
La designación de Cielo Rusinque como superintendente de Industria y Comercio (SIC), cargo que empezó a ejercer desde el 2 de febrero, por intermedio del decreto 0098, continúa generando polémica. Así quedó constatado luego de la demanda que un ciudadano interpuso a este nombramiento, en acción judicial en el que se pretendía demostrar una supuesta “desviación de poder”.
“Se ha manifestado la desviación de poder, cuando la demandada ha ejercido cargos no solamente relacionados con el proyecto político que hoy en día gobierna el país, sino que en otros cargos públicos que recientemente ha ocupado en el marco del Gobierno vigente”, indicó el accionante, el abogado Miguel Ángel Martínez Calderón, en la exposición de motivos.
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Frente a esta situación, el despacho de la Presidencia de la República respondió a los cuestionamientos hechos a esta llegada y con un documento de 24 páginas, según constató Semana el domingo 2 de junio, desestimó los argumentos con los cuales buscaban la salida de la abogada; exdirectora del Departamento de Prosperidad Social (DPS), luego de que el Tribunal Superior de Cundinamarca admitiera este recurso.

En la mencionada respuesta, la Presidencia solicitó al tribunal en donde fue radicada la demanda rechazar la misma, al afirmar que no se demostró la tal “desviación del poder” en el proceso de designación, como se denunció en las redes sociales.
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Los argumentos de la demanda y la respuesta de Presidencia
En sus razones, el demandante, Martínez Calderón, reiteró que, a pesar de la existencia de personas más capacitadas y con experiencia, el presidente Gustavo Petro efectuó el nombramiento sin revisar de forma adecuada la hoja de vida de Rusinque, pues a su juicio no estaría facultada para desempeñarse en el cargo.
“La demanda la fundamenté en la falta de requisitos que dispone el manual de funciones de la SIC y por desviación de poder por su cercanía con el presidente Petro que incidió en su nombramiento sobre personas que tenían la experiencia y formación requerida para el cargo”, explicó en su argumentación el letrado.
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No obstante, el despacho del mandatario sostuvo que la funcionaria “acreditó el lleno de los requisitos de formación académica y experiencia profesional relacionada exigidos”, de acuerdo con el documento redactado por el abogado Milton Alexander Dionisio.

En efecto, en el concepto enviado por este despacho, afirmó que la superintendente cumple a cabalidad con las capacidades y conocimientos necesarios para desempeñar el cargo. “Las actividades profesionales desempeñadas por la doctora Rusinque permiten advertir el dominio de los conocimientos básicos detallados en el manual de funciones de la entidad”, se mencionó en el documento.
Con ello, expresó los procedimientos para el nombramiento se llevaron de manera adecuada y sin intenciones de vulnerar los derechos de los demás aspirantes. “No se evidenció ninguna actuación que tuviese por objeto vulnerar el derecho a participar de la mencionada convocatoria de ninguno de los ciudadanos y ciudadanas que presentaron su aspiración al empleo en mención”, se destacó
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Rusinque, abogada de la Universidad Externado de Colombia y tiene un magíster en Estudios Políticos y Derecho Constitucional, tiene un plazo de 15 días para presentar sus argumentos ante el tribunal.
La funcionaria ha sido una de las personas más cercanas al presidente Petro; de hecho, defensora a ultranza en redes sociales de sus ideas y tras su salida del DPS sonó, incluso, para ser jefa de Gabinete de Petro, y postulada por el jefe de Estado como magistrada de la Corte Constitucional.
“Nosotros, por nuestro lado, con las armas de la verdad, la justicia y la honestidad, seguiremos luchando contra todas las formas de corrupción. En mi caso, afrontaré con altura la discusión jurídica sobre mi nombramiento, el cual está justificado y fundamentado en una deliberación previa, seria y sólida, en la que participaron los mejores juristas del país. Respetaremos y confiamos en la justicia y en sus decisiones”, indicó la funcionaria en cuestión el 3 de abril, día en que se admitió la demanda para su estudio.
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