo se vence el 11 de julio.
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En este contexto, el Ministerio de Minas y Energía, liderado por Andrés Camacho, propuso una serie de medidas regulatorias que deben ser presentadas por la Creg en un plazo de 30 días calendario, a partir del 2 de julio. No obstante, la falta de quórum dificulta el cumplimiento de este plazo.

El Gobierno Nacional, a través de los ministros de Hacienda, Ricardo Bonilla, y de Minas y Energía, ha manifestado su intención de asumir la deuda tarifaria de los estratos 1, 2 y 3. Esta deuda, correspondiente a la opción tarifaria, implicaría un alivio para muchos hogares colombianos. “La intención es clara, pero se necesita un proyecto de ley para financiar esta medida”, afirmó José Camilo Manzur, presidente de Asocodis (Asociación Colombiana de Distribuidores de Energía Eléctrica).
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La presentación de este proyecto de ley es fundamental para que la promesa del Gobierno se haga realidad y los usuarios puedan ver reflejada la reducción en sus facturas de energía. Manzur enfatizó: “Es necesario que el trámite del proyecto se realice de manera expedita”, subrayando la importancia de una rápida acción legislativa para concretar el alivio tarifario.
Mientras tanto, la falta de quórum en la Creg sigue siendo una barrera significativa para la implementación de estas y otras medidas regulatorias. El Gobierno tiene la responsabilidad de resolver esta situación mediante la realización de los nombramientos pendientes.
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