
De acuerdo con la ley, la cuota alimentaria es una obligación para todas las personas que tienen bajo su cargo a hijos, padres, hermanos, cónyuges y compañeros permanentes. La cuota alimentaria es establecida por medio de varias vías, la primera es un acuerdo mutuo entre los implicados, un ejemplo de esto es el porcentaje que aporta cada padre, en caso de estar separados, para la manutención del menor de edad.
Otra forma es de acuerdo con el fallo de un juez de familia, que está en la obligación de establecer el monto que deben aportar los implicados para garantizar que el dependiente tenga una buena calidad de vida. Este procedimiento es realizado con base a los ingresos de los responsables y las necesidades de la persona beneficiada; a partir de esos dos puntos se determina el valor que deben proveer.
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El incumplimiento de sustento económico sin una justificación válida se considera un delito de inasistencia alimentaria, que tiene varias consecuencias de carácter penal y financiero para los infractores.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, las personas que tienen una cuota alimentaria fijada en un acta de conciliación o mediante la sentencia de un juez de familia, pueden adelantar una denuncia penal en la Fiscalía General de la Nación en contra de quien no cumple con la obligación establecida.
“Presente todos los documentos y demás elementos que puedan probar el incumplimiento injustificado, incluida el acta de conciliación o la sentencia de Juez de Familia que fijó la cuota alimentaria, las facturas de los gastos correspondientes a lo incumplido, comprobantes de pago de colegios, atenciones médicas, compra de víveres y demás elementos que haya incluido en la cuota alimentaria. Una vez presentada la denuncia, la Fiscalía tendrá la labor de investigar los hechos y, si hay lugar a ello, acudir a un Juez Penal para adelantar el proceso correspondiente”, señaló la cartera.

Una vez se dicte la sentencia, las autoridades tendrán la potestad de decidir el tipo de sanción, penal o económica, que recibirá el responsable. La pena es mayor si el incumplimiento implica a menores de edad.
El ministerio también indicó que las autoridades pueden adelantar, al mismo tiempo, el proceso penal, y tomar acciones como el embargo de salario, bienes y prestaciones sociales para asegurar el pago de la deuda. En definitiva, se puede embargar el salario con base en el monto que haya definido el juez de familia, además de las sanciones económicas que tengan lugar.
“Solo se pueden cobrar los alimentos que no hayan sido pagados después de ser establecidos en el acta de conciliación o en la sentencia. No se pueden cobrar retroactivamente cuotas alimentarias anteriores a esto”, detalló el Ministerio de Justicia.
¿Cuánto debe pagar de cuota alimentaria si gana el mínimo?

Según la ley, “la cuota alimentaria puede ser hasta el 50 % del salario mensual y se reparte proporcionalmente según el número de hijos que tenga el padre o la madre obligado a pasar la cuota. No obstante, existe una cantidad fija si la persona responsable tiene como sueldo un salario mínimo.
Para 2024, el incremento en la cuota alimentaría fue del 12,07%, por lo que de acuerdo con la Ley 1098 del 2006, los padres están en la obligación de dividirse los gastos básicos de sus hijos, por ejemplo educación, recreación, salud y vivienda, una persona que gana el salario mínimo en Colombia podría pagar hasta $650.000 al mes.
Este valor deberá ser consignado de manera mensual hasta que el beneficiario de la cuota alimentaria pueda mantenerse por sí mismo o si se demuestra que el responsable no tiene los medios para cumplir con la obligación.
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