
En lo que podría considerarse una nueva victoria para la defensa del ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso, y su deseo de recuperar la libertad, el magistrado Manuel Bernal, de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, confirmó el martes 21 de mayo la suspensión de cuatro sentencias condenatorias contra el excabecilla de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
Entre las decisiones judiciales que fueron dejadas sin efecto se destacan las que involucraban a Mancuso en los delitos de desplazamiento forzado, homicidio en persona protegida e incursión, por su accionar en municipios de Magangué y San Isidro (Bolívar) y Montería (Córdoba). Al que se sumó una sentencia más por la masacre de Mapiripán (Meta), proferida por un juzgado de Villavicencio.
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Esta última determinación fue producto de una sentencia anticipada del Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado Adjunto de Villavicencio, que fue dada a conocer el 28 de septiembre de 2012. En la misma, se hizo énfasis a lo que habría sucedido con hechos acontecidos en 1998, cuando lideró más de 200 hombres armados para amedrentar a los habitantes de esta población.
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“Sacaron a los habitantes de sus casas y los rodearon y propinaron insultos, degollaron a algunos de los habitantes y arrollaron sus cuerpos y los quemaron. Una niña de seis años está entre las 19 víctimas mortales. Este hecho se atribuyó a las AUC y entre los procesados por este caso se encuentra Mancuso”, se leyó durante la diligencia, por la abogada Beatriz Eliana Quintero, representante de Mancuso.
Así pues, se destrabaron nuevos procesos en contra del exmiembro de las autodefensas, en un requisito clave para que le sea otorgado el beneficio de quedar en libertad. En este caso, será necesario que los jugados proferirán la decisión de suspensión condicionada de esos fallos, “entre un término más allá de 5 días”.
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Estas determinaciones se conocieron un día después de que el Tribunal Superior de Cundinamarca negó, por segunda vez, el recurso de habeas corpus presentado por Mancuso, con el que pretendía quedar en libertad. De acuerdo con el referido tribunal, la acción del condenado exmiembro de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) resulta improcedente.
¿Qué viene para Salvatore Mancuso?
Luego de que se conociera la decisión del magistrado Bernal, el mismo que el 9 de mayo suspendió 57 órdenes de captura que pesaban en contra de Mancuso, lo que resta por definir es qué sucederá con el recurso de apelación interpuesto por el exjefe de los paramilitares ante la Corte Suprema de Justicia, que fue trasladado por este tribunal a la Corte Constitucional, pues se abstuvo de resolver dicho recurso.
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El motivo: el conflicto de competencias entre la Jurisdicción Especial para la Paz y Justicia y Paz, en un caso que ha representado todo un desafío a nivel jurídico, pues corresponde a un actor armado admitido por ambos tribunales transicionales; en el primero de ellos, considerado como elemento bisagra en la relación criminal entre los paramilitares y la fuerza pública.

“Resulta razonable que sea dicha corporación la que determine la competencia de la Sala de Casación Penal para resolver, en segunda instancia, los referidos asuntos en torno al postulado Salvatore Mancuso”, precisó la Corte Suprema, en relación con la determinación que tendrá que tomar la Corte Constitucional en este proceso, acerca de qué tribunal tendrá competencia para continuar con el caso.
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Es válido recordar que la libertad de Mancuso busca ser motivada por la resolución 244 del 13 de agosto de 2023, cuando el presidente de la República, Gustavo Petro, lo designó como gestor de paz. Lo anterior para fungir como asesor de la política de negociación con las diferentes estructuras criminales que azotan al país, denominada por los medios de comunicación como la Paz Total.
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