
En la tarde del 29 de mayo, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) informó que le había sido otorgada amnistía a Lisardo Valderrama Rojas, exintegrante de las extintas Farc-EP, por un atentado registrado en octubre de 2003.
Se trata de un ataque con un rocket que fue dirigido contra el Comando Aéreo de Transporte Militar (Catam), el cual provocó daños estructurales y, de acuerdo con las autoridades, hacía parte de un plan del grupo armado para intentar atentar contra el entonces presidente Álvaro Uribe Vélez.
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Entre los argumentos que tuvo la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP para tomar esta decisión está que no se utilizaron todas las armas que tenía el grupo armado para llevar a cabo el atentado, por lo que se determinó como algo “fallido”.
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“El primero se relaciona con el hecho de que solo se usó una de las dos armas destinadas para el ataque. De acuerdo con el relato de los hechos ante la jurisdicción ordinaria, el ataque se planeó para disparar dos granadas. Una se lanzó y la otra quedó en el lugar desde donde se dio la operación. En la decisión, la Sala explicó que el artefacto nunca se usó ni tuvo una destinación diferente a la planeada. El atentado se declaró fallido y quien lo llevó a cabo huyó del lugar de los hechos”, argumentó la JEP al respecto.

Sumado a esto, otro punto que fue tenido en cuenta por la JEP para aprobar la amnistía es que el ataque no terminó con ningún civil herido. Fuera de los problemas estructurales reportados en el aeropuerto, se determinó que en el ataque hubo inexistencia de daños.
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“Ninguna de las dos granadas causó heridas a civiles ni afectaron bienes jurídicos como la vida o la integridad personal. Asimismo, tampoco se produjeron daños materiales a bienes civiles”, indicó la JEP en el comunicado publicado.
Como argumento final y teniendo en cuenta todos los parámetros del hecho, el tribunal determinó que en el atentado se registró una infracción al Derecho Internacional Humanitario, pero esto no se podía determinar como un crimen de guerra.
“Tampoco hubo una puesta en peligro con significado social para los derechos fundamentales a los que tiene la sociedad o el colectivo, quienes son el sujeto pasivo o titular del bien jurídico de la seguridad pública”, puntualizó la JEP al respecto.
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Esta no es la primera vez que el nombre de Lisardo Valderrama Rojas es mencionado en un tema de esta índole, ya que en 2009 estuvo dentro de la lista que entregó el Ministerio de Justicia sobre los integrantes de grupos armados que se habían desmovilizado y que podían ser beneficiados por la ley de Justicia y Paz. Esto se debía a que Valderrama hizo parte de un grupo de guerrilleros que se desmovilizó como parte del Decreto 1059 de 2008.
Sobre el atentado registrado el 21 de octubre de 2003, las autoridades revelaron que el proyectil había sido lanzado desde una vivienda abandonada, en la cual encontraron otro elemento que iba a ser utilizado para atacar el aeropuerto de Catam, pero se supo que se había dañado antes de que pudiera ser disparado.
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“La policía de Bogotá allanó la vivienda tras el primer impacto y según los informes que tenemos, el rocket se quedó incrustado en la base de lanzamiento, que era de fabricación casera, muy rústica, y que se desestabilizó con el fogonazo del primer lanzamiento, que provocó la destrucción de la habitación donde estaba la rampa”, declaró en ese momento el general Jorge Daniel Castro, comandante de la Policía de Bogotá.
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