
El texto que estructura la Jurisdicción Agraria y Rural, que busca garantizar un acceso más equitativo y eficiente a la justicia para campesinos y comunidades rurales, fues aprobado en plenaria del Senado de la República, el jueves 20 de junio, previo al cierre de la legislatura del primer semestre de 2024.
El Senado votó la conciliación del proyecto de orden estatutario sobre la jurisdicción agraria, evitando que se hundiera tras cuatro debates previos. La Cámara de Representantes ya había votado favorablemente el informe de conciliación hace varios días, pero faltaba la aprobación de la corporación presidida por Iván Name. Si no se hubiera votado este jueves, la propuesta habría caducado por tiempos.
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En las semanas anteriores a su aprobación, la bancada del Gobierno había señalado que la mesa directiva del Senado no había agendado la conciliación a tiempo. El presidente Name respondió que desde el lunes hasta el miércoles de esta semana, la dirección estuvo a cargo de los miembros de la oposición, conforme al estatuto de oposición.
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El miércoles, se confirmó que la conciliación de la ley agraria encabezaba el orden del día del Senado. Tras iniciar la sesión, los senadores votaron rápidamente y aprobaron el texto acordado en la Cámara, por lo que la regulación de la jurisdicción agraria entrará en vigor.
El proyecto, que ahora será revisado por la Corte Constitucional y espera ser sancionado por el presidente Gustavo Petro, define la estructura judicial con jueces de circuito y tribunales agrarios, así como los criterios para definir dónde serán instalados estos despachos, entre ellos, en las zonas con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial-PDET, núcleos de reforma agraria y zonas con cultivos de uso ilícito, entre otros.
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También crea centros de apoyo técnico especializado, integrados por profesionales en distintas disciplinas que apoyarán la labor de los jueces agrarios. Y finalmente, crea la figura del facilitador agrario, el cual orientará gratuitamente a los potenciales usuarios y usuarias de la justicia agraria.
En cuanto a la provisión de cargos, se realizarán concursos de méritos para seleccionar jueces y magistrados especializados en derecho agrario, administrativo y ambiental.

El ministro de Justicia, Néstor Osuna, se mostró complacido. “Esta iniciativa tiene como finalidad proteger la propiedad rural. No contiene ninguna disposición, ni explícita ni implícita, relacionada con expropiación. Precisamente lo que hace el proyecto de ley es crear jueces especializados que resolverán pleitos y aplicarán el derecho vigente, el cual establece y protege la propiedad. La norma no modifica en absoluto la legislación sustantiva sobre la propiedad; simplemente crea un mecanismo adicional para garantizar su protección”, explicó.
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El Ministerio de Justicia destacó que aún queda por discutir la ley ordinaria, que definirá el proceso operativo de la nueva jurisdicción. Dicha ley deberá establecer, entre otros aspectos, los requisitos para presentar las demandas y el procedimiento para la práctica de pruebas.
Ministerio de Justicia aclaró dudas sobre el proyecto que creará la jurisdicción agraria

- ¿El proyecto pone en riesgo el derecho de propiedad privada? Falso. De acuerdo con la cartera del Gobierno, la ley busca proteger los derechos de propiedad y establecer un procedimiento especial para resolver conflictos de manera expedita siguiendo las normas agrarias vigentes. No modifica las reglas jurídicas para asignar derechos de propiedad.
- ¿El proyecto promueve la invasión de tierras? Falso. La iniciativa respeta la propiedad legítimamente adquirida y no incentiva la invasión de tierras. Los jueces agrarios solucionarán las disputas sobre la tierra.
- ¿El proyecto otorga poderes excesivos a los jueces agrarios? Falso. Los jueces agrarios tendrán facultades para acceder a sistemas de información del Estado y solicitar documentos necesarios, manteniendo las facultades existentes en la legislación actual.
- ¿Los jueces podrán fallar sin práctica de pruebas? Falso. El proyecto incorpora la figura de sentencia anticipada, vigente en el Código General del Proceso, para acelerar los procesos judiciales.
- ¿Los jueces agrarios podrán despojar a otros jueces del trámite de sus procesos? Falso. Los jueces agrarios conocerán todos los asuntos relacionados con predios rurales y actividades agrícolas, conforme al Acto Legislativo de la Jurisdicción Agraria y Rural.
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