
Luego de que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) inadmitió a los irlandeses Martin John McCauley, Niall Terrence Connolly y Séamus O’Muineacháin, señalados de vínculos con las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc); estos apelaron la decisión, negando su relación con el grupo armado y alegando falta de garantías en el proceso.
La diligencia se realizó por medio de sus abogados en Colombia, a través de un documento de 38 páginas revelado por Blu Radio, en el que especifican que no buscan una confrontación con el tribunal de paz, no obstante, indican que, para los extranjeros, hay una clara vulneración de sus derechos en el caso.
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De acuerdo con el archivo reseñado por el medio mencionado, hubo señalamientos por parte del juez que lideró la audiencia, en los que sostuvo que los irlandeses habrían integrado una estructura armada ilegal en su país, y que dicho grupo habría tenido relación con las Farc, quienes contactaron a los comparecientes para recibir asesoría en la fabricación, elaboración y utilización de artefactos explosivos.
“Las preguntas practicadas en dicha audiencia por parte del juez fueron inductivas y violatorias del principio constitucional que implica que otorgar verdad no significa declararse responsable, además de pretender un perfilamiento o estigmatización desde una perspectiva poco restaurativa, se trató de un nuevo juicio de responsabilidad penal realizado por el despacho”, se lee en el documento.
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Agregaron que, durante la investigación, la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) insinuó una relación de los implicados con el grupo paramilitar Ejército Republicano Irlandés, IRA (por sus siglas en inglés). “(...) asumió arbitrariamente que nuestros poderdantes eran integrantes del IRA. A manera de ejemplo se preguntó sobre asuntos relacionados con esta organización que firmó un tratado de paz con el gobierno británico”.

El 23 de mayo de 2024, la SAI de la JEP revocó la amnistía y libertad condicional a los extranjeros, al considerar que desconocieron sus obligaciones con el Sistema Integral para la Paz y no aportaron verdad en el proceso por los delitos de falsedad personal y entrenamiento para actividades ilícitas.
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Sin embargo, en el documento conocido se citan las pruebas que comprobaría que los tres irlandeses sí habrían aportado a la verdad. “Resulta importante reiterar que los comparecientes asistieron a las audiencias de aporte a la verdad y en ellas comunicaron al despacho los motivos por los cuales viajaron a Colombia a principios de los años 2000, manifestando que lo hicieron para conocer el proceso de paz del Caguán y sus dinámicas, puesto que eran asuntos de su interés. Explicaron, además, los motivos de distinta índole, profundizando sobre ello en cada caso”, explica la defensa en el documento citado.
Contó que los comparecientes realizaron una amplia contextualización sobre su trabajo y sus relaciones con países latinoamericanos, aclarando aspectos de su vida profesional y personal. Sin embargo, “el magistrado decidió realizar un análisis a partir de lo aportado por la justicia ordinaria, con información que manifestó que se encontraba en el expediente. En ningún momento, como se indicó, la Sala demuestra que las declaraciones realizadas por los comparecientes eran falsas o deficientes, a la luz de los demás elementos probatorios recaudados durante el trámite de amnistía. A pesar de no lograr probar la falsedad de los aportes, la Sala se limita a repetir que los comparecientes decidieron omitir su compromiso de aportar a la verdad”.
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Durante el trámite, según los abogados, se ha vulnerado el debido proceso, la seguridad jurídica y el derecho de defensa. Además, señala que las decisiones de la magistratura no siempre se notificaron adecuadamente y se negó la posibilidad de impugnarlas.
“Es necesario afirmar que el juez de amnistía, en virtud del principio de lealtad procesal, legalidad y demás principios aplicables a la justicia restaurativa, debió informar y permitir el derecho de defensa y contradicción mediante el recurso de alzada al solicitante de amnistía, debido a las implicaciones respecto al cambio de modalidad de comparecencia que modificó de colaboradores a terceros, debido a los efectos gravosos que dicho cambio generaría. Sin embargo, su respuesta fue negar el derecho al control judicial, el recurso de alzada y, en esa vía, desconocer el principio de favorabilidad al aplicar el procedimiento previo”, sostuvo el alegato.
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