
Las declaraciones del presidente de la República, Gustavo Petro, en las que le volvió a abrir la puerta a un deseo de reelegirse, generaron una dura reacción en las redes sociales. Durante un evento en la Casa de Nariño, en el que saludó a los diplomáticos residentes en el país, el primer mandatario deslizó la posibilidad, lo que desató la furia del abogado Abelardo de la Espriella, que no tardó en despacharse en redes sociales.
“Ellos sí se reeligieron, los que me critican se reeligieron, yo no quiero reelegirme, ni creo que una constituyente es el instrumento adecuado aún, pero no niego esa posibilidad en un futuro, porque el poder constituyente tiene que expresarse, tal cual como cuando los liberales y conservadores hicieron la paz, para poder hacer la paz hoy”, afirmó el jefe Estado, con lo que se contradijo una vez más con el tema.
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En su perfil de X (antes Twitter), el abogado, que viene de hacer presencia en la posesión del presidente de El Salvador, Nayib Bukele, de cara a su segundo periodo en el poder, arremetió contra el presidente, al que calificó como el “jefe de la mafia”. Y, sin mayores inconvenientes, invocó dos artículos de la Constitución Política, con los que estaría convocando a los ciudadanos a empuñar las armas.
“Si el jefe de la mafia decide violentar el orden constitucional y legal, considero que estaremos frente a una inmejorable oportunidad para que las fuerzas militares y los colombianos patriotas y pensantes demostremos qué tanto queremos la Patria y de qué estamos hechos. Artículos 216 y 217 de la CN. (A.D.L.E)”, indicó De la Espriella, lo que desató una ola de comentarios en sus redes sociales.

¿Cuáles son los artículos de la Constitución Política que mencionó De la Espriella?
Según la publicación del abogado, son dos los artículos de la Carta Magna que avalarían su propuesta de que el pueblo se alce en armas contra lo que, a su juicio, sería una usurpación del poder. Una estrategia que no es nueva, pues se recuerda cómo en su momento también propuso que se aplicarán las leyes “556 o la 762″, en relación con los calibres de algunas pistolas, calibre 5.56 o 7.62.
El primero de los apartes de la Constitución, es el artículo 216, que dice:
“La fuerza pública estará integrada en forma exclusiva por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. Todos los colombianos están obligados a tomar las armas cuando las necesidades públicas lo exijan para defender la independencia nacional y las instituciones públicas. La ley determinará las condiciones que en todo tiempo eximen del servicio militar y las prerrogativas por la prestación del mismo”.
Por su parte, el artículo 217 de la Carta Magna menciona que:
“La Nación tendrá para su defensa unas fuerzas militares permanentes constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional. La ley determinará el sistema de remplazos en las fuerzas militares, así como los ascensos, derechos y obligaciones de sus miembros y el régimen especial de carrera, prestacional y disciplinario, que les es propio”.
Como era de esperarse, lo dicho por el abogado fue entendido como un llamado a la insurrección al Gobierno, lo que generó rechazo por los simpatizantes del primer mandatario. Aunque también tuvo comentarios a favor de su propuesta y pidieron a los miembros de las Fuerzas Militares actuar ante la aparente intención de Petro de prolongar su presencia en la Casa de Nariño.
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